SOCIEDAD CONSTRUCTORA IMPERIAL LTDA Y OTROS/SERVIU REGION ARAUCANIA
Rol
C-1237-2022
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, con fecha 11 de mayo de 2022, comparece don Steven Mackay Paslack, abogado, en representación de la expropiada SOCIEDAD CONSTRUCTORA IMPERIAL LIMITADA, persona jurídica de derecho privado, con domicilio en calle Chacabuco N°799, de Temuco, en autos sobre consignación provisional de la indemnización por expropiación, caratulados "Servicio de Vivienda y Urbanización Región de la Araucanía", Rol V-394-2021, y deduce reclamación de monto provisional fijado como indemnización para la expropiación del inmueble que singulariza, en contra del SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, representado por su Director Regional don Sergio Merino Perello, ingeniero civil, ambos con domicilio en calle Bernardo O’Higgins N° 830, comuna de Temuco. Pide tener por interpuesta reclamación en contra del demandado, y declarar, en definitiva, que se fija como monto definitivo de la indemnización en favor de su representada la suma total de $548.652.027, equivalente a 17.842,6 Unidades de Fomento, más los reajustes legales sobre la indemnización definitiva demandada y las costas de la causa. Funda su demanda en que el Lote 20–A, forma parte del inmueble propiedad de su representada, consistente en el resto que queda de un predio de terreno de seis y media hectáreas ubicado al sur de la Población Dreves de esta comuna y departamento, cuyos deslindes generales son: Norte, Población Dreves; Sur, Sucesión Dreves; Oriente, con más propiedad del vendedor; y Poniente, con propiedad de don Augusto Hochstetter. El título de dominio rola inscrito a fojas 17.478 vuelta N°6.702 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año 2012. Rol de avalúo fiscal 1570-38, comuna de Temuco. Señala que el Lote 20 A, fue expropiado mediante Resolución Exenta N°3979 de fecha 06 de diciembre de 2021, para ejecutar el “Mejoramiento Av. Pablo Neruda y Av. Simón Bolívar/Imperial, Temuco”, comuna de Temuco, que como se señaló corresponde a parte del inmu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte reclamante para justificar su pretensión rindió la siguiente prueba: A).- DOCUMENTAL, legalmente acompañada, consistente en: Al folio 1: a) Copia autorizada con certificado de vigencia de la inscripción de fojas 17478 vta., N°6702 del Registro de Propiedad del año 2012, Código: YNGJXDNRWHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol C-1237-2022 correspondiente al Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, en la que consta Sociedad Constructora Imperial Limitada se adjudicó el resto que queda de un predio de terreno de seis y media hectáreas ubicado al sur de la Población Dreves de esta comuna y departamento por la suma de $30.000.000. b) Copia simple de resolución exenta N°3979 en la que se decreta la expropiación Lote N°20-0A 1025,20 metros cuadrados de superficie, Rol de avalúo 1570-38 y se fija en la suma de $308.750.000, el monto total de la indemnización provisional; c) Informe de tasación de peritos del SERVIU de fecha 29 de noviembre de 2021, respecto del Lote 20-0A, sitio urbano, sin uso, donde se concluye como valor de tasación la suma de 10.041 UF, equivalente a $308.750.000, que se desglosan en 9,65 UF por metros cuadrado de terreno por una superficie de 1.025,20 metros cuadrados, $304.210.000 y por obras complementarias la suma de $4.540.000 por cierre perimetral panderetas; d) Certificado de avalúo fiscal, Rol de Avalúo 01570 − 00038 de Temuco, donde se indica como avalúo total la suma de $258.834.139 al primer semestre del año 2022. Al folio 42: e) Copia autorizada de inscripción a fojas 11275 vuelta N°7918, del Registro de Propiedad del año 2018 del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, en la que consta la compra de un inmueble de una superficie aproximada de 488,40 metros cuadrados por la suma de $180.000.000, ubicada en calle Uruguay con Avenida Estadio; f) Copia autorizada de inscripción a fojas 12194 N°8288 del Registro de Propiedad del año 2018 del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, donde consta la compraventa de la propiedad ubicada en Avenida Pablo Neruda N°02260 de Temuco, en la suma de $230.000.000; g) Copia autorizada de inscripción de fojas 1282 N°524 del Registro de Propiedad del año 2019 del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, donde consta la compraventa de la propiedad ubicada en calle María Luisa N°1230 de Temuco, en la suma de 2.080,2684 Unidades de Fomento; h) Copia autorizada de inscripción a fojas 5170 vuelta N°2414 del Registro de Propiedad del año 2019 del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, donde consta la compraventa de la propiedad ubicada en calle Avenida Pablo Neruda N°01455, por la suma equivalente a 7.451,000 Unidades de Fomento; i) Copia autorizada de inscripción a fojas 6718 N°3455 del Registro de Propiedad del año 2019 del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, que refiere la venta de propiedad ubicada en Avenida Pablo Neruda N°01815 de Temuco, en l
Fallo
se declara: Que se HACE LUGAR a la demanda de reclamación del monto de la indemnización por expropiación, deducida al folio 1, por don Steven Mackay Paslack, abogado, en representación de la expropiada SOCIEDAD CONSTRUCTORA IMPERIAL LIMITADA., SÓLO EN CUANTO se tiene como valor final de la indemnización por el terreno expropiado la cantidad de Código: YNGJXDNRWHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol C-1237-2022 12.302,4 Unidades de Fomento, en razón de 12 UF el metro cuadrado, debiendo en consecuencia, deducirse del monto resultante de la expropiación definitiva que se determina, lo consignado y retirado por la reclamante sólo respecto del valor del terreno fijado en $304.210.000; y pagarse la diferencia con los reajustes conforme a la variación que haya experimentado el IPC desde la fecha de la consignación a su pago efectivo, y los intereses corrientes desde que quede ejecutoriado el presente fallo, sin costas, por haber tenido motivos plausibles para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-1237-2022 RESOLVIO DOÑA PATRICIA ALEJANDRA RIOS ROJAS, JUEZ DEL TERCER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. Código: YNGJXDNRWHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-28T13:
Texto Completo (Preview)
Rol C-1237-2022 NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : C-1237-2022 CARATULADO : SOCIEDAD CONSTRUCTORA IMPERIAL LTDA Y OTROS/SERVIU REGION ARAUCANIA Temuco, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Al folio 1, con fecha 11 de mayo de 2022, comparece don Steven Mackay Paslack, abogado, en representación de la expropiada SOCIEDAD CONSTRUCTORA IMPER
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica