2º Juzgado De Letras De Talagante

DE LA FUENTE/BRIONES

Rol

C-1050-2022

Fecha

28 de febrero de 2023

Materia

MONITORIO - COBRO RENTAS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1. El tenor de la demanda monitoria que diera inicio al procedimiento y de los documentos aparejados. 2. Que siendo acogida la demanda según consta en resolución de folio 2, el demandado no comparece dentro del plazo legal de diez días señalados en el artículo 18-C de la Ley 18.101. 3. Que, consta en autos haberse notificado en la forma legal la demanda con fecha 4 de enero del 2023 a folio 6. 4. Atendido el mérito de la certificación que consta a folio 16, según el cual no existe constancia de que la parte demandada hubiera efectuado el pago de la obligación, ni formulado oposición dentro del plazo otorgado mediante resolución de fecha 14 de diciembre de 2022, a folio 2. Y según lo dispuesto en los artículos 1915 y siguientes del Código Civil y 18-C y siguientes de la Ley 18.101; se resuelve: I.- Que, se tiene por condenado al pago de las obligaciones reclamadas conforme lo ordenado en resolución de folio 2. II.- Que, se dispone el lanzamiento del demandado y de los otros ocupantes del inmueble en el plazo no superior a diez días, contado desde que la presente resolución se encuentre firme y ejecutoriada o cause ejecutoria. Anótese y Regístrese Rol C-1050-2022 Dictado por don Gerardo Mena Edwards, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Talagante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talagante, veintiocho de Febrero de dos mil veintitrés Código: RXVNXDRXGXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1050-2022 Foja: 1 Código: RXVNXDRXGXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-28T14:30:08-0300

Fallo

se resuelve: I.- Que, se tiene por condenado al pago de las obligaciones reclamadas conforme lo ordenado en resolución de folio 2. II.- Que, se dispone el lanzamiento del demandado y de los otros ocupantes del inmueble en el plazo no superior a diez días, contado desde que la presente resolución se encuentre firme y ejecutoriada o cause ejecutoria. Anótese y Regístrese Rol C-1050-2022 Dictado por don Gerardo Mena Edwards, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Talagante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talagante, veintiocho de Febrero de dos mil veintitrés Código: RXVNXDRXGXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1050-2022 Foja: 1 Código: RXVNXDRXGXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-28T14:30:08-0300

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C-1050-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado De Letras De Talagante CAUSA ROL : C-1050-2022 CARATULADO : DE LA FUENTE/BRIONES Talagante, veintiocho de Febrero de dos mil veintitrés VISTOS: 1. El tenor de la demanda monitoria que diera inicio al procedimiento y de los documentos aparejados. 2. Que siendo acogida la demanda según consta en resolución de folio 2, el deman

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