16º Juzgado Civil de Santiago

INVERSIONES ALBORADA LIMITADA/I. MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA

Rol

C-8081-2022

Fecha

20 de febrero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 12 de agosto de dos mil veintid s, comparece do aó ñ Deisy Lonc n Collihu n, abogada, domiciliada en calle Cerro El Plomo Nó í ° 5855, piso 16, oficina N 1605-1606, comuna de Las Condes, en° representaci n de la sociedad Inversiones Alborada Limitada, sociedad deló giro de su denominaci n, representada legalmente por don Jos Rafaeló é Campino Talavera, ambos domiciliados en calle Guardia Vieja N 255,° oficina N 1306, comuna de Providencia, quien deduce acci n de° ó declaraci n de prescripci n de patente municipal e improcedencia de cobro,ó ó en conjunto con acci n de prescripci n de cobro de derechos de aseo enó ó contra de la Ilustre Municipalidad de Providencia, representada legalmente por do a Evelyn Matthei Fornet, alcaldesa, ambas domiciliadas en calleñ Pedro de Valdivia N 963, comuna de Providencia.° Que, con fecha 24 de octubre de dos mil veintid s, comparece donó Pablo Cesar Dur n Urrutia, en representaci n de la municipalidadá ó demandada, allan ndose a la misma.á Que, con fecha 3 de febrero de dos mil veintitr s, en atenci n alé ó allanamiento de la demandada a ambas acciones, se omite la citaci n aó audiencia de conciliaci n y recepci n de la causa a prueba. Acto seguido, seó ó cita a las partes a o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Código: FWYJXDWQXZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8081-2022 Foja: 1 Primero: Que, comparece do a Deisy Lonc n Collihu n enñ ó í representaci n de la sociedad Inversiones Alborada Limitada, quien deduceó acci n de declaraci n de prescripci n e improcedencia de cobro de patenteó ó ó municipal fundado en los siguientes elementos. Expone que de conformidad al Certificado de Todos Rol N 2-° 179033, emitido por la municipalidad demandada, respecto a la sociedad que representa se gravar an obligaciones por concepto de patente comercialí municipal y por derechos de aseo respecto de los periodos comprendidos entre el segundo semestre del a o mil novecientos noventa y tres hastañ segundo semestre del a o dos mil once.ñ Ahora bien, comenta que de acuerdo a la normativa aplicable se encontrar an prescrito de acuerdo a lo establecido en el art culo 2521 delí í C digo Civil.ó Asimismo, se ala que respecto a la aplicaci n de intereses y reajustesñ ó de conformidad a las variaciones del IPC, estas no corresponder an toda vezí que nicamente devengan una vez el deudor se encuentra en mora, y enú autos, no habiendo ejercido ninguna acci n por la demandada, es que suó parte no se encuentra en tal estado. Por ello, previas citas legales, pide tener por deducida acci n deó declaraci n de prescripci n e improcedencia de cobro en contra la Ilustreó ó Municipalidad de Providencia, ya individualizada y, en definitiva, se declare prescrita la obligaci n por concepto de patente comercial correspondientes aó los pedidos del segundo semestre del a o mil novecientos noventa y tresñ hasta segundo semestre del a o dos mil once, ambas inclusive, as como señ í declare que se debe rebajar el monto total pretendido de cobro por encontrarse prescritos y ser improcedentes de cobro. Segundo: Que, con iguales fundamentos, deduce acci n deó declaraci n de prescripci n extintiva de cobro de obligaci n por conceptoó ó ó de derechos de aseo correspondientes a los periodos correspondientes a los periodos de mil novecientos noventa y tres hasta el segundo semestre del a o dos mil once.ñ Código: FWYJXDWQXZV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8081-2022 Foja: 1 Tercero: Que, la demandada contesta ambas acciones, allan ndose aá las mismas. Cuarto: Que, la demandante acompa a en tanto instrumentosñ probatorio copia del Certificado Todos Rol N 2-179033 emitido por la Ilustre Municipalidad de Providencia con fecha 8 de junio de dos mil veintid s.ó Quinto: Que, la demandada no acompa a diligencia probatoriañ alguna. Sexto: Que, la prescripci n extintiva es un modo de extinguir lasó obligaciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante un cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem sá requisitos legales. S ptimoé : Que, la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como ob

Fallo

fallo causa rol 3164-2013). Lo razonado importa que, sin que exista una norma espec fica sobreí la prescripci n de los derechos municipales en comento, hay que estarse a laó regla general contemplada en el art culo 2515 del C digo Civil, es decir, 5í ó a os para las acciones ordinarias.ñ D cimoé : Que, de la valoraci n del informe de deuda acompa adoó ñ por la actora y no controvertido por la contraria seg n las normas legalesú aplicables al efecto, se tiene por acreditada la existencia de la deuda por concepto de patente municipal cuya prescripci n se reclama en autos,ó referente a la sociedad demandante, correspondiente a los periodos del segundo semestre del a o mil novecientos noventa y tres hasta el segundoñ semestre del a o dos mil once, ambos inclusive.ñ Und cimoé : Que, del mismo instrumento, se logra acreditar la existencia de una obligaci n sobre la sociedad demandante, por concepto deó derechos de aseo correspondiente a los periodos del segundo semestre del a o mil novecientos noventa y tres hasta el segundo semestre del a o dosñ ñ mil once, ambos inclusive. Duod cimoé : Que, cabe hacer presente que al contabilizar los plazos desde la exigibilidad para ambas obligaciones y la fecha de notificaci n deó la demanda, el d a 13 de octubre de dos mil veintid s, es posible constatarí ó que ha transcurrido en la especie el plazo de prescripci n establecido en eló art culo 2521 del C digo Sustantivo, respecto a los periodos del segundoí ó semestre del a o mil novecientos

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C-8081-2022 Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8081-2022 CARATULADO : Inversiones Alborada Limitada/I. MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA Santiago, veinte de Febrero de dos mil veintitr sé Vistos: Que, con fecha 12 de agosto de dos mil veintid s, comparece do aó ñ Deisy Lonc n Collihu n, abogada, domiciliada en calle Cerro El Plom

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