4º Juzgado Civil de San Miguel

GUTIÉRREZ/MUNICIPALIDAD LO ESPEJO

Rol

C-2016-2022

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 01, comparece OLGA ESTER GUTIERREZ GONZALEZ, Run.: 8.209.142-4, pensionada, domiciliada en pasaje Los Carreras 3325, Lo Espejo, quien viene en interponer demanda en juicio civil por prescripci n extintiva de losó derechos de aseo domiciliario correspondiente al periodo que va desde el 01 de septiembre 2005, hasta el 24 de abril de 2020, seg n procedimiento de menorú cuant a, en contra de la I. MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO, persona jur dica deí í Derecho P blico, RUT: 69.255.100-1, representada legalmente por JAVIERA PAZú REYES JARA, c dula de identidad: 17.317.663-5, alcaldesa, ambos con domicilioé en Avenida Central Cardenal Ra l Silva Henr quez 8321, Lo Espejo.ú í Se ala, que como consta en la inscripci n que rola a fojas 9870, n meroñ ó ú 9326 del a o 2008, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deñ í San Miguel, es due o del inmueble ubicado en pasaje Los Carreras ñ 3325, Lo Espejo. Agrega, que la Direcci n de Administraci n y Finanzas de la Ilustreó ó Municipalidad de Lo Espejo, le ha emitido un informe de deuda de Derechos de Aseo del inmueble de su propiedad ubicada en pasaje Los Carreras 3325, Lo Espejo, actualizado al 25 de mayo 2022, el cual incluye las cuotas con fecha de vencimiento desde el 01 de septiembre 2005, hasta el 24 de abril de 2020, por una suma de $ 1.826.919.=, seg n imagen que se adjunta en los autos.ú El Derecho: Funda su solicitud, en lo dispuesto en los art culos 2492, 2493, 2497, 2521,í del C digo Civil, y art culos 698, y siguientes del C digo de Procedimiento Civil.ó í ó Indica, que la presente acci n es procedente, toda vez, que busca obteneró que el tribunal declare la concurrencia del instituto jur dico de la prescripci ní ó respecto de los Derechos de Aseos Municipales, por no haberse ejercido tales acciones de forma oportuna por la Municipalidad, y adem s porque las normas deá prescripci n se aplican de forma general, ya sea a favor o en contra de lasó municipalidades, tal como lo expresa el art

Fundamentos

considerando la poca a partir de la cual la Municipalidad de Loé Espejo se encontraba facultada para proceder al ejercicio de tales derechos, por lo que concurre el primer requisito de la prescripci n, esto es, el transcurso de cincoó a os desde que la acci n o derecho es exigible.ñ ó A ade, que no ha existido reconocimiento expreso o t cito respecto de lañ á deuda, ni tampoco se ha interpuesto demanda judicial que tenga por objeto obtener el pago de los derechos de aseos que se discuten en el caso. En s ntesis se haní cumplido cabalmente las condiciones que exige la ley para que opere la prescripci n como firma de extinguir los derechos y acciones ajenas, es decir, eló transcurso ininterrumpido del plazo de 5 a os desde que estos se han tornadoñ exigibles. Termina solicitando, tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario de menor cuant a, por declaraci n de prescripci n extintiva en contra deí ó ó la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO, representada legalmente por su alcaldesa, JAVIERA REYES JARA, y en definitiva, declarar la prescripci nó extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, correspondiente al periodo que comprende al 01 de septiembre 2005, hasta el 24 de abril de 2020, que asciende a la suma de $ 1.286.919.= (un mill n doscientos ochenta y seis miló novecientos diecinueve pesos), con expresa condena en costas en el caso de oposici n,ó A folio 04, se da curso a la demanda. A folio 08, se notifica expresamente de la demanda a la parte demandada. A folio 10, se tiene por contestada la demanda en rebeld aí de la parte demanda, y se cita a las partes a audiencia de conciliaci n.ó A folio 15, se procede a la audiencia de conciliaci n, ó en rebeld a de laí parte demandada. A folio 16, se recibe la causa a prueba. A folio 26, se cit a las partes a o r sentenciaó í . CONSIDERANDO: Primero: Que, a folio 01, comparece OLGA ESTER GUTIERREZ GONZALEZ, domiciliada en pasaje Los Carreras 3325, Lo Espejo, quien interpone demanda de prescripci n extintiva, respecto de las acciones de cobro de derechosó de aseo municipal de la propiedad ubicada en pasaje Los Carreras 3325, Lo Espejo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, persona jur dica de Derechoí P blico, RUT: 69.255.100-1, representada legalmente por JAVIERA PAZ REYESú JARA, ambos con domicilio en Avenida Central Cardenal Ra l Silva Henr quezú í 8321, Lo Espejo, todos ya individualizados, en raz n de los fundamentos de hechoó y de derecho expuestos en la secci n expositiva de esta sentencia, los que seó omitir n por razones de econom a procesal.á í Código: LSHEXDCLLYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2016-2022 Foja: 1 Segundo: Que, a folio 14, se tiene por contestada la demanda en rebeld a deí la demandada, certific ndose a folio 15, la no comparecencia de la parteá demandada, a audiencia de conciliaci n, recibi ndose la causa a prueba a folio 16.ó é Tercero: Que, seg n lo dispon

Fallo

se declarar la extinci n del derecho de cobroá ó de los reajustes, multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al per odo antes referido, atento, precisamente, la calidad deí accesorios de aquellos cobros en relaci n a estos.ó Noveno: Que, teniendo presente que las municipalidades tienen la obligaci nó legal de cobrar todos los derechos de que son acreedoras, careciendo de la facultad para declararlas prescritas por s mismas o de condonarlas, en virtud del art. 144í del C digo de Procedimiento Civil, no se condenar a la demandada al pago de lasó á costas. Y visto adem s lo dispuesto en los arts. 1698, 2492, 2514, 2515 del C digoá ó Civil; arts. 160, 170, 698 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil. Seó Declara: I. QUE SE ACOGE la demanda principal de folio 01 y en consecuencia, se declara la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de los derechos de aseoó ó municipal del inmueble ubicado en pasaje Los Carreras 3325, Lo Espejo, cuya fecha de vencimiento ocurriera en el per odo comprendido entre el d a 01 deí í septiembre 2005, hasta el 24 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, as comoí tambi n las referentes a los reajustes, multas y dem s obligaciones que les accedan.é á II. QUE NO SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada, de conformidad a lo expuesto en el considerando noveno. NOTIF QUESE, REG STRESE Y ARCH VESE, EN SU OPORTUNIDAD.Í Í Í Dictada por do a MARIA CAROLINA PICON PERTUISET, Jueza subrogante ñ ochc Se deja consta

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C-2016-2022 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2016-2022 CARATULADO : GUTI RREZ/MUNICIPALIDAD LO ESPEJOÉ San Miguel, uno de marzo de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 01, comparece OLGA ESTER GUTIERREZ GONZALEZ, Run.: 8.209.142-4, pensionada, domiciliada en pasaje Los Carreras 3325, Lo Espejo, quien viene en interponer de

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