OLIVARES/CALALSA INDUSTRIAL S A
Rol
O-7780-2022
Fecha
22 de agosto de 2023
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 163, 160 N°7, 171 y 72 y demás pertinente del Código del Trabajo, se declara: I- Que se acoge la demanda por el autodespido declarándose que la demandada CALALSA INDUSTRIAL S.A., ha incumplido gravemente con las obligaciones del contrato por lo cual deberá de dar pago a los siguientes conceptos: a) $923.333 Indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b) 8.309.997 Indemnización por 8 años y fracción superior a 6 meses de servicio. c) $4.154.999 50% del recargo legal. d) $923.332 feriado legal y proporcional. II- Que se acoge la excepción de pago de la remuneración correspondiente al mes de noviembre del año 2022. III- Que en lo demás se rechaza la demanda. IV- Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. V- Que cada parre pagara sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintidós de agosto del año dos mil veintitrés.
Fundamentos
considerando: Conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, de la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes.
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 162, 163, 160 N°7, 171 y 72 y demás pertinente del Código del Trabajo, se declara: I- Que se acoge la demanda por el autodespido declarándose que la demandada CALALSA INDUSTRIAL S.A., ha incumplido gravemente con las obligaciones del contrato por lo cual deberá de dar pago a los siguientes conceptos: a) $923.333 Indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b) 8.309.997 Indemnización por 8 años y fracción superior a 6 meses de servicio. c) $4.154.999 50% del recargo legal. d) $923.332 feriado legal y proporcional. II- Que se acoge la excepción de pago de la remuneración correspondiente al mes de noviembre del año 2022. III- Que en lo demás se rechaza la demanda. IV- Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. V- Que cada parre pagara sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veintidós de agosto del año dos mil veintitrés.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 22 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 19° RUC 22-4-0448227-4 RIT O-7780-2022 MAGISTRADO LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS BORIS ANTIVERO PINOCHET HORA DE INICIO 11:44 HORAS HORA DE TERMINO 12:24 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240448227-4-1349-230822 Nº
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