Juzgado de Letras Loncoche

ARIAS/

Rol

V-33-2021

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, Con, fecha con fecha veintiuno de noviembre del a o dos milñ veintid s, comparece do a ó ñ NELLY DEL CARMEN ARIAS MORALES, labores de casa, casada, con domicilio en para estos efectos en lugar Pencolleufu, de la comuna de Loncoche, n mero de tel fono celular: 998806562, y viene en solicitarú é la rectificaci n del t tulo del nombre de su abuelo (fallecido) consignado en eló í t tulo de dominio de su propiedad, que a continuaci n individualiza, por lasí ó circunstancias siguientes: Consta en inscripci n de dominio que rola a fojas 1682 n mero 962 del a oó ú ñ 2020 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Loncoche,í que por Resoluci n del se or juez de Indios de Pitrufqu n, de fecha 23 de octubreó ñ é de mil novecientos cuarenta y uno aprobada por Decreto Supremo n mero dos milú trescientos setenta y ocho de fecha veintiocho de agosto del presente a o, en elñ juicio ejecutivo seguido en la divisi n de la comunidad ind gena encabezada poró í don Zen n Namoncura, se adjudic a do a ó ó ñ Carmelita Namoncura el lote de terreno n mero catorce de una cabida aproximada de cuatro hect reas noventa y cincoú á reas y que deslinda: NORTE: lote n mero quince de Elena Namoncura, ESTE:á ú Terrenos de Jos Namoncura y Mar a Namoncura, SUR: Faja octava que lo separaé í de suelos de la sucesi n Manuel Monsalvez, OESTE: Lote n mero trece de Floraó ú Catal n viuda de Namoncura. á Que, el nombre del propietario quedo con error de tipeo, toda vez que se se al : ñ ó CARMELITA NAMONCURA debiendo este decir CARMELA NAMUNCURA CATAL NÁ , tal como consta en el certificado de nacimiento y defunci n que acompa an. ó ñ Se ala que lo anterior ha impedido que puedan inscribir la posesi n efectiva.ñ ó Que, cuentan con el certificado de posesi n efectiva que se ala que la causante esó ñ do a CARMELA NAMUNCURA CATALAN, y ha dejado como herederos a susñ hijos(as) HECTOR MANUEL ARIAS NAMONCURA, REINALDO HUENTEMILLA NAMONCURA, MARIA HORTENCIA HUENT

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, la acci n objeto de esta causa es la de rectificar t tulo deó í dominio de la propiedad inscrita a fojas 1682 n mero 962 del a o 2020 delú ñ Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Loncoche, por cuantoí existe un error en el nombre de la propietaria. SEGUNDO: La parte solicitante para acreditar su pretensi n acompa o losó ñ siguientes medios de prueba: Código: VFWXXDTFTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1.-T tulo de dominio de fojas 1682, N° 962, a o 2020, del Registro de Propiedadí ñ del Conservador de Bienes Ra ces de Loncoche. í 2.- Certificado de posesi n efectiva de la causante Carmela Namuncura Catal n. ó á 3.- Certificado de nacimiento y de defunci n de Carmela Namuncura Catal n.ó á TERCERO: Que, conforme lo dispuesto en el art culo 56 N°7 inciso 1° de laí ley 19.253, con fecha siete de octubre del a o dos mil veintid s, consta el informeñ ó de la Corporaci n Nacional de desarrollo ind gena, CONADI, evacuado por eló í SUBDIRECTOR NACIONAL TEMUCO (S), don JUAN ESCOBAR RIQUELME, quien se ala: Que, del an lisis de los antecedentes tenidos a la vista, en m rito delñ á é art culo 59 deí la Ley N*19.253, la informaci n recabada en terreno y recogida enó Informe T cnico N°188, de fecha 15 de septiembre de 2022, elaborado y suscritoé por don NELSON LASSALLE CALFUNAO, profesional de la Oficina T cnica deé la Subdirecci n Nacional deó Temuco, de la Corporaci n Nacional de Desarrolloó Ind gena y teniendo presente losí documentos acompa ados, esta Corporaci nñ ó concluye que el verdadero nombre de la abuela de la solicitante es CARMELA NAMUNCURA CATAL N y no CARMELITAÁ NAMONCURA, como err neamente se consigna en el t tulo acompa ado al expediente,ó í ñ siendo necesario que el Conservador de Bienes Ra ces competente rectifique el error.í CUARTO: Que, adem s de lo anterior se evacu , con fecha siete de octubre delá ó a o dos mil veintid s, por don NELSON LASSALLE CALFUNAO,ñ ó correspondiente al apoyo profesional unidad t cnica, el informe t cnico de laé é CONADI, en donde expone con fecha 10 de agosto de 2022, donde se entrevista a familiares y vecinos del lugar donde vivi ó do a CARMELA NAMUNCñ URA CATAL N, obteniendo inÁ formaci n sobre lo ó expuesto por medio de las siguientes personas: a) ROSA ELIANA HUENTEMILLA NAMONCURA, c dula nacional de identidadé n°8.694.950-4, Presidenta de la Comunidad mapuche ZENON NAMUNCURA, personer a jur dica N°239, í í residente en el lugar. Informa que conoce a la solicitante pues es socia de la comunidad y que "por todos es sabido que es hija de HECTOR MANUEL ARIAS NAMONCURA y que este es hijo de CARMELA NAMUNCURA CATALAN, tambi né conocida como CARMELITA NAMONCURA”, quien a su vez es t a abuelaí de esta informante. Código: VFWXXDTFTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl b) JOSE SEBASTIAN LAGOS ARIAS, cc dula nacional de identidad N°é 9.3

Fallo

Se resuelve: é Que SE ACOGE la solicitud de rectificaci n de inscripci n conservatoriaó ó interpuesta por do a NELLY DEL CARMEN ARIAS MORALES, a folio 1 yñ en consecuencia, se ordena la rectificaci n del T tulo de Merced de ZENONó í NAMUNCURA, N°2575, comuna de LONCOCHE, inscrito de fojas 1682 n mero 962 del a o 2020 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienesú ñ Ra ces de Loncoche, por lo cual el nombre de la propietaria de la inscripci ní ó donde se ala, do a CARMELITA NAMONCURA, debe quedar en formañ ñ definitiva, con el nombre de “CARMELA NAMUNCURA CATAL N”.Á Notif quese al Conservador de Bienes Ra ces de Loncoche, para elí í cumplimiento de lo resuelto. Rol V-33-2021 Código: VFWXXDTFTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Sentencia dictada por ARACELY JIMENA VASQUEZ ACU A,Ñ Juez Suplente del Juzgado de Letras de Loncoche. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Loncoche, quince de Febrero de dos mil veintitr s.é Código: VFWXXDTFTXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-15T14:12:38-0300

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Loncoche CAUSA ROL : V-33-2021 CARATULADO : ARIAS/ Loncoche, quince de Febrero de dos mil veintitr sé VISTO Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, Con, fecha con fecha veintiuno de noviembre del a o dos milñ veintid s, comparece do a ó ñ NELLY DEL CARMEN ARIAS MORALES, labores de casa, casada, con domicilio en para estos efectos en lugar Pencoll

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica