9º Juzgado Civil de Santiago

BANCO ITAÚ CORPBANCA/ÁLVAREZ

Rol

C-7476-2019

Fecha

21 de febrero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: En presentaci n de 25 de febrero de 2019 comparece do a Vivianaó ñ Lorena Rocha Mart nez, abogada, en representaci n de Ita Corpbanca,í ó ú sociedad an nima bancaria, representada por don Milton Maluhy Filho,ó todos domiciliados en Pasaje Rosa Rodr guez N 1375, oficina 211, comunaí ° de Santiago, demandando en juicio ejecutivo de cobro de pagar a doné Lorenzo lvarez Garcia, domiciliado en Avenida Camino Los TrapensesÁ N 4638, comuna de Lo Barnechea, por la suma total de $24.354.974, m s° á intereses y costas. Indica que su representado es due o del pagar 4313, suscrito a lañ é orden por do a Yasna del Carmen Olave Mart nez, y por don Carlosñ í Norambuena Donoso, ambos en representaci n de Ita Corpbanca, y ste aó ú é su vez en representaci n de don Lorenzo lvarez Garc a, el 14 de enero deó Á í 2019, por la suma de $12.134.177, cantidad que se oblig a pagar el d a 14ó í de enero de 2019. A la llegada de la fecha de vencimiento del pagar referido, esto es, elé d a 14 de enero de 2019, el demandado no efectu el pago, ni lo haí ó efectuado a la fecha, raz n por la cual se encuentra en mora en eló cumplimiento de la obligaci n contenida en el pagar , y adeuda por suó é concepto la suma de $12.134.177, m s los intereses respectivos que seá devenguen desde la mora hasta la fecha de pago efectivo de la deuda, m sá costas del juicio. En presentaci n de 9 de diciembre de 2022 la ejecutada se notificó ó expresamente de la demanda y opuso la excepci n del N 17 del art culoó ° í 464 del C digo de Procedimiento Civil, La prescripci n de la deuda o soloó “ ó de la acci n ejecutiva , seg n los siguientes

Fundamentos

fundamentos: ó ” ú a) Entre la fecha de la mora del deudor y la fecha de notificaci n deó la demanda, con la presentaci n del escrito de excepciones, transcurri eló ó plazo de prescripci n de la acci n ejecutiva.ó ó Código: FCBZXDVSDLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Funda su defensa en el art culo 98 de la Ley N 18.092 que estableceí ° que la acci n cambiaria que emana de las letras de cambio y pagar só é prescribe en el plazo de 1 a o, contado desde el d a del vencimiento delñ í documento. Es decir, respecto a estos t tulos de cr dito se est frente a un plazo deí é á prescripci n especial de corto tiempo, 1 a o, contado desde que laó ñ obligaci n se hizo exigible.ó Consta en autos que suscribi un pagar , por el cual se oblig a pagaró é ó una determinada obligaci n a un plazo determinado, el 14 de enero deó 2019. Es un hecho cierto que desde el vencimiento del pagar y la fecha deé notificaci n de la demanda, ha transcurrido un plazo superior a 1 a o,ó ñ raz n por la cual la acci n cambiaria se encuentra prescrita. ó ó En efecto, en el propio pagar se estableci que su fecha deé ó vencimiento ser a el 14 de enero de 2019, poca en que se pagar a tantoí é í capital como intereses. Y ese vencimiento es reconocido por el ejecutante en su demanda, lo que constituye una confesi n judicial espont nea. Asimismo,ó á como consta en el documento, se liber al beneficiario del pagar de laó é obligaci n de protesto, por lo que inexorablemente el plazo de prescripci nó ó extintiva comenz a correr con la fecha de su vencimiento.ó La demanda le es notificada con la presentaci n de su escrito deó oposici n de excepciones, por lo que entre la fecha de vencimiento pactadaó y la de la notificaci n, transcurri con creces el plazo de 1 a o,ó ó ñ encontr ndose prescrita la acci n cambiaria emanada del pagar .á ó é b) En subsidio, a m s tardar el vencimiento del pagar se produjo coná é la presentaci n de la demanda en tribunales; y, entre dicha fecha y laó presentaci n de su escrito de oposici n de excepciones, transcurri completoó ó ó el plazo de prescripci n extintiva de la acci n ejecutiva deducida. ó ó En subsidio, aunque se estime que el vencimiento del pagar no seé produjo con la mora del deudor, sino con la presentaci n de la demanda enó tribunales, de todas formas la acci n cambiaria del pagar se encuentraó é prescrita. En efecto, la ejecutante present su demanda el 25 de febrero deó 2019, por lo que es evidente que en ltima instancia el vencimiento delú pagar se produjo en esa fecha. Si la acreedora presenta su demandaé Código: FCBZXDVSDLW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ejecutiva en tribunales, solo cabe concluir que, en ltimo t rmino, en eseú é momento ha hecho exigible la obligaci n, lo que inevitablemente traeó aparejado el vencimiento del pagar .é Si un acreedor presenta su demanda ante los tribunales cobrando la suma

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7476-2019 CARATULADO : BANCO ITA CORPBANCA/ LVAREZÚ Á Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veintitr s.é VISTOS: En presentaci n de 25 de febrero de 2019 comparece do a Vivianaó ñ Lorena Rocha Mart nez, abogada, en representaci n de Ita Corpbanca,í ó ú sociedad an nima bancaria, representada por don Milton Mal

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica