SANTANDER/AUTORENTAS DEL PACÍFICO SPA
Rol
O-124-2022
Fecha
18 de agosto de 2023
Materia
Comisiones, Feriado legal
Resultado
No especificado
Hechos
hechos conforme los siguientes hechos a probar: 1. Que el demandante prestó servicios a la demandada. 2. Que la relación laboral terminó el día 8 de agosto de 2022. Sexto: Que se fijó el siguiente hecho a probar: 1. Última remuneración mensual del demandante. 2. Efectividad que se pagaron íntegramente las comisiones en el periodo comprendido entre el día 3 de noviembre de 2020 y el 8 de agosto de 2022. Hechos y circunstancias que lo justifican. 3. Efectividad que el demandante hizo uso de todos y cada uno de los feriados durante la vigencia de la relación laboral. En la negativa, efectividad que fueron compensados íntegramente al término de la relación laboral. Hechos y circunstancias que lo justifican. Séptimo: Que la parte demandante ofreció la prueba que se lee en el acta de la audiencia preparatoria de la cual incorporó la siguiente: Documental: 1.- Contrato de trabajo del año 2007. 2.- Modificación de contrato del año 2014. 3.- Finiquito y reserva de derechos. 4.- Acta comparendo Inspección del Trabajo. 5.- Informe de fiscalización N° 1201/2022/952. 6.- Correo Sr. Restovic a Pedro Santander de 21.10.2014. 7.- Carta de despido fechada 8.8.2022 y sobre de envío. 8.- Correo de 17.11.2020 de Patricio Restovic a Pedro Santander, sobre bono de retención. 9.- Copia demanda causa RIT T-90-2022. 10.- Copia contestación demanda RIT T-90-2022. 11.- Liquidaciones de febrero a diciembre de 2016. 12.- Liquidaciones de enero a diciembre de 2017. 13.- Liquidaciones de enero a diciembre de 2018. 14.- Liquidaciones de enero a diciembre de 2019. 15.- Liquidaciones de enero a diciembre de 2020. 16.- Liquidaciones de enero a diciembre de 2021. 17.- Liquidaciones de enero a agosto de 2022. 18.- Certificado de Turismo lago Grey S. A., de 26.12.2022, referente a factura compra ticket aéreo. Confesional: Comparece y declara debidamente mandatada a doña Cecilia Verónica Díaz Arenas, RUT 8.607.679-9, contador público y auditor: Consultada por sus funciones en la emp
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que en los autos acumulados RIT O-124-2022 y RIT O-145-2022, comparece don Pedro Nibaldo Santander Zamorano, Rut 9.704.090-7, trabajador, con domicilio en Punta Arenas, calle 1 Proyectada N° 01706, Mirador del Bosque, quien deduce demandas de cobro de pesos en contra de su ex empleador Autorentas del Pacifico SpA –Mitta- Rut N° 83.547.100-4, representado para estos efectos, César Andrés Gómez Uribe, Gerente de Sucursal Punta Arenas, con domicilio en Punta Arenas, calle O’Higgins 931, por don Ignacio Correa Fernández, en su calidad de Gerente General y don Patricio Restovic Montero, en su calidad de Gerente Área de Sucursales, ambos domiciliados en Av. Américo Vespucio N°1601, Quilicura y solicita: 1. Que se condene a la demandada a pagar las diferencias por concepto de comisión, sin perjuicio de que se disponga su liquidación en la etapa de cumplimiento. 2. Que se condene a la demandada a pagar la diferencia por concepto de compensación del feriado, conforme al monto que resulte del mérito de autos y, sin perjuicio de determinarse la cantidad de días de feriado adeudado. 3. Que se ordene que las sumas que debe pagar la demandada, lo sean con los reajustes e intereses que señala el artículo 173 del Código del Trabajo. 4. Que se condene en costas. Funda la demanda en los siguientes antecedentes: Ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 1 de septiembre de 2007, desempeñándose siempre en calidad de gerente de sucursal, encontrándose excluido de la limitación de jornada de trabajo. Con fecha 8 de agosto de 2022 termina la relación laboral y conforme a sus liquidaciones de remuneraciones, el monto de éstas ascendía a $6.349.259. Autorentas del Pacifico - Mitta Autorentas del Pacifico explotaba originalmente, y por más de 50 años, la licencia exclusiva de la internacional Hertz (The Hertz Corporation) para el giro de arriendo de automóviles, pero el año 2019 la empresa dejó dicha licencia pasando a explotar el mismo rubro bajo el nombre de MITTA en conjunto con la internacional japonesa Mitsui & Co. En Chile, Autorentas del Pacifico SpA es la empresa más grande en su giro, con un millar de trabajadores, 70 puntos de atención y con una flota de más de 22.000 vehículos y maquinarias para el arriendo. La empresa cuenta con sucursales en todo el país, cada una a cargo de un “Gerente de Sucursal”. Permanentemente, la sucursal en Punta Arenas ha generado cuantiosos ingresos para la empresa y cuenta con aproximadamente 300 vehículos para atender a diversas instituciones y empresas en forma permanente, y turistas, disponiendo de quince trabajadores en su taller de calle O’Higgins 931 de esta ciudad para la atención y mantenimiento de dichos vehículos El cliente ENAP Magallanes genera al menos el 50% de los ingresos de la sucursal. Uno de sus principales logros que la empresa siempre le reconoció y valoró, fue la implementación del contrato de Leasing Operativo con ENAP-Magallanes para el arriendo de una gran flota
Fallo
Por tanto, el pago se hizo en base de una remuneración menor a la que correspondía. En subsidio de lo anterior, reclama el pago de las diferencias por el error de cálculo en que incurrió la empresa, considerando la remuneración de que dan cuenta las liquidaciones. En este punto, la liquidación de remuneración de julio de 2022 asciende a $6.349.259, que incluye sueldo base, gratificación y comisión, de modo que, el valor de compensación que corresponde según la cantidad de días de feriado que se establezcan, en cada caso es el siguiente: Considerados 33,76 días hábiles - 51 días corridos: $6.349.259: 30 = $211.642 x 51 = $10.793.742. Considerados 38,76 días hábiles – 58 días corridos: $6.349.259: 30 = $211.642 x 58 = $12.275.236. La empresa pagó por concepto de compensación de feriado la suma de $10.281.813, por lo que adeuda la diferencia correspondiente, lo que también dependerá de la cantidad de días de feriado adeudado que se determine conforme al mérito de autos. Segundo: Que don Rodrigo Marín Eterovic, abogado, C.I. N° 10.129.543-5, con domicilio en Joaquín Montero N°3000, oficina 201, piso 2, comuna de Vitacura, Santiago, en representación de Autorentas del Pacífico SpA, empresa del giro arrendamiento de vehículos, RUT 83.547.100-4, con domicilio en calle O´Higgins N°931, Punta Arenas, opuso excepción de prescripción en relación a la acción de cobro de comisiones la que fue acogida en la audiencia preparatoria. Contestando derechamente la demanda de cobro de comis
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Punta Arenas, dieciocho de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que en los autos acumulados RIT O-124-2022 y RIT O-145-2022, comparece don Pedro Nibaldo Santander Zamorano, Rut 9.704.090-7, trabajador, con domicilio en Punta Arenas, calle 1 Proyectada N° 01706, Mirador del Bosque, quien deduce demandas de cobro de pesos en contra de su ex empleador Autorentas del P
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