CAÑAS/SERVITEC ASCENSORES LTDA.
Rol
O-1975-2023
Fecha
21 de agosto de 2023
Materia
Costas, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, no se recibirá la causa a prueba procediéndose a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte de Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en el registro de audio. En Santiago, a veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. PRIMERO: Que mediante presentación de fecha 20 de septiembre del 2022 comparece el señor Germán Cañas Henríquez, domiciliado en Crescente Errazuriz N°1712, comuna de San Ramón, quien deduce demandan en contra la empresa Servitec Ascensores Limitada, representada legalmente por el Señor Guillermo Reed Caro, ambos domiciliados en General Prieto número 1243, comuna de Independencia. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1, 3 y siguientes, 7 y siguientes, 63, 68 y siguientes, 73, 162, 172, 425 y siguientes, 453, 454, del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se acoge la demanda promovida por el señor Germán Cañas Henríquez en contra la empresa Servitec Ascensores Ltda. declarándose que la demandada deberá pagarse al demandante las siguientes prestaciones: a) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo desde la fecha del despido ocurrido el 30 de septiembre de 2022 hasta su convalidación mediante el pago de las imposiciones de seguridad social correspondientes; b) Cotizaciones de seguridad social indicadas en los numerales 6° y 7° del
Fundamentos
considerando cuarto. II.- Que la suma señalada en la letra a) del románico precedente se reajustará y devengará intereses según lo consigna el artículo 63 del Código del Trabajo. III.- Que cada parte pagará sus costas. IV.- Ejecutoriada la decisión, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia por el ministro de fe respectivo y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese, notifíquese y archívese los antecedentes en su oportunidad. RIT O-1975-2023. RUC 22-4-0429101-0. Dictada por don MAURICIO GUAJARDO ESPINOZA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siendo las 09:37 horas, se pone término a la presente audiencia. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiuno de agosto de dos mil veintitrés. REGISTRO DE AUDIO.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1, 3 y siguientes, 7 y siguientes, 63, 68 y siguientes, 73, 162, 172, 425 y siguientes, 453, 454, del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, y demás disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se acoge la demanda promovida por el señor Germán Cañas Henríquez en contra la empresa Servitec Ascensores Ltda. declarándose que la demandada deberá pagarse al demandante las siguientes prestaciones: a) Remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo desde la fecha del despido ocurrido el 30 de septiembre de 2022 hasta su convalidación mediante el pago de las imposiciones de seguridad social correspondientes; b) Cotizaciones de seguridad social indicadas en los numerales 6° y 7° del considerando cuarto. II.- Que la suma señalada en la letra a) del románico precedente se reajustará y devengará intereses según lo consigna el artículo 63 del Código del Trabajo. III.- Que cada parte pagará sus costas. IV.- Ejecutoriada la decisión, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia por el ministro de fe respectivo y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese, notifíquese y archívese los antecedentes en su oportunidad. RIT O-1975-2023. RUC 22-4-0429101-0. Dictada por don MAURICIO GUAJARDO ESPINOZA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siend
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia Remota) FECHA Santiago, 21 de agosto de 2023 RUC 23-4-0469263-1 RIT O-1975-2023 CARATULADO CAÑAS / SERVITEC ASCENSORES LTDA. MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS CLAUDIO SEPÚLVEDA PINO HORA DE INICIO 09:05 HORA DE TERMINO 09:37 SALA 4.2 Nº R
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