ROJAS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALLENAR
Rol
O-13-2023
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Comparece don JOSÉ IGNACIO DÍAZ MALDONADO, abogado, cedula de identidad N° 16.473.358-0, domiciliado para estos efectos en calle Ramírez N° 849, comuna de Vallenar, en representación de don GABRIEL ALBERTO ROJAS VARAS, empleado, cedula de identidad N° 6.811.340-7, con domicilio en Nuevo Mundo N° 515, Comuna de Vallenar, interponiendo demanda laboral de reconocimiento de relación laboral, despido indirecto y cobro de prestaciones, en contra del ex empleador de su representado, la I. Municipalidad de Vallenar, persona jurídica del giro de su denominación, RUT N° 69.030.500-3, representada por su alcalde don Armando Pablo Flores Jiménez, cedula de identidad N° 10.035.071-8, ambos con domicilio en Plaza N° 25, comuna de Vallenar. Funda su acción en que su representado ingresó con fecha 01/03/2008 a prestar servicios personales, bajo vínculo de subordinación y dependencia de la parte demandada, cumpliendo una jornada de trabajo de 44 horas semanales, de lunes a viernes, desempeñando la función de Vigilante en la Tesorería Municipal o para distintas dependencias municipales, percibiendo el pago de una remuneración mensual de $510.540, desarrollando todas sus funciones hasta el día 24 de abril de 2023. Sostiene que las funciones realizadas por su representado eran labores permanentes y habituales de la municipalidad y en ningún caso se trató de cometidos específicos, por lo que su contratación excede con creces lo establecido en la Ley 18.883 específicamente en su artículo 4. Por todas estas actividades, indica que su representado debía dar cuenta mensual a través de un informe entregado a sus jefaturas directas, quien posteriormente lo remitía a la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad, donde se emitía el correspondiente decreto de pago para pagar sus honorarios y horas extraordinarias, en los casos que se hayan prestado. En cuanto a las funciones desarrolladas por el actor, asevera que estaba sujeto al estricto
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 41, 44, 54 al 58, 63, 160 N° 7, 162, 163, 168, 171, 420 y siguientes del código del trabajo, ley 18.883, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda y se declara que entre don Gabriel Alberto Rojas Varas y la Ilustre Municipalidad de Vallenar, existió una relación laboral desde el 1 de marzo de 2008 hasta el 24 de abril de 2023, dándose lugar a la acción por despido indirecto y cobro de prestaciones y por tanto se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $510.540. b) Indemnización por 11 años de servicios por la suma de $5.615.940, suma que deberá ser recargada en un 50%, esto es, $2.807.970. c) Feriado proporcional entre el 1 de marzo de 2023 al 24 de abril de 2023, teniendo como base para su determinación una remuneración mensual de $510.540. d) Cotizaciones previsionales de vejez, salud y cesantía adeudadas durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2008 al 24 de abril de 2023, previo oficio a las entidades de previsión en que se encuentre afiliado el actor para los efectos de su cuantificación y cobro, una vez ejecutoriada y en la etapa de cumplimiento del presente fallo. II.- Que las cantidades ordenadas pagar deberán serlo con los reajustes e intereses de los artículos 63 y 173 del código del trabajo. V.- Que no habiendo sido totalmente vencida la parte demandada, cada parte pagará sus
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Vallenar, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Comparece don JOSÉ IGNACIO DÍAZ MALDONADO, abogado, cedula de identidad N° 16.473.358-0, domiciliado para estos efectos en calle Ramírez N° 849, comuna de Vallenar, en representación de don GABRIEL ALBERTO ROJAS VARAS, empleado, cedula de identidad N° 6.811.340-7, con domicilio en Nuevo Mundo N° 515, Comuna de
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