YÁÑEZ/
Rol
V-71-2022
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Comparece don JAIME MARCELO YAÑEZ SAUMANN, chileno, divorciado, supervisor, cédula de identidad N° 8.939.688-3, con domicilio en San Javier sin número, comuna de La Unión, quien por este acto y en conformidad con lo establecido en los artículos 390, 391, 393, 394 y 891 todos del Código de Procedimiento Civil, solicita la autorización judicial para proceder a la enajenación del inmueble urbano ubicado en LICENCIADO GUERRERO N° 13836, de la comuna de San Bernardo, actuando en representación, de doña ELIANA SAUMANN DELGADO, chilena, cédula de identidad N° 5.257.316-5, pensionada, domiciliada en hogar La Esperanza, Reumén comuna de Paillaco. Indica ser el hijo y curador de doña ELIANA SAUMANN DELGADO, chilena, cédula de identidad N° 5.257.316-5, pensionada, domiciliada en hogar La Esperanza, Reumén comuna de Paillaco quien se encuentra declarada interdicta según sentencia firme y ejecutoriada dictada en causa ROL V-22-2020 del Primer Juzgado Civil de San Bernardo. Por sentencia de fecha 17 de noviembre del año 2020, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo en la causa V-22-2020, se decretó la interdicción en forma definitiva de doña Eliana Saumann Delgado, nombrándose como curador definitivo a su hijo, Jaime Yáñez ya individualizado. La interdicción definitiva fue debidamente inscrita en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo, según consta a fojas 323 Vta, número 517 del año 2021. Producto del trastorno de vejez y demencia senil (diagnosticados en marzo 2019) que padece Doña Eliana Saumann, que hicieron imposible que siguiera viviendo sola pues necesitaba de cuidados especializados las 24 horas del día, desde julio a octubre de 2019 vivió en casa de su hijo y solicitante de autos, y con ingresó con Código: NXSHXDXSTHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 fecha 1 de octubre de 2019 al hogar Esperan
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que el solicitante adjunto los siguientes documentos: 1. Sentencia en causa Rol V-22-2020 del Primer Juzgado de Letras de San Bernardo; 2. Inscripción de Interdicción y Prohibición en que fue inscrita la sentencia de interdicción definitiva, de fojas 323 Vta, número 517 del año 2021. 3. Registro de Propiedad del inmueble de fojas 453 N° 1008 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año 1981. 4. Copia certificado de Hipotecas y Gravámenes del inmueble de fojas 453 N° 1008 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año 1981. 5. Certificado de avalúo fiscal. 6. Copia contrato de prestación de servicios de Casa de Reposo La Esperanza. Además consta en autos que se agregó informe del Sr. Defensor Público de San Miguel y avalúo fiscal del inmueble vigente para el primer semestre de 2022. 2.-Que con los antecedentes referidos, se ha acreditado en autos, que la propiedad respecto de la cual se solicita la autorización para enajenar se encuentra inscrita a nombre de ELIANA SAUMANN DELGADO. También, se ha Código: NXSHXDXSTHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 demostrado que fue declarada interdicta y que el solicitante, fue designado como su curador general, legítima y definitivo. 3.- Que para acreditar la conveniencia de la enajenación para la cual se requiere la autorización, la solicitante rindió información sumaria de testigos, la cual da cuenta de la necesidad de venta del inmueble para solventar los gastos de mantención de la interdicta, los que actualmente son solventados por el solicitante y la conveniencia en la enajenación 4.- Que, conforme lo razonado, en mérito de las probanzas allegadas a autos y lo informado por el Defensor Público, esta sentenciadora ha podido tener por acreditado la reunión copulativa de todos los requisitos que hacen procedente la autorización judicial supletoria que se establece en el artículo 393 del Código Civil, por lo que se accederá a la petición conforme se dispondrá en lo resolutivo, la que, no podrá producirse sino dentro de seis meses contados desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada y en pública subasta.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 394 del Código Civil, 817, 818, 819, 824, 826 y 891 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que se hace lugar a lo solicitado y, en consecuencia, se autoriza a don JAIME MARCELO YAÑEZ SAUMANN como curador de su madre doña ELIANA SAUMANN DELGADO, chilena, cédula de identidad N° 5.257.316-5, para que para que actuando en representación de su madre, enajene en pública subasta y dentro del plazo de seis meses el inmueble ubicada en calle LICENCIADO GUERRERO N°13836, que corresponde al Lote N°13 de la manzana 6 del plano de loteo de la población El Olivo, cuyos deslindes son: al NORTE, con Lote 11 de la misma manzana; al SUR, con Lote 15 de la misma manzana; al ORIENTE, con Lote 14 de la misma manzana; y al PONIENTE, pasaje Licenciado Guerrero. Dicha propiedad la adquirió por compraventa, al Servicio de Vivienda y Urbanismo Metropolitano según consta en Inscripción de fojas 453 N° 1008 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo del año 1981, en un precio no inferior al avalúo fiscal vigente a la época de la enajenación, de acuerdo a las bases de remate que el tribunal apruebe en su oportunidad. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. PRONUNCIADA POR DOÑA CRISTINA GATICA GUTIERREZ JUEZA TITULAR. Código: NXSHXDXSTHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constanci
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Bernardoº CAUSA ROL : V-71-2022 CARATULADO : Y EZ/ÁÑ San Bernardo, veintiocho de Febrero de dos mil veintitr sé VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Comparece don JAIME MARCELO YAÑEZ SAUMANN, chileno, divorciado, supervisor, cédula de identidad N° 8.939.688-3, con domicilio en San Javier sin número, comuna de La Uni
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