Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

ROSAS/EL CHAPATERO SPA

Rol

O-673-2022

Fecha

16 de agosto de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar: 1. Si el actor prestó servicios a la demandada. En la afirmativa, fecha de inicio y término de los servicios. 2. Para el caso, remuneración del demandante. 3. Causal de término de los servicios, cumplimiento de las formalidades y hechos que constituyen la causal. 4. Prestaciones adeudadas. CUARTO: Que la parte demandante incorporó la siguiente prueba: I.- Documental: 1. Presentación de reclamo ante Inspección del Trabajo nro. 1302/2022/1518 de fecha 14 de julio de 2022. 2. Acta de comparendo de conciliación de fecha 05 de agosto de 2022. 3. Contrato de Trabajo de fecha 22 de noviembre de 2021. 4. Liquidación de remuneraciones del mes de mayo de 2022. 5. Certificado de cotizaciones de Fonasa de fecha 28 de agosto de 2022. 6. Certificado de cotizaciones de AFP Plan Vital de fecha 28 de agosto de 2022. 7. Certificado de cotizaciones de AFC Chile S.A. de fecha 28 de agosto de 2022. 8. Fotografía de autorización para descuento de remuneraciones. 9. Fotografía del comprobante de denuncia de fecha 18 de mayo de 2022. 10. Fotografía de la chapa destruida del vehículo siniestrado. 11. Copia de la denuncia ante el Ministerio Público por el siniestro de robo en la vía pública originada por parte 15706. 12. Licencia médica emitida con fecha 25 de mayo de 2022. 13. Licencia médica emitida con fecha 27 de junio de 2022. 14. Licencia médica emitida con fecha 26 de julio de 2022. 15. Licencia médica emitida con fecha 24 de agosto de 2022. 16. Cinco correos electrónicos con empleador de fechas 11, 15 y 18 de junio del año en curso. (2022) 17. Fotografía de proyecto de finiquito de fecha 27 de mayo de 2022. 18. Comprobante de constancia laboral para empleadores folio nro.486715 de fecha 30 de mayo de 2022. 19. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo correlativo nro.23200 de fecha 30 de mayo de 2022. 20. Consulta tributaria del demandado emitida por SII con fecha 29 de agosto de 2022. II.- Confesional: consistente

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Rigo Sebastián Rosas Jeldes, conductor repartidos, cédula de identidad N°18.282.520-4, domiciliado en calle Fernando Lazcano N°1552, comuna de San Miguel, interponiendo demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora El Chapatero SpA, sociedad del giro de su denominación, RUT N°76.912.703-8, representada legalmente por doña Paulina del Rosario Iglesias Muñoz, factor de comercio, cédula de identidad N°10.253.867-6, ambos domiciliados para estos efectos en calle Venezuela N°2094, comuna de San Ramón. Argumenta que el día 22 de noviembre de 2021 ingresó a prestar servicios para la demandada bajo vínculo de subordinación y dependencia, desempeñándose en funciones de conductor-repartidor, con una jornada que -según su contrato- era de 45 horas semanales distribuidas de lunes a viernes, desde las 6:30 y hasta las 14:30 horas, pero que en la práctica se desarrollaba de lunes a sábado, desde las 5:00 y hasta las 14:00 horas. Agrega que cumplía sus labores desde el domicilio de su ex empleadora y, para ello, le pasaban diariamente un vehículo furgón placa patente LY GJ-72 marca Chevrolet modelo N 300 del año 2020. Expresa que para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, su remuneración ascendía a $700.918.- mensuales, suma compuesta por los siguientes ítems: sueldo base de $444.574.-, gratificación de $111.144.-, asignación de colación de $83.600.- y asignación de movilización de $61.600.-. Añade que la demandada le adeuda las remuneraciones correspondientes a los 24 días efectivamente trabajados en mayo de 2022, equivalentes a $560.736.- Hace presente que si bien su contrato tenía un plazo de duración hasta el 22 de marzo de 2022, luego éste devino en uno de carácter indefinido, toda vez que, después de su fecha de vencimiento, él continuó desempeñando sus funciones de manera ininterrumpida. Relata que el día 18 de mayo de 2022, aproximadamente a las 11:30 horas, realizó una entrega de pan en el local denominado “La Vecina”, dejando estacionado su vehículo en calle Fernando Lazcano esquina Barros Luco y, al salir, se percató que habían destruido la chapa de la puerta del vehículo y le habían robado desde el interior su banano, que contenía sus documentos personales, tarjetas de crédito, su celular personal y la suma de $270.000.- correspondiente a los dineros recibidos por las entregas de la mañana. A raíz de lo anterior, señala que realizó inmediatamente la denuncia ante la 12ª Comisaría de Carabineros de San Miguel bajo el N°15.706, la que generó también el respectivo parte denuncia ante la Fiscalía Regional Metropolitana Sur. Refiere que ese mismo día, alrededor de las 14:00 horas, se dirigió al domicilio de su empleadora para hacer entrega del auto y las llaves, encontrándose allí sólo el encargado del local, a quien le comentó lo sucedido y él procedió a redactar un documento denominado “autorización”, en el cual él los autorizaba para descontarle de su

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 54, 55, 56, 63, 73, 160 N°3, 162, 168, 172, 173, 425 y siguientes, 446 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo; y el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil; se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don Rigo Sebastián Rosas Jeldes en contra de su ex empleadora El Chapatero SpA, representada legalmente por doña Paulina del Rosario Iglesias Muñoz, todos ya individualizados y, en consecuencia, se condena a la demandada antes mencionada a pagar al actor las siguientes prestaciones: a) $700.918.- por concepto de indemnizacion sustitutiva de aviso previo. b) $199.874.- por concepto de feriado proporcional. (10,79 días) c) $560.736.- por concepto de remuneraciones correspondientes a los días efectivamente trabajados en mayo de 2022. (24 días) II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser solucionadas más los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida, las que se regulan en un 10% de las sumas ordenadas pagar. IV.- Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día y, en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, para el cumplimiento forzoso y compulsivo de la misma. Regístrese y notifíquese a las partes por correo electróni

Texto Completo (Preview)

Procedimiento : Aplicación general. Materia : Despido injustificado y cobro de prestaciones. Demandante : Rigo Sebastián Rosas Jeldes. Demandada : El Chapatero SpA. RIT : O-673-2022.- RUC : 22-4-0424998-7.- San Miguel, dieciséis de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Rigo Sebastián Rosas Jeldes, conductor repartidos, cédula de identidad N°18.

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