ANTOFAGASTA MINERALS S.A./
Rol
V-477-2022
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 7 de octubre de 2022, compareció Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, domiciliados en Avenida Apoquindo N°4001, piso 18, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, y -a fin de constituir concesión de exploración de sustancias concesibles- formuló un pedimento minero. Agregó que el punto medio del terreno pedido se encuentra ubicado en la región de Arica y Parinacota, provincia de Arica, comuna de Camarones, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 7.929.377,00 metros y Este 432.842,00 metros, todas referidas al "Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19". Asimismo, señaló que el terreno pedido tiene la forma de un rectángulo, cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 1.000 metros y aquellos orientados Este-Oeste U.T.M. miden 3.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 300 hectáreas. Finalmente manifestó que la concesión de exploración solicitada se denominará "ARIQUI IV 20”. Previas citas legales, solicitó tener por presentado el pedimento; se acoja a tramitación; se ordene su inscripción y publicación, disponiendo que el tribunal certifique el día y hora de su presentación de acuerdo al artículo 47 del Código de Minería; y, en definitiva, se tenga por presentada -a favor de su representada- la concesión de exploración solicitada. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió con fecha 14 de octubre de 2022, a fojas 1947 y siguientes, bajo el Nº 966 del año 2022, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Arica. TERCERO: Que la inscripción del pedimento antes referido se publicó con fecha 7 de noviembre de 2022, en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. Código: PHDRXDSPXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que, a folio 12 mediante ordinario N° 0096, de fecha 3 de febrero de 2023 el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el correspondiente informe, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes; y, que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que las coordenadas UTM referidas a los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración denominada “ARIQUI IV 20” son: VERTICE NORTE (METROS) ESTE (METROS) Punto Medio 7.929.377,00 432.842,00 V1 7.929.877,00 431.342,00 V2 7.929.877,00 434.342,00 V3 7.928.877,00 434.342,00 V4 7.928.877,00 431.342,00 SEXTO: Que la petición cumple con los requisitos legales puesto que fue formulada dentro del plazo, se ha acreditado con los respectivos comprobantes el pago de la tasa de pedi
Fallo
SE RESUELVE: Que se APRUEBA el plano del pedimento y se declara constituida la concesión de exploración denominada “ARIQUI IV 20”, con una superficie total de 300 hectáreas en favor de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., peticionario de autos, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto e inscríbase dentro del plazo legal. Hágase entrega al interesado del original y una copia del plano de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívense estos antecedentes si no se apelare. Rol V-477-2022 Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica. Autoriza don MANUEL ALVAREZ OSSANDON, Secretario Subrogante. Código: PHDRXDSPXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil. En Arica, a diecisiete de Febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Jlv Código: PHDRXDSPXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-17T12:00:46-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-477-2022 CARATULADO : ANTOFAGASTA MINERALS S.A./ Arica, diecisiete de Febrero de dos mil veintitrés VISTO y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 7 de octubre de 2022, compareció Juan Esteban Poblete Newman, chileno, abogado, casado, en representación de ANTOFAGASTA MINERALS S.A., socieda
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