Juzgado de Letras de Villarrica

GAJARDO/

Rol

V-84-2022

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A Folio 1, comparece don EDUARDO ORELLANA CABELLO, abogado, como mandatario judicial de do a ñ ADA DEL CARMEN GAJARDO ZURITA, chilena, divorciada, labores de casa, c dula nacional de identidad de chile Nºé 8.392.126-9, con domicilio en Pasaje Los Arrayanes N° 761, Villarrica, quien solicita se sirva decretar la rectificaci n judicial de la inscripci n especial de laó ó herencia de don Mario del Carmen Gajardo J lvez, rolante a fojas 3034, n meroé ú 2389 del Registro de Propiedad del a o 2017 del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Villarrica, ello a consecuencia de haberse incorporado en ella a do a ñ MAR AÍ MERCEDES ZURITA CID. A folio 7, rola informe del Sr. Conservador de Bienes Ra ces de Villarrica.í A folio 11, rola informe emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó A folio 14, ingresan los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el solicitante expresa que con fecha 14 de julio de 2017, por resoluci n exenta N° 8746 del Director Regional de la Regi n de La Araucan a,ó ó í se concedi la posesi n efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de donó ó Mario del Carmen Gajardo J lvez, RUT 2.176.953-3, acontecido con fecha 21 deé mayo de 2014 en Neuqu n, Argentina. Se ala que mediante dicha resoluci n seé ñ ó reconocieron como herederos a do a Olga Amanda Gajardo Zurita, RUT 6.469.698-ñ K, en calidad de hija; a don Hugo Omar Gajardo Zurita, RUT 7.727.859-1, en calidad de hijo; do a Ada del Carmen Gajardo Zurita, RUT 8.392.126-9, enñ calidad de hija, don Ra l Esteban Gajardo Zurita, RUT 8.764.175-9, en calidad deú Código: DBLNXDXXRCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl hijo y a do a Mar a Mercedes Zurita Cid, RUT 2.199.469-3, en calidad deñ í c nyuge. ó Agrega que la citada resoluci n exenta N° 8746 del Director Regional deó la Regi n de La Araucan a el 14 de julio de 2017 se materializ en la inscripci nó í ó ó especial de la herencia de don Mario del Carmen Gajardo J lvez, rolante a fojasé 3034, n mero 2389 del Registro de Propiedad del a o 2017 en el Conservador deú ñ Bienes Ra ces de Villarrica.í Por su parte, menciona que la c nyuge del causante do a Mar a Mercedesó ñ í Zurita Cid falleci en Cipolletti, Argentina el 22 de marzo de 1962 y que laó inscripci n de la defunci n de chilenos en el extranjero se practic en el Servicioó ó ó de Registro Civil e Identificaci n el 06 de febrero de 2018, es decir, eló fallecimiento de do a Mar a Mercedes Zurita Cid es anterior al fallecimiento de suñ í c nyuge.ó A ade que la inscripci n de la defunci n de do a Mar a Mercedes Zuritañ ó ó ñ í Cid se practica cuando ya se hab a concedido la posesi n efectiva de los bienes delí ó causante don Mario Gajardo J lvez, de suerte que al no constar en los registrosé respectivos del Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile el fallecimientoó de su c nyuge, fue esta incorporada como heredera en calidad de c nyugeó ó sobreviviente. Para finalizar, menciona que los herederos intentaron una presentaci n deó modificaci n administrativa, que en definitiva da origen a la respuesta de resoluci nó ó rechaza rectificaci n N°8831 de fecha 02 de junio de 2022 por parte del Servicioó de Registro Civil e Identificaci n de Chile.ó SEGUNDO: Que, con el fin de acreditar sus dichos la solicitante acompa alñó proceso los siguientes medios de prueba; Prueba documental: Copia de la escritura p blica de inscripci n especial de herencia de fojas 3034, n mero 2389, delú ó ú Código: DBLNXDXXRCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Registro de Propiedad del a o 2017 del Conservador de Bienes Ra ces, Certificadoñ í de rechazo de rectificaci n N° 8831 de fecha 02 de junio de 2022; Certificadoó de nacimiento de Olga Amada Gajardo Zurita, extendido por el

Fallo

Por estas consideraciones, el m rito de autos, y teniendo, adem s, presente loé á dispuesto en los art culos 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil;í ó art culos 8 y siguientes de la Ley 19.903, art culos 582 y siguientes del C digoí í ó Civil; art culos 12 y 13 del Reglamento del Registro Conservatorio y dem s normasí á pertinentes, se resuelve: Que, SE RECHAZA la solicitud de rectificaci n deducida a folio 1 por eló abogado don EDUARDO ORELLANA CABELLO, en representaci n de ó ADA DEL CARMEN GAJARDO ZURITA. Reg strese. Notif quese. í í Código: DBLNXDXXRCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Rol Nº V-84-2022 En Villarrica, a quince de febrero de dos mil veintitr s, se incluy ené ó el estado diario la sentencia precedente.- Código: DBLNXDXXRCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-15T12:15:44-0300

Texto Completo (Preview)

Villarrica, quince de febrero de dos mil veintitr s.é VISTOS: A Folio 1, comparece don EDUARDO ORELLANA CABELLO, abogado, como mandatario judicial de do a ñ ADA DEL CARMEN GAJARDO ZURITA, chilena, divorciada, labores de casa, c dula nacional de identidad de chile Nºé 8.392.126-9, con domicilio en Pasaje Los Arrayanes N° 761, Villarrica, quien solicita se sirva decretar la rectificaci n judicial de

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