1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SOTO/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

O-1552-2023

Fecha

22 de agosto de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

Considerando que la fecha en que la sentencia definitiva ha sido incorporada en la causa, no es la que se fijó en la audiencia de juicio celebrada y con el fin de dar certeza a las partes acerca de los plazos para interponer los recursos que inciden sobre dicha resolución, éstas se entenderán notificadas con esta fecha 22 de agosto de 2023. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña VALESKA ALEJANDRA SOTO GONZÁLEZ, ex funcionaria municipal, C.I. 12.637.225-6, domiciliada para estos efectos en Avenida Segunda Transversal N°2390, edificio doña Beatriz, departamento N°1112, comuna de Maipú, Región Metropolitana de Santiago, deduciendo demanda, en procedimiento de aplicación general, por declaración de relación laboral, despido injustificado, improcedente o indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales, en contra de su ex empleadora ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, Rut 69.070.900-7, representada legalmente por su alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, Rut 17.697.418-4, sociólogo , ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril 0260, comuna de Maipú. Funda su demanda en las siguientes razones de hecho y de derecho que expone. Sostiene que su relación laboral con la I. Municipalidad de Maipú comenzó el día 01 de enero del año 2006, cumpliendo labores como apoyo administrativo en el Pool de vehículos de la Dirección de Administración y Finanzas DAF, bajo la supervisión y recibiendo instrucciones del señor José Jara. En dicho departamento debía realizar atención presencial y telefónica de funcionarios que llamaban para solicitar vehículos; Participación en reuniones del equipo; Coordinación de las salidas a terrenos de los conductores del Departamento, haciendo las solicitudes de vehículos correspondientes; Coordinar y agendar salidas a terreno con las distintas direcciones del Municipales; Redacción de documentos (cartas, memos, oficios); Llevar el registro de asistencia, recepción de las solicitudes de vacaciones, días administrativos y compensados, licencias médicas, etc., de los funcionarios que se desempeñaban en el departamento ya sea municipales o licitados; Ingreso y registro de datos al sistema informático de la DAF, donde se registran todas las salidas y retorno de los vehículo; Apoyar en la recepción y registro de la documentación que llegaba al departamento y despacho de correspondencia a distintas reparticiones municipales. Lo anterior hasta el mes de enero del año 2008, en que es trasladada a la Bodega Central, también dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas DAF, donde continuo desempeñándose como apoyo administrativo, ahora bajo la supervisión directa del primero del señor Roberto Fuenzalida y luego el señor Carlos Ojeda Espinoza (Encargados de la Bodega Central), lo que implicaba desarrollar las siguientes funciones: Ejecución de labores administrativas en general; Atención presencial y telefónica de proveedores y funcionarios; Recepción y despacho de mercaderías y materiales

Fallo

Por tanto, en mérito de lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en las normas legales citadas, y demás normas que resulten aplicables, solicita tener por interpuesta demanda laboral en procedimiento de aplicación general, por declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, representada por su alcalde, don Tomás Vodanovic Escudero, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación, y en definitiva acogerla en toda sus partes, declarando en sentencia definitiva que su relación era laboral y no civil, que su despido ha sido injustificado, indebido e improcedente, y nulo para efectos remuneratorios, y como consecuencia de ello condenar a la demandada a pagarme todas y cada una de las prestaciones reclamadas, con los intereses correspondientes y debidamente reajustadas, desde la fecha de su despido; y, desde luego, con ejemplar condena en costas. SEGUNDO: Comparece don MAURICIO ENRIQUE ESTRADA HORMAZABAL abogado, C.I. 8.748.672-9, en de I. MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ, Corporación autónoma de Derecho Público, representada por su Alcalde don TOMÁS VODANOVIC ESCUDERO, sociólogo, todos domiciliados para estos en Avenida Cinco de abril N° 270, comuna de Maipú, Santiago, contestando la demanda de autos, solicita su total rechazo, con costas, de conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho que expone. En primer lugar, opone excepción de incompetencia ab

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1 Santiago, veintidós de agosto de dos mil veintitrés. Considerando que la fecha en que la sentencia definitiva ha sido incorporada en la causa, no es la que se fijó en la audiencia de juicio celebrada y con el fin de dar certeza a las partes acerca de los plazos para interponer los recursos que inciden sobre dicha resolución, éstas se entenderán notificadas con esta fecha 22 de agosto de 2023.

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