CISTERNAS/SOCIEDAD INMOBILIARIA FUNTT SPA
Rol
M-683-2023
Fecha
17 de agosto de 2023
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS La parte demandada no ha contestado la demanda de conformidad al artículo 452 del Código del Trabajo, por lo que esta jueza hará uso de su facultad que le confiere el artículo 453 N°1 inciso 7° del mismo código, aplicable supletoriamente a esta demanda, por tanto, no existiendo hechos sustanciales pertinentes y controvertidos por no haber contestado la demanda, se dicta sentencia en este juicio la cual es del siguiente tenor: SENTENCIA Concepción, a diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. Visto En mérito de estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 7, 9, 162, 168, 446 y siguientes del Código del Trabajo se declara: I. Que, SE ACOGE la demanda deducida por don ESTEFANÍA BELÉN CISTERNAS VÉJAR en contra de SOCIEDAD INMOBILIARIA FUNTT SpA, representada por don Francisco Javier Díaz Sanhueza, declarándose injustificado su despido y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: · $511.250 por indemnización sustitutiva de aviso previo. · $511.250 por remuneración del mes de abril de 2023. · $120.480 por propinas correspondientes al mes de marzo de 2023. · $63.909 por feriado proporcional. · Además deberá ser condenada al pago de las cotizaciones de seguridad social de la demandante, correspondiente a cotizaciones previsionales en AFP MODELO, cotizaciones de salud en FONASA y cotizaciones de cesantía en AFC CHILE S.A, por la diferencia de remuneraciones ascendente a la suma de $73.750, del periodo que va desde el 01 de febrero de 2023 y el 23 de abril del mismo año. II. Que, las sumas ordenadas a pagar deberán ser con los intereses y reajustes de los artículos 63 o 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena a la demandada, por no haberse opuesto a la demanda. Regístrese y en su oportunidad archívese. RIT M-683-2023 RUC 23-4-0498660-0 Las partes quedan notificadas personalmente de todo lo obrado en esta audiencia. Dictó sentencia doña VALERIA CECILIA ZUÑIGA ARAVENA Juez Titular del Juzgado de Letras del Tr
Fallo
por tanto, no existiendo hechos sustanciales pertinentes y controvertidos por no haber contestado la demanda, se dicta sentencia en este juicio la cual es del siguiente tenor: SENTENCIA Concepción, a diecisiete de agosto de dos mil veintitrés. Visto En mérito de estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 7, 9, 162, 168, 446 y siguientes del Código del Trabajo se declara: I. Que, SE ACOGE la demanda deducida por don ESTEFANÍA BELÉN CISTERNAS VÉJAR en contra de SOCIEDAD INMOBILIARIA FUNTT SpA, representada por don Francisco Javier Díaz Sanhueza, declarándose injustificado su despido y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: · $511.250 por indemnización sustitutiva de aviso previo. · $511.250 por remuneración del mes de abril de 2023. · $120.480 por propinas correspondientes al mes de marzo de 2023. · $63.909 por feriado proporcional. · Además deberá ser condenada al pago de las cotizaciones de seguridad social de la demandante, correspondiente a cotizaciones previsionales en AFP MODELO, cotizaciones de salud en FONASA y cotizaciones de cesantía en AFC CHILE S.A, por la diferencia de remuneraciones ascendente a la suma de $73.750, del periodo que va desde el 01 de febrero de 2023 y el 23 de abril del mismo año. II. Que, las sumas ordenadas a pagar deberán ser con los intereses y reajustes de los artículos 63 o 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena a la demandada, por no haberse opuesto a la demanda. Regístrese y
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada presencial) FECHA 17 de Agosto de 2023 RUC 23-4-0498660-0 RIT M-683-2023 Registro de MAGISTRADO VALERIA CECILIA ZUÑIGA ARAVENA audio en ADMINISTRATIVO DE ACTAS Leslie Poulette Schulz Durán remoto HORA DE INICIO 11:02 horas 2 HORA DE TERMINO 11:15 horas Nº REGISTRO DE
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