Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes

CAMPOS/

Rol

V-94-2022

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que a folio 1, con fecha 25 de noviembre de 2022, comparece don MAURICIO ORTIZ SOLORZA, abogado, domiciliado en la comuna de Concepci n,ó avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 816, oficina Nº 35, en representaci n judicial y convencional de don MARIANO CAMPOS RAM REZ,ó Í ingeniero comercial, domiciliado en avenida Andalu Nº 1620, departamento 71-B,é San Pedro de la Paz, solicitando se ordene, sin forma de juicio, la entrega del inmueble arrendado ubicado en calle San Mart n Nº 713, comuna de Quill n, elí ó cual se encuentra abandonado por parte del arrendatario CRISTI N CABRERAÁ CART S, sin haberlo restituido al arrendador, fundado en que el inmuebleÉ abandonado se entreg en arriendo a ste, y el contrato de arrendamiento fueó é celebrado verbalmente entre las partes, pero su existencia fue reconocida por el arrendatario en una audiencia de sobre exhibici n (sic) de documentos yó declaraci n jurada de 25 de agosto de 2022, que figura en el cuaderno de medidaó prejudicial precautoria seguida en los autos rol C-215-2022 de este mismo tribunal, cuya acta acompa a. ñ Agrega que en el cuaderno principal de dicha causa, se inici por mió representado un juicio declarativo de arrendamiento y se encarg al receptoró judicial don Gonzalo Ojeda la notificaci n personal de la demanda, quien, en eló marco de las b squedas para notificar la demanda en la causa mencionada, conú fecha 22 de noviembre certific lo siguiente: “Haber buscado en variasó oportunidades a la parte demandada Cristian Cabrera Cartes en el domicilio dado, esto es, calle San Mart n Nº 713 Quill n, sin poder cumplir con la diligencia deí ó notificaci n ordenada en autos; por cuanto el individuo se alado precedentementeó ñ no fue habido en el citado domicilio. Se hace presente que en el domicilio se encuentra aparentemente desocupado y sin moradores, consultado a vecina de la casa frente al domicilio se alado en autos, sin n mero visible y quien no señ ú individualiz , inform que quienes habitaban el lu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece el abogado don Mauricio Ort z Solorza ení representaci n de don Mariano Campos Ram rez, solicitando se ordene, sin formaó í de juicio, la entrega del inmueble arrendado, abandonado por parte del arrendatario Cristi n Cabrera Cartes, ubicado en calle San Mart n Nº 713 de la comuna deá í Quill n. ó SEGUNDO: Que, para fundamentar su petici n, el solicitante acompa losó ñó siguientes documentos: 1.- Documento electr nico suscrito con firma electr nica avanzada que contieneó ó acta de comparendo de 25 de agosto de 2022 de la causa Rol C-215-2022 de este tribunal, cuaderno de medida prejudicial preparatoria. 2.- Documento electr nico suscrito con firma electr nica avanzada del receptoró ó judicial don Gonzalo Ojeda Troncoso, que contiene certificaci n receptorial de 22ó de noviembre de 2022, estampada en la causa Rol C-215-2022 de este tribunal, cuaderno principal. TERCERO: Que de los antecedentes rolantes en la causa C-215-2022 de este tribunal, como se detall en la parte expositiva, se desprende que las partesó arribaron a un avenimiento aprobado por el tribunal en la fecha indicada, mediante el cual, entre otras materias, se acord en la cl usula quinta la restituci n inmediataó á ó del inmueble por parte del arrendatario, facultado expresamente al arrendador para cambiar las llaves de acceso y restringir el ingreso de personas extra as. Para todosñ los efectos legales, el arrendatario restituye simb licamente el inmueble aló arrendador, sin perjuicio de hacer entrega de las llaves a m s tardar el d a 30 deá í enero de 2023. El arrendador declara en el mismo acto, recibir conforme el inmueble arrendado. Código: NCPDXDZXWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que lo anterior conduce necesariamente al rechazo de la presente solicitud, al haberse cumplido el objetivo pretendido por el compareciente.

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad con lo dispuesto en los art culosí 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y art culo 6 y dem só í á pertinentes de la Ley Nº 18.101, se declara: Que se rechaza la solicitud de folio 1 por haberse efectuado la entrega del inmueble arrendador por parte del arrendatario con anterioridad a la fecha de esta sentencia. An tese, dese copia y, en su oportunidad, arch vese.ó í Rol V-94-2022 Pronunciada por do a MAR A ALEJANDRA CRUZ VIAL, Juez Suplente delñ Í Juzgado de Letras y Garant a de Bulnes.í En Bulnes, a quince de Febrero de dos mil veintitr sé , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: NCPDXDZXWXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-15T21:00:39-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Bulnes CAUSA ROL : V-94-2022 CARATULADO : CAMPOS/ Bulnes, quince de Febrero de dos mil veintitr sé VISTOS: Que a folio 1, con fecha 25 de noviembre de 2022, comparece don MAURICIO ORTIZ SOLORZA, abogado, domiciliado en la comuna de Concepci n,ó avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 816, oficina Nº 35, en repres

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica