SAAVEDRA/SAAVEDRA
Rol
C-400-2022
Fecha
20 de febrero de 2023
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, a folio 1, con fecha 22 de febrero de 2022, comparece do a ñ FLOR DEL CARMEN SAAVEDRA IBARRA, due a de casa, C dula Nacional deñ é Identidad N 7.768.010-1, domiciliada en Villa V ctor Domingo Silva Calle Camilo Moriº í N 1661, Sector Rauqu n de la comuna de Curic , quien de conformidad a la Ley° é ó 18.600 sobre personas con discapacidad mental, modificada por la Ley 19.954, solicita se decrete la Interdicci n Definitiva por Causa de Demencia de su hermana ó ILMA DEL CARMEN SAAVEDRA IBARRA, pensionada, C dula Nacional de Identidadé N 3.651.244-K domiciliado en Villa V ctor Domingo Silva Calle Camilo Mori casa° í N 1661, Sector Rauqu n de la comuna de Curic , por las siguientes consideraciones de° é ó hecho y de derecho que pasa a exponer: LOS HECHOS: Su hermana ILMA DEL CARMEN SAAVEDRA IBARRA, presenta un diagn stico de discapacidad ps quica o mental severo, que involucra tanto la Demenciaó í como un Trastorno Afectivo Org nico, seg n certificado m dico que acompa a en uná ú é ñ otros de esa petici n.í ó Todo este diagn stico le impide constantemente tener sus facultades mentalesó adecuadas para vivir en el d a a d a, por lo cual solicita se le declare interdicta, toda vezí í que su trastorno mental es permanente y definitivo. DERECHO: El art culo 443 del C digo Civil establece que El juicio de interdicci n podr serí ó “ ó á provocado por el c nyuge no separado judicialmente del supuesto disipador, poró cualquiera de sus consangu neos hasta en el cuarto grado, y por el defensor p blico. í ú El defensor p blico ser o do aun en los casos en que el juicio de interdicci n noú á í ó haya sido provocado por l . é ” Asimismo, el art culo 447 establece que Los decretos de interdicci n provisoria oí “ ó definitiva deber n inscribirse en el Registro del Conservador y notificarse al p blico porá ú Código: MJDEXDRMDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl medio de tres avisos publicados en un diario de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 22 de febrero de 2022, do a ñ FLOR DEL CARMEN SAAVEDRA IBARRA, dedujo demanda ordinaria de interdicci n, por causa deó demencia, en contra de su hermana do a ñ ILMA DEL CARMEN SAAVEDRA IBARRA, todos ya individualizados, y previa relaci n de los antecedentes en que se apoya, pidi que enó ó definitiva se declare: La petici n transcrita en el bloque expositivo de esta sentencia. ó SEGUNDO: Que, la parte demandada, contest la acci n impetrada en suó ó contra, en base a las argumentaciones ya expuestas en el ac pite expositivo de estaá sentencia. TERCERO: Que, son hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos en esta causa: 1).- Efectividad que do a Ilma del Carmen Saavedra Ibarra, se encuentra en estado habitual deñ demencia; 2).- Efectividad que a ra z de la demencia, la demandada se encuentra imposibilitadaí de administrar sus bienes. CUARTO: Que, la parte demandante, a fin de acreditar sus aseveraciones, aport aló proceso las siguientes piezas probatorias: Documental: A folio 1, de fecha 22 de febrero de 2022: 1.- C dula Nacional de Identidad de do a Ilma del Carmen Saavedra Ibarra.é ñ 2.- Certificado M dico de fecha 19 de enero de 2017, emitido por don Eduardo Far as Labarca,é í M dico Cirujano, CESFAM Sol de Septiembre.é A folio 28, de fecha 7 de junio de 2022: Código: MJDEXDRMDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3.- Certificado N 4458, de fecha 20 de enero de 2022, emitido por don Alejandro D az Letelier,° í Director General de la Corporaci n de Asistencia Judicial de la Regi n Metropolitana.ó ó A folio 42, de fecha 6 de diciembre de 2022: 4.- Certificado de beneficio de asistencia jur dica, de fecha 29 de noviembre de 2022, suscritoí por do a Pamela Catal n Devlahovic, Corporaci n de Asistencia Judicial Regi n Metropolitana.ñ á ó ó A folio 44, de fecha 9 de enero de 2023: 5.- Certificado M dico de fecha 29 de noviembre de 2022, emitido por don Felix Tomas Floresé Le n, M dico Cirujano.ó é 6.- Declaraci n jurada emitida por don Ricardo Orlando Saavedra Castillo, con fecha 2 deó diciembre de 2022, prestada ante don Carlos Andr s Ortega Alul, Notario P blico de Curic .é ú ó 7.- Declaraci n jurada emitida por don Robinson Danilo Quitral Saavedra, con fecha 2 deó diciembre de 2022, prestada ante don Carlos Andr s Ortega Alul, Notario P blico de Curic .é ú ó Oficios: Solicitado en el folio 32, con fecha 10 de junio de 2022, dirigido a CESFAM Sol de Septiembre de Curic , ó para que informara respecto del estado de salud de do a Ilmañ del Carmen Saavedra Ibarra. El oficio fue ordenado mediante resoluci n de fecha 14 de junio de 2022, a folio 36,ó cuya respuesta rola a folio 38, de fecha 12 de julio de 2022. SEXTO: Que, en el folio 37, de fecha 23 de junio de 2022, rola Inspecci n Personaló del Tribunal decretada en autos para esta fecha v a remota por la plataforma Zoom, coní asistencia de la demandante do a Flor del Carmen Saa
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 338, 342, 343, 346á í N 3, 373, 384 y 462 N 4 y siguientes del C digo Civil, y art culo 838 y siguientes del C digo° ° ó í ó de Procedimiento Civil, art culos 2, 3 y 4 de la Ley N 18.600 en concordancia de la Ley Ní ° ° 19.554 que establecen normas sobre deficientes mentales, se declara: Que SE ACOGE la demanda interpuesta en lo principal de folio 1, de fecha 22 de febrero de 2022, por do a ñ Flor del Carmen Saavedra Aliaga, declar ndose Interdictaá Definitiva por Causa de Demencia a do a ñ ILMA DEL CARMEN SAAVEDRA ALIAGA, C dula Nacional de Identidad N 3.651.244-Ké ° , y en consecuencia se nombra como su curadora general definitiva a su hermana, demandante de autos, do a ñ Flor del Carmen Saavedra Ibarra, C dula Nacional de Identidad N 7.768.010-1.-é ° Se releva a la curadora nombrada de rendir fianza y de hacer inventario solemne. Ejecutoriada esta sentencia, inscr base el presente fallo y publ quese de conformidad coní í lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil.í ó An tese, reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í í Rol N 400-2022.-° Código: MJDEXDRMDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por do a Estefan a Andrea Hunrichse Andrade, Juez Suplente del Segundoñ í Juzgado de Letras de Curic . ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curico,
Texto Completo (Preview)
FOJA: 46 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-400-2022 CARATULADO : SAAVEDRA/SAAVEDRA Curico, veinte de Febrero de dos mil veintitr sé VISTO: Que, a folio 1, con fecha 22 de febrero de 2022, comparece do a ñ FLOR DEL CARMEN SAAVEDRA IBARRA, due a de casa, C dula Nacional deñ é Identidad N 7.768.010-1, domiciliada en Villa V ctor Domingo Silv
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