ADRIASOLA/
Rol
V-174-2022
Fecha
20 de febrero de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerandos: Primero: Con fecha 19 de diciembre de 2022 comparece don José Tomás Adriasola Velasco, abogado, con domicilio en calle San Sebastián N°2750, piso 8, Las Condes, Región Metropolitana, como mandatario judicial y en representación de doña María Del Pilar Adriasola Castillo, de su mismo domicilio, deduciendo reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces. Indica que el referido Conservador se negó a inscribir la solicitud de tomar nota de la escritura pública de término por no renovación del plazo de la sociedad denominada “Agrícola Los Maitenes de Tinguiririca Limitada” -en adelante la Sociedad o ALMTL- al margen de su inscripción de fojas 57, N°70, del año 1993, del Registro de Comercio del citado oficio Conservatorio, “por cuanto -dice el Sr. Conservador- debe previamente realizar las modificaciones sociales correspondientes para que consten los nuevos socios respectivamente”. Refiere que la Sociedad se constituyó el 30 de agosto de 1993 y en modificación de fecha el 11 de enero de 1994 (ambas escrituras de la Notaría de Santiago de don Jaime Morandé Orrego y sus extractos inscritos a fs. 57, N°70, del año 1993, y a fs. 3, N°3, del año 1994, respectivamente, de Registro de Comercio de San Fernando), se incorporó como socio al padre de su representada, don Eugenio Adriasola Navarrete, con un aporte de $ 75.000.000 en el capital social de $ 200.000.000, equivalente a una participación de 37,5% de los derechos sociales totales. Informa que el 10 de febrero de 2003 falleció dicho socio concediéndose la posesión efectiva de su herencia a sus herederos, entre ellos su representada doña María del Pilar Adriasola Castillo, mediante Resolución Ex. N°17.841, de 07 de julio de 2005 del director regional Metropolitano del Registro Civil, inscripción nacional N°32.974, la cual rola inscrita -entre otros- en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, a fs. 361, N°603, del año 2006. Código: BDXLXDDPBXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.103 del Código Civil y a lo pactado por los socios en la cláusula 7ª de su Estatuto Social -que consta de las inscripciones de los extractos de constitución y modificación en el Registro de Comercio a cargo del propio Conservador reclamado, pero de los cuales, a juicio del solicitante, ha prescindido-, ALMTL no se disolvió por el fallecimiento del aludido socio, sino que continuó vigente entre los socios que lo sobrevivieron y los herederos del difunto -entre ellos su representada- todos los cuales se incorporaron a ella, ipso facto y de pleno derecho, como nuevos socios en reemplazo del socio fallecido y con la plenitud de sus derechos de tal, por el solo ministerio de la ley, derechos que desde la muerte del causante vienen ejerciendo
Fallo
Por estas consideraciones, y lo visto y dispuesto en la ley 3918, Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, y demás normas aplicables, se resuelve: No ha lugar al Reclamo de Negativa del Conservador de Bienes Raíces de San Fernando, impetrada por el abogado don José Tomás Adriasola Velasco, con fecha 19 de diciembre de 2022. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Sentencia dictada por don Felipe Eduardo Cabrera Celsi, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de San Fernando. En San Fernando, a veinte de Febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: BDXLXDDPBXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-20T14:17:09-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 12 .- doce .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Fernando CAUSA ROL : V-174-2022 CARATULADO : ADRIASOLA/ San Fernando, veinte de Febrero de dos mil veintitrés Vistos y considerandos: Primero: Con fecha 19 de diciembre de 2022 comparece don José Tomás Adriasola Velasco, abogado, con domicilio en calle San Sebastián N°2750, piso 8, Las Condes, Región Metropol
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