Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua

SANTANA CON DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE CHURROS KATIA FERM

Rol

O-66-2023

Fecha

17 de agosto de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demandada. El Tribunal accede a la solicitud. DICTACIÓN DE SENTENCIA: El Tribunal procede a dictar sentencia de inmediato transcribiéndose sólo lo resolutivo del fallo (En conformidad a resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267-2048), quedando las demás consideraciones debidamente registradas en la pista de audio respectiva. En Rancagua, a diecisiete de agosto de dos mil veintitrés: Por estos fundamentos, normas legales citadas y lo dispuesto en los artículos 7, 41, 63, 162, 163, 168, 445, 446 a 459 del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda deducida por doña BÁRBARA ANDREA SANTANA VALDIVIA en contra de DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE CHURROS KATIA FERMANDOIS RUBIO EIRL, representada legalmente por doña KATIA LYLIANN FERMADOIS RUBIO, ambas ya individualizadas, declarando que el despido de que fue objeto la actora es nulo y no ha producido los efectos de poner término al contrato de trabajo para efectos remuneracionales y, asimismo, es injustificado de acuerdo a los términos expuestos en el artículo 168 del Código del Trabajo y, en consecuencia, se ordena a la demandada a pagar a la actora los siguientes conceptos: a) $812.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $3.250.000 por concepto de indemnización por años de servicios; c) $1.625.000 por concepto de recargo legal correspondiente al 50% de la suma señalada anteriormente, según estipula el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo; d) $379.167 por concepto de compensación de diferencia de feriado legal por el periodo comprendido entre el 08 de octubre de 2021 al 07 de octubre de 2022, deducido en 7 días entregados por el empleador, lo que corresponde a 14 días corridos; e) $89.375 por concepto de compensación de feriado proporcional, por el periodo comprendido entre el 08 de octubre de 2022 al 03 de diciembre de 2022, equivalente a 3.3 días corridos; f) $88.433 correspondiente a la remu

Fallo

fallo (En conformidad a resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267-2048), quedando las demás consideraciones debidamente registradas en la pista de audio respectiva. En Rancagua, a diecisiete de agosto de dos mil veintitrés: Por estos fundamentos, normas legales citadas y lo dispuesto en los artículos 7, 41, 63, 162, 163, 168, 445, 446 a 459 del Código del Trabajo y 1698 del Código Civil, se declara: I.- Que se hace lugar a la demanda deducida por doña BÁRBARA ANDREA SANTANA VALDIVIA en contra de DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE CHURROS KATIA FERMANDOIS RUBIO EIRL, representada legalmente por doña KATIA LYLIANN FERMADOIS RUBIO, ambas ya individualizadas, declarando que el despido de que fue objeto la actora es nulo y no ha producido los efectos de poner término al contrato de trabajo para efectos remuneracionales y, asimismo, es injustificado de acuerdo a los términos expuestos en el artículo 168 del Código del Trabajo y, en consecuencia, se ordena a la demandada a pagar a la actora los siguientes conceptos: a) $812.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $3.250.000 por concepto de indemnización por años de servicios; c) $1.625.000 por concepto de recargo legal correspondiente al 50% de la suma señalada anteriormente, según estipula el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo; d) $379.167 por concepto de compensación de diferencia de feriado legal por el periodo comprendido entre el 08 de octubre de 2021 al 07 de octubre de

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL FECHA 17/08/2023 RUC 23-4-0459417-6 RIT O-66-2023 MAGISTRADO MARÍA LORETO REYES GAMBOA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Katterine Daniela Parra Coloma HORA DE INICIO 11:04 horas HORA DE TERMINO 11:25 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340459417-6-1339 SALA 4 (conexión remota) PARTE DEMANDANTE BÁRBARA ANDREA SANTANA VALDIVIA C.I

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