LEHMANN/RENGIFO
Rol
C-10994-2022
Fecha
14 de febrero de 2023
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece don Andrés Rafael Lehmann Pasmanik, médico, en representación de Inmobiliaria Altas Cumbres Ltda., empresa del giro de su denominación, amos domiciliados en Paseo Huérfanos N°555, piso 3, comuna de Santiago, quien deduce demanda de precario en contra de doña Hossy Evelyn Rengifo Mattos, independiente, domiciliada en calle Picarte N°232, comuna de Independencia. Fundando su demanda, señala que su representada es dueña del inmueble ubicado en calle Picarte N°232, comuna de Independencia; añade que con fecha 7 de agosto de 2019, el Sexto Juzgado Civil de Santiago, dictó sentencia de término del contrato de arrendamiento celebrado respecto de la propiedad referida, con doña Patricia Cecilia Sosa Leyva; sin embargo, con fecha 4 de agosto de 2021, compareció en dicha causa la demandada de autos, doña Hossy Evelyn Rengifo Mattos, indicando ser la actual ocupante del inmueble en cuestión, en virtud de un contrato de subarrendamiento celebrado con la arrendataria, doña Patricia Cecilia Sosa Leyva. Agrega que en el mismo fallo, se declaró que éste último vínculo contractual es inoponible al dueño de la propiedad, por contravenir expresamente lo pactado en el contrato de arrendamiento. Sin perjuicio de lo anterior, y atendido el efecto relativo de las sentencia judiciales y en base a lo solicitado en la demanda, no se pudo verificar el lanzamiento de todos los ocupantes del inmueble sub lite. De acuerdo con lo anterior, no existe vínculo alguno entre el demandante y la ocupante de la propiedad, a quien se ha solicitado en reiteradas ocasiones que haga abandono del mismo, lo cual no ha ocurrido, motivo por el cual, viene en ejercer en su contra la acción de precario dispuesta por el artículo 2195 del Código Civil, que Código: EYKGXDXKVMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl persigue poner término a una situación de hecho, correspondiente a la ocupación de una casa ajena, sin título
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Inmobiliaria Altas Cumbres limitada, representada por don Andrés Rafael Lehmann Pasmanik, deduce demanda de precario, en contra de doña Hossy Evelyn Rengifo Mattos, todos previamente individualizados, a fin de que sea condenada a restituir el inmueble ubicado en calle Picarte N°232, comuna de Independencia, dentro de tercero día desde que la sentencia cause o en el plazo que el tribunal fije, libre de todo ocupante, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública, con costas. Código: EYKGXDXKVMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Invoca como fundamento de su demanda, que es dueño del inmueble sub lite y que la demandada lo ocupa por su mera tolerancia. SEGUNDO: Que la acción deducida en autos, corresponde a aquella establecida en el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil, norma que señala que: "Constituye también precario la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño." De lo señalado anteriormente se desprende que para la procedencia de la acción de precario es necesaria la concurrencia copulativa, de los siguientes requisitos: a) Que la demandante sea dueña del inmueble cuya restitución solicita. b) Que la demandada se encuentre ocupando dicho inmueble. c) Que dicha ocupación se efectúe sin un título que la justifique o legitime. TERCERO: Que el dominio de la demandante respecto del inmueble sub lite, se encuentra acreditado con el mérito de la copia con vigencia al 24 de enero de 2022, agregada al folio 1, sin ser objetado por la demandada, de la inscripción practicada a fojas 55886 N°88931 año 2007, en el registro de propiedad año 2008, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, de la cual aparece que Inmobiliaria Altas Cumbres S.A.., es dueña del inmueble ubicado en calle Picarte N°232, comuna de Independencia.- Cabe hacer presente que según consta de la copia de inscripción verificada a fojas 58738 N°27320 en el Registro de Comercio de Santiago, año 2021, también agregado al folio1, la sociedad demandante, fue transformada, pasando de sociedad anónima, a sociedad de responsabilidad limitada, calidad en la cual comparece en autos. ऀCUARTO: Que, por otra parte, consta de los estampados receptoriales agregados al folio 6, 7 y 8, que la demandada ocupa efectivamente el inmueble ubicado en calle Código: EYKGXDXKVMT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Picarte N°232, comuna de Independencia, de propiedad de la demandante, por constituir su domicilio y morada. QUINTO: Que, de acuerdo con lo anterior y conforme lo dispuesto por el artículo 1698 del Código Civil, correspondía a la demandada acreditar la existencia de un título en virtud del cual ocupa el inmueble en cuestión, sin embargo ninguna prueba rindió al efecto atendida la rebeldía en que permaneció. Sin perjuicio de lo anterior, cabe hacer prese
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de precario en contra de la demandada antes individualizada, y en definitiva condenarla a la devolución del inmueble indicado dentro de tercero día desde que la sentencia cause ejecutoria, o en el plazo que el Tribunal fije, bajo apercibimiento de lanzamiento con todos los demás ocupantes del inmueble, con el auxilio de la fuerza pública, con expresa condena en costas. Al folio 11, se llevó a afecto la audiencia decretada, con la asistencia de l parte demandante, quien ratificó la demanda en todas sus partes y en rebeldía de la parte demandada, sin perjuicio de haber sido legalmente emplazada, tal como consta al folio 8, razón por la cual se tuvo por contestada la demanda en rebeldía. Llamadas las partes a conciliación, esta no se produjo Al folio 12, se recibió la causa a prueba. Al folio 23, se citó a las partes para oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Inmobiliaria Altas Cumbres limitada, representada por don Andrés Rafael Lehmann Pasmanik, deduce demanda de precario, en contra de doña Hossy Evelyn Rengifo Mattos, todos previamente individualizados, a fin de que sea condenada a restituir el inmueble ubicado en calle Picarte N°232, comuna de Independencia, dentro de tercero día desde que la sentencia cause o en el plazo que el tribunal fije, libre de todo ocupante, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza pública, con costas. Código: EYKGXDXKVMT Este documento tiene firma electrónica y su origina
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NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 8º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-10994-2022 CARATULADO??: LEHMANN/RENGIFO Santiago, catorce de Febrero de dos mil veintitrés VISTOS: Al folio 1, comparece don Andrés Rafael Lehmann Pasmanik, médico, en representación de Inmobiliaria Altas Cumbres Ltda., empresa del giro de su denominación, amos domiciliados en Paseo Huérfanos N°555, piso
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