FIGUEROA/
Rol
V-8-2022
Fecha
17 de febrero de 2023
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-8-2022 CARATULADO : FIGUEROA/ Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintitrés VISTOS. A folio 1 comparece don José Domingo Peñafiel Zañartu, abogado, en representación, según se acreditará, de doña Patricia Cecilia Figueroa Barrueco, chilena, casada, educadora de párvulos, cédula de identidad Nº 4.697.364-K, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Isidora Goyenechea Nº 3.356, oficina 51, comuna de Las Condes, quien expone: Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil, y de lo referido en el artículo 1.401 del Código Civil, por este acto solicita autorización para que doña Patricia Cecilia Figueroa Barrueco (la “Donante”) pueda llevar a cabo la donación que se individualiza en el presente escrito, y que recae sobre el 100% de los derechos de dominio sobre los inmuebles referidos en el Nº 2 de este escrito. 1. Beneficiaria de la donación. La donación cuya autorización se solicita se hará como mera liberalidad y en forma irrevocable a su hija doña María Francisca Claro Figueroa, cédula de identidad Nº 13.552.251-1, divorciada, mayor de edad (la “Donataria”). 2. Objeto de la donación. El objeto de la donación que la Donante pretende realizar a la Donataria, recaerá en el 100% de los derechos de dominio sobre el departamento Nº 93, de la bodega Nº 20 y del estacionamiento Nº 30 todos del Edificio Pontevedra, ubicado en calle Augusto Leguía Nº 255, comuna de Las Condes, Santiago, (los “Inmuebles”). De acuerdo con el plano archivado con el Nº 3980, 3980 A a la K, la Donante es dueña además de derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que corresponde al Lote Uno-A del plano de fusión respectivo, que deslinda: al norte, en 33,47 metros con Avenida Presidente Código: FQMSXDEXXSX Este documento tiene fir
Fundamentos
considerando que ellas han sido adquiridas por la Donante habiendo transcurrido más de tres años desde esta fecha. 4. Cumplimiento de las condiciones que establece el artículo 889 del Código de Procedimiento Civil. El artículo 889 del Código de Procedimiento Civil exige a quien pida autorización judicial para una donación que debe insinuarse, que exprese lo siguiente: 1. El nombre del donante y del donatario, y si alguno de ellos se encuentra sujeto a tutela o curaduría o bajo potestad del padre o marido. En la especie, este Código: FQMSXDEXXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 requisito se debe tener por cumplido ya que anteriormente en esta solicitud se han identificado a la Donante y a la Donataria. 2. La cosa o cantidad que se trata de donar. Según fuera explicado, el objeto donado consiste en el 100% de los derechos de dominio sobre los Inmuebles. 3. La causa de la donación, esto es, si la donación es remuneratoria o si se hace a título de legítima, de mejora, de dote o sólo de liberalidad. También como ha sido expuesto, la donación cuya autorización se solicita será efectuada a título de liberalidad. 4. El monto líquido del haber del donante y sus cargas de familia. El monto líquido del haber de la Donante se estima en a lo menos $729.014.201, según se desprende de los documentos que se acompañan y tal como será acreditado con la información sumaria de testigos que se rendirá. En este sentido, se hace presente que la Donante es propietaria de los siguientes bienes: 4.1. El 100% de los derechos de dominio sobre los Inmuebles ya individualizados, que serán objeto de la donación. Se deja constancia que según figura en los certificados de avalúo fiscal emitidos por el Servicio de Impuestos Internos, el avalúo fiscal total de estos bienes raíces para el primer semestre de 2022 asciende a $93.534.158. 4.2. Fondos mutuos por $55.352.165, mantenidos en “Itau Administradora General de Fondos S.A.”, según cartola emitida con fecha 30 de noviembre de 2021. 4.3. Fondos mutuos por 544.247,74 dólares de los Estados Unidos de América, que según el tipo de cambio vigente al 31 de octubre de 2021, ascienden a $441.335.937, mantenidos en “Credicorp Capital Asset Management S.A. Administradora General de Fondos”, según cartola emitida con esa misma fecha. 4.4. El 100% de los derechos de dominio sobre el sitio Nº 79, de la manzana F, ubicado en calle Las Torcazas Nº 56, del Condominio Las Brisas de Santo Domingo, comuna de Santo Domingo, Quinta Región, y una proporción sobre los terrenos o áreas comunes igual a la que representa la superficie del sitio referido en la superficie total del predio, excluidos los bienes comunes. Este bien raíz se encuentra inscrito a nombre de doña Patricia Cecilia Figueroa Barrueco a fojas 2.907, Nº 4.273, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Código: FQMSXDEXXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser vali
Fallo
se resuelve: Que se autoriza a doña Patricia Cecilia Figueroa Barrueco, a efectuar la donación solicitada por mera liberalidad, a su hija doña María Francisca Claro Figueroa, en la forma solicitada. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. DICTADA POR DOÑA CAROLINA CANALES MORALES, JUEZA SUPLENTE, AUTORIZADA POR DON JOAQUÍN RAMIREZ CASTRO, SECRETARIO SUPLENTE. Código: FQMSXDEXXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintitrés Código: FQMSXDEXXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-17T11:14:48-0300
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-8-2022 CARATULADO : FIGUEROA/ Santiago, diecisiete de Febrero de dos mil veintitrés VISTOS. A folio 1 comparece don José Domingo Peñafiel Zañartu, abogado, en representación, según se acreditará, de doña Patricia Cecilia Figueroa Barrueco, chilena, casada, educadora de párvulos, cédula de identidad Nº 4.
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