JARA/CONSTRUCTORA CONPAX SPA
Rol
O-7134-2022
Fecha
14 de agosto de 2023
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que justificaban mi despido, ni del lugar o la forma en que ocurrieron. Cuando leí la carta de despido, solo leí que había incumplido gravemente el contrato por revelar cierta información y que no tenía derecho a otras prestaciones más que las vacaciones proporcionales. No sabía qué hacer, por lo que firme su recepción y me retire del lugar. Una vez contactado con mi abogado, me di cuenta que la carta de despido solo mencionaba de manera genérica que había entregado información confidencial sobre un proyecto específico a terceros, pero que no describía cuales eran los hechos imputados, ni si existía alguna investigación al respecto. Tampoco mencionaba el día, ni la forma o medio de dicha comunicación, ni a quien se había revelado la información, por lo cual no tenía antecedentes necesarios para poder desmentir dicha causal de despido, ni buscar las herramientas o pruebas que digan algo referente a dicha acusación. Previas citas legales, doctrinarias y jurisprudenciales, finaliza solicitando el pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización por años de servicio ascendiente a la suma de $10.448.000; b) Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $2.612.000; c) Recargo legal del 80% por sobre la indemnización por años de servicio, por aplicación de la causal número 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, por una suma de $8.358.400; d) Remuneración correspondiente a los días trabajados en septiembre (01 y 02 de septiembre) correspondiente a: $ 174.133; e) Que las demandadas sean condenadas a pagar los reajustes e intereses de las cifras anteriores, de acuerdo con lo ordenado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; f) Las costas de la presente causa. SEGUNDO: Que la demandada estando dentro de plazo y evacuando el traslado que le fuera conferido, solicita el rechazo de la demanda de autos, con expresa condenación en costas. Fundamentando lo expuesto niega terminantemente lo siguiente: Esta parte niega y controvierte expresa
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso LUIS FERNANDO JARA LARENAS, ingeniero constructor, cédula de identidad número 12.254.652-7, domiciliado en pasaje El Atardecer 120 4, Lampa. Santiago, quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de CONPAX S.A., persona jurídica RUT N° 79.637.370-9, Representada legalmente por don DAVID LEÓN STITCHKIN LOPEZ, desconozco profesión u oficio, o por quien corresponda de conformidad a lo establecido en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en calle SANTA CLARA 300, HUECHURABA, SANTIAGO, Región Metropolitana, a fin de que se declare el despido injustificado o indebido y se condene a la demandada al pago de las prestaciones que detalla en su libelo, todo con reajuste, intereses y costas. Fundando lo anterior señala que con fecha 23 de abril de 2018, comenzó a prestar servicios para la demandada CONPAX S.A. en calidad de Analista de EEPP. En la oficina de la empresa o en otros lugares en que se tengan que realizar los trabajos. La jornada laboral se regulaba en conformidad a lo establecido en el inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo. Su remuneración al mes de abril de 2022 ascendía al monto de $2.612.000 según consta en documento de anexo al contrato de trabajo de mayo de 2022. En cuanto a la duración del contrato de trabajo, se hace presente que es de duración indefinida. En cuanto al despido informa que el día 02 de septiembre, a las 07:15 horas, llegó al lugar de trabajo como lo hacía habitualmente. Luego, siendo aproximadamente las 09:00 horas, lo llama a su oficina don Marcos Ruz, quien le menciona "te equivocaste", y me indica que divulgué información confidencial de la empresa a la competencia, momento en el cual quede desconcertado sin saber de qué me estaba hablando. Luego, de brindarme un discurso sobre la familia y amistad de la empresa, me menciona que debía ir a retirar mi carta de despido con don Sergio Sanhueza. No se me dio información alguna sobre los hechos que justificaban mi despido, ni del lugar o la forma en que ocurrieron. Cuando leí la carta de despido, solo leí que había incumplido gravemente el contrato por revelar cierta información y que no tenía derecho a otras prestaciones más que las vacaciones proporcionales. No sabía qué hacer, por lo que firme su recepción y me retire del lugar. Una vez contactado con mi abogado, me di cuenta que la carta de despido solo mencionaba de manera genérica que había entregado información confidencial sobre un proyecto específico a terceros, pero que no describía cuales eran los hechos imputados, ni si existía alguna investigación al respecto. Tampoco mencionaba el día, ni la forma o medio de dicha comunicación, ni a quien se había revelado la información, por lo cual no tenía antecedentes necesarios para poder desmentir dicha causal de despido, ni buscar las herramientas o pruebas que digan algo referente a dicha acusación. Previas citas legales, doctrinarias y
Fallo
Por tanto, el Trabajador: h) Se obliga a guardar absoluta reserva respecto a revelar, informar o divulgar a otros, durante la duración de su empleo y aun habiéndose extinguido éste, información confidencial o secreta o cualquier otro antecedente referido a productos, negocios, métodos, sistemas o estrategias de producción, procesos de administración y gestión de la empleadora, sus proveedores y sus clientes". Como podrá apreciarse, la infracción a la obligación de reserva y confidencialidad resulta indiscutible y categórica y de una relevancia tal que la divulgación efectuada por usted a terceros, ha puesto en peligro el éxito del esfuerzo de la Empresa en el estudio y participación en esta licitación, proceso que es de larga data en donde confluyen los trabajos de varios profesionales y que implica además, el uso de numerosos recursos humanos y técnicos, junto con el costo asociado a ellos. Asimismo, usted incumplió las obligaciones establecidas en el Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad, que forman parte íntegra de su Contrato de Trabajo, en particular las normas que lo obligan a la prohibición de “Revelar antecedentes que hubiere conocido por efecto de su relación con la Empresa y que sean estratégicas o afecten la confidencialidad de la Empresa o de sus clientes”. Junto con lo anterior, usted incumplió además las obligaciones establecidas en nuestro Código de Conducta y Buenas Prácticas referentes a la confidencialidad y el “no transmitir a otros tecnologías
Texto Completo (Preview)
Santiago, catorce de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece al proceso LUIS FERNANDO JARA LARENAS, ingeniero constructor, cédula de identidad número 12.254.652-7, domiciliado en pasaje El Atardecer 120 4, Lampa. Santiago, quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de CONPAX S.A., pers
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