1º Juzgado de Letras de Coquimbo

CEMENTO POLPAICO S.A./

Rol

V-91-2020

Fecha

15 de febrero de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; 817 del Código de Procedimiento Civil; 1°, 2°, 42° y 43° de su Reglamento y Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras, se resuelve: I.- Que, se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “Benito 7A”, cuyas coordenadas son: COORDENADAS U.T.M. (m) PUNTO NORTE ESTE V1 6.636.000,00 255.000,00 V2 6.636.000,00 258.000,00 V3 6.635.000,00 258.000,00 V4 6.635.000,00 255.000,00 Con una superficie total de 300 hectáreas, ubicadas en la Provincia del Elqui, comuna de Coquimbo, Cuarta Región, en favor de Cemento Polpaico S.A., representada por don Fernando Javier Morgan Hormazábal, ya individualizados en autos. II.- Que se aprueba plano enviado por portal el 28 de enero y 28 de julio, ambos de 2021, folios 5 y 20. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva, por la Sr. Secretario del Tribunal, en los términos establecidos por el artículo 90 del Código de Minería, y publíquese en el Boletín Oficial de Minería de Elqui. IV.- Inscríbase copia autorizada de esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Coquimbo, y archívese plano respectivo. V.- Remítase por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. VI.- El tercer ejemplar del plano, agréguese a los autos. Anótese, regístrese digitalmente, notifíquese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Rol N°V-91-2020.- Dictada por doña INGRID MARLENE EBNER ROJAS, Jueza Suplente del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo.- 3 Código: SBZXXDZHXCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl EN COQUIMBO, A QUINCE DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRÉS, ANOTÉ POR EL ESTADO DIARIO LA SENTENCIA DEFINITIVA QUE ANTECEDE. 4 Código: SBZXXDZHXCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.

Fundamentos

CONSIDERANDO: NOVENO: Que del estudio de los antecedentes, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 86 del Código de Minería. DÉCIMO: Que de igual modo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación de vicios procesales, adjetivos que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. 2 Código: SBZXXDZHXCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl UNDÉCIMO: Que, en consecuencia, se ha cumplido con los trámites y actuaciones establecidas por la Ley, tanto en tiempo como en forma. Y Visto además lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; 817 del Código de Procedimiento Civil; 1°, 2°, 42° y 43° de su Reglamento y Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras,

Fallo

se resuelve: I.- Que, se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “Benito 7A”, cuyas coordenadas son: COORDENADAS U.T.M. (m) PUNTO NORTE ESTE V1 6.636.000,00 255.000,00 V2 6.636.000,00 258.000,00 V3 6.635.000,00 258.000,00 V4 6.635.000,00 255.000,00 Con una superficie total de 300 hectáreas, ubicadas en la Provincia del Elqui, comuna de Coquimbo, Cuarta Región, en favor de Cemento Polpaico S.A., representada por don Fernando Javier Morgan Hormazábal, ya individualizados en autos. II.- Que se aprueba plano enviado por portal el 28 de enero y 28 de julio, ambos de 2021, folios 5 y 20. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva, por la Sr. Secretario del Tribunal, en los términos establecidos por el artículo 90 del Código de Minería, y publíquese en el Boletín Oficial de Minería de Elqui. IV.- Inscríbase copia autorizada de esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Coquimbo, y archívese plano respectivo. V.- Remítase por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. VI.- El tercer ejemplar del plano, agréguese a los autos. Anótese, regístrese digitalmente, notifíquese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Rol N°V-91-2020.- Dictada por doña INGRID MARLENE EBNER ROJAS, Jueza Suplente del Primer Juzgado de Letras de Coquimbo.- 3 Código: SBZXXDZHXCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verific

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FOJA: 31 .-Treinta y uno.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Coquimbo CAUSA ROL : V-91-2020 CARATULADO : CEMENTO POLPAICO S.A./ Coquimbo, quince de febrero de dos mil veintitrés. V i s t o; PRIMERO: Que, consta en carpeta digital que, con fecha 06 de noviembre de 2020, siendo las 17:00 horas, don Fernando Javier Morgan Hormazábal, chileno, casado, abogado, en repre

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