1º Juzgado de Letras de Curicó

DÍAZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ

Rol

C-2534-2022

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2022 comparece JOSÉ MANUEL D AZ SAAVEDRAÍ , chileno, casado y separado total de bienes, contador auditor, c dula de identidad N 10.677.557-5, con domicilio en Pasaje Magnolioé ° N 2569, Villa Don Rodrigo comuna de Curic , Regi n del Maule, quien viene en° ó ó deducir demanda de prescripci n de cobro municipal de aseo domiciliario en contra deó la I. MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, persona jur dica de derecho p blico, Rutí ú 69.100.100- 8, representada legalmente por su alcalde don Javier Mu oz Riquelme,ñ chileno, de quien desconoce profesi n u oficio, c dula nacional de identidad Nó é ° 10.204.975-6, ambos domiciliados en Calle Estado N 279 Curic Regi n del Maule, a° ó ó fin de que declare en definitiva prescritas las acciones de cobro de impuestos de derecho domiciliario de aseo, multas, intereses y reajustes, a contar del primer semestre del a oñ 2007 hasta el 30 de Noviembre de 2014, correspondiente a la propiedad ubicada en Pasaje Magnolio N 2569, Villa Don Rodrigo, comuna de Curic , Regi n del Maule,° ó ó todo ello, de conformidad a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que pasa a exponer. Se ala que es due o del inmueble individualizado cuya inscripci n rola a fojasñ ñ ó 5878, n mero 2751 a o 2015, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú ñ Ra ces de Curic , el que conforme a los certificados de deudas extendidos por laí ó demandada, se encontrar a con deuda por derechos de aseo domiciliarioí correspondientes a los periodos que comprenden desde 30 de abril de 2007, hasta 30 de noviembre de 2022, ascendiendo a una suma total de $1.434.354 (Un mill nó cuatrocientos treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y cuatro pesos) por concepto de derecho de aseo. Sin perjuicio de aquello, se ala que de la anterior deuda, los derechos de aseoñ domiciliarios correspondientes a los per odos comprendidos entre abril del a o 2007í ñ hasta el 30 de noviembre del a o 2014 se encuentran prescritos, siendo una sumañ Código: MGCXXDCJFXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 ascendiente a $1.064.241 (un mill n sesenta y cuatro mil doscientos cuarenta y un miló pesos), el monto que est prescrito. á El art culo 2492 del C digo Civil se ala: La prescripci n es un modo deí ó ñ “ ó adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapsoí de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales. ( ) A su vez, el art culo 2497,á … ” í del mismo cuerpo legal citado, dispone: Las reglas relativas a la prescripci n se aplican“ ó igualmente a favor y en contra del Estado, de las iglesias, de las municipalidades ( )… ” Por ltimo, el art culo 2515 del C digo Civil, que se ala: Este tiempo es en reglaú í ó ñ “ general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias. Lañ ” oblig

Fallo

por tanto, prescriben en el plazo deé 5 a os, que es la regla general de las acciones y, por tanto, el fundamento de lañ demanda principal respecto al c mputo de los plazos para alegar la prescripci n es deló ó todo incorrecto. Ahora bien, seg n lo expresado anteriormente, de esta forma y teniendo presenteú lo pretendido por la parte demandante y la legislaci n vigente al efecto, se concluye queó las acciones de cobro a favor del Municipio, respecto al periodo comprendido entre el 30 de abril de 2007 al 30 de noviembre de 2014, se encuentran prescritas. Que, sin perjuicio de allanarse en los t rminos expresados anteriormente, deja aé salvo su facultad para demandar el cobro de las cuotas y derechos adeudados que no se encuentren prescritas respecto de la misma propiedad, por lo que finaliz se alando queó ñ se sirva tener por contestada, dentro de plazo legal, la demanda deducida en contra de su representada por el demandante ya individualizado, allan ndose parcialmente a laá demanda y rechazar el resto, con expresa condenaci n en costas.ó TERCERO: Que en el primer otros de folio 7, la demandada de autos impetrí ó demanda reconvencional de cobro de pesos por el no pago de derechos de Aseo Municipal en contra de Jos Ignacio D az Saavedra é í (sic) ya individualizado, se alandoñ que habiendo consultado al departamento de Renta y patentes Comerciales de la I. Municipalidad de Curic , y como se ala en lo principal de su presentaci n, laó ñ ó demandante adeuda a su representada

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-2534-2022 CARATULADO : D AZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÍ Ó Curico, veintitr s de Febrero de dos mil veintitr sé é VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, con fecha 29 de diciembre de 2022 comparece JOSÉ MANUEL D AZ SAAVEDRAÍ , chileno, casado y separado total de bienes, contad

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