JARA/AVENDAÑO
Rol
C-2031-2021
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Demanda.- En folio 1, comparece doña Ruth Angélica Jara Iturra, guardia de seguridad, con domicilio en Diego de Almagro 737-A, Población Isabel Riquelme, comuna de Rancagua, quien viene en deducir acción reivindicatoria en procedimiento ordinario, en contra de doña Ruth Zunilda Avendaño Valenzuela, ignora profesión u oficio, con domicilio en Rancagua Sur N° 1392, Población Rancagua Sur, comuna de Rancagua. Funda su solicitud en junto a una comunidad hereditaria, son dueños del inmueble ubicado en Rancagua Sur N° 1392, Población Rancagua Sur, comuna de Rancagua, constando en las especiales de herencia inscritas a fojas 1025 vta. N° 1267 del año 1994, y fojas 1361 vta. N° 1378 del año 2000, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Refiere que la demandada ha ocupado la propiedad por más de 8 años, debido a un vínculo sentimental con uno de sus hermanos, el que terminó, y agrega que su hermano en el año 2016 además cedió sus derechos sobre la propiedad. Indica que se le ha solicitado la restitución en reiteradas ocasiones, sin que aquello haya acontecido, lo que le provoca un desmedro económico por no poder disponer de la propiedad. Finalmente, previas citas legales, solicita tener por presentada acción reivindicatoria en contra de la demandada, y en definitiva condenarla a la restitución del inmueble singularizado, junto a todo ocupante, dentro de tercero día de ejecutoriado el fallo bajo apercibimiento de ser lanzados con fuerza pública, con costas Notificación.- En folio 9, consta notificación personal de la demanda. Código: GXREXDXYFXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Contestación.- En folio 12, se tiene por contestada la demanda en rebeldía. Réplica.- En folio 13, se tiene por evacuada la réplica en rebeldía. Dúplica.- en folio 16, se tiene por evacuado el trámite de la dúplica en rebeldía de la demandada. Conciliación.- En folio 20, se celebra
Fundamentos
Considerando: 1.- Que, doña Ruth Angélica Jara Iturra deduce acción reivindicatoria en procedimiento ordinario en contra de doña Ruth Zunilda Avendaño Valenzuela, respecto de la propiedad ubicada en Rancagua Sur N° 1392, Población Rancagua Sur, comuna de Rancagua, por los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, solicitando se ordene la restitución del inmueble de su propiedad, con costas. 2.- Que, el demandado se encuentra rebelde durante toda la secuela del litigio de lo que se desprende que controvierte todos los hechos expuestos en la demanda 3.- Que, a fin de acreditar sus dichos, el actor ha rendido las siguientes probanzas: Documental: - Inscripción especial de herencia inscrita a fojas 1025 vta. N° 1267 del Registro de Propiedad del año 1994 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, que da cuenta que la sucesión de doña Elsa del Código: GXREXDXYFXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Carmen Iturra Valenzuela, compuesta por sus hijos María Gabriela, José Gabriel, Carlos Segundo, Rafael Alejandro y Ruth Angélica, todos Jara Iturra, y su cónyuge sobreviviente don Carlos Rafael Jara Jara, es dueña de la propiedad ubicada en calle Rancagua Sur N° 1392, Población Rancagua Sur, comuna de Rancagua. A su vez, subsincrito contra la transmisión de los derechos de don Carlos Rafael Jara Jara en fojas 1361 vta. N° 1378 de 2000; y transferencia de derechos realizada por don Rafael Alejandro Jara Iturra a fojas 6472 vta. N° 11827 de 2016. - Inscripción especial de herencia inscrita a fojas 1631 vta. N° 1378 del Registro de Propiedad del año 2000 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, que da cuenta que la sucesión quedada al fallecimiento de don Carlos Rafael Jara Jara es dueña de los derechos que al causante le correspondían sobre la propiedad ubicada en Rancagua Sur N° 1392, Población Rancagua Sur, comuna de Rancagua. Consta subinscrita transferencia realizada por don Rafael Alejandro Jara Iturra a fojas 6472 vta. N° 11827 de 2016. .- Sentencia primera instancia de causa sobre precario Rol C- 7222-2018, caratulados JARA con AVENDAÑO”, del 2° Juzgado Civil de Rancagua de fecha 3 de junio de 2019. .- Sentencia Corte de Apelaciones Rancagua Rol 924-2019 de los autos Rol C-7222-2018, caratulados JARA con AVENDAÑO”, del 2° Juzgado Civil de Rancagua de fecha 27 de noviembre de 2019. .- Sentencia Recurso de casación en el fondo 2584-2020 Corte Suprema de Justicia de fecha 5 de abril de 2021. 4.- Que, el demandado al hallarse rebelde durante toda la secuela del litigio no ha aportado al proceso probanza alguna. 5.- Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 889 y siguientes del Código Civil, la reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular de que no está en posesión, Código: GXREXDXYFXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl para que el poseedor de el
Fallo
fallo bajo apercibimiento de ser lanzados con fuerza pública, con costas Notificación.- En folio 9, consta notificación personal de la demanda. Código: GXREXDXYFXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Contestación.- En folio 12, se tiene por contestada la demanda en rebeldía. Réplica.- En folio 13, se tiene por evacuada la réplica en rebeldía. Dúplica.- en folio 16, se tiene por evacuado el trámite de la dúplica en rebeldía de la demandada. Conciliación.- En folio 20, se celebra comparendo de conciliación en presencia de la apoderada de la demandante y de la demandada y de su apoderada. Llamados a conciliación, ésta no se produce. Interlocutoria de prueba.- En folio 21, se recibe la causa a prueba. Citación a oír sentencia.- En folio 43, se cita a las partes a oír sentencia. Considerando: 1.- Que, doña Ruth Angélica Jara Iturra deduce acción reivindicatoria en procedimiento ordinario en contra de doña Ruth Zunilda Avendaño Valenzuela, respecto de la propiedad ubicada en Rancagua Sur N° 1392, Población Rancagua Sur, comuna de Rancagua, por los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, solicitando se ordene la restitución del inmueble de su propiedad, con costas. 2.- Que, el demandado se encuentra rebelde durante toda la secuela del litigio de lo que se desprende que controvierte todos los hechos expuestos en la demanda 3.- Que, a fin de acreditar sus dichos, el actor ha rendido las sigu
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Rancagua, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Demanda.- En folio 1, comparece doña Ruth Angélica Jara Iturra, guardia de seguridad, con domicilio en Diego de Almagro 737-A, Población Isabel Riquelme, comuna de Rancagua, quien viene en deducir acción reivindicatoria en procedimiento ordinario, en contra de doña Ruth Zunilda Avendaño Valenzuela, ignora profesión u oficio, con domi
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