Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

QUEUPUMIL/LOGÍSTICA LA FRONTERA LIMITADA

Rol

M-508-2023

Fecha

12 de agosto de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: que en la presente causa Rit M-508-2023 comparece don CRISTIAN JACOB QUEUPUMIL NEICUN, soltero, desempleado, cédula de identidad número 19.477.603-9, domiciliado en Avenida El Sol 0655, Labranza, comuna de Temuco deduce demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones en procedimiento monitorio en contra de LOGISTICA LA FRONTERA LIMITADA, rol único tributario número 76.686.140-7, representado legalmente con por doña Marcela Díaz Romero, cédula de identidad número 7.361.515-1, desconozco profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida José Joaquín Prieto N°10012, Santiago, en consideración a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone. SEGUNDO Expone que, el día 11 de septiembre de 2020 comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia para la demandada LOGISTICA LA FRONTERA LIMITADA, en base a contrato de trabajo de carácter indefinido, desempeñándome con el cargo de peoneta, en bodega ubicada en kilómetro 078, ruta 5 sur, Padre Las Casas, desempeñando funciones tales como descarga de camiones rampla, traspaso de mercaría entre camiones y reparto a diversos supermercados o destinos en la región de la Araucanía. Para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, su última remuneración mensual corresponde a $768.120, que corresponde al promedio de las tres últimas remuneraciones íntegras que recibí. Con fecha 10 de mayo de 2023 su ex empleadora, mediante carta de aviso, terminó su contrato de trabajo invocando la causal del artículo 160 N°3 del Código del Trabajo, esto es, “no concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada”. En aquella carta, la demandada acusa su ausencia al trabajo durante los días 06, 08 y 09 de mayo de 2023, fechas en las que se encontraba con licencia médica. La carta, obtenida a través del comprobante enviado a la Dirección del Trabajo, indica los siguientes fundamentos: “causal aplicada art. 160 N°3 Motivos por los que se fundamenta el despido ausencia sin causa justificada ni aviso previo a su superior directo los días sábado 06, lunes 08 y martes 09 de mayo de 2023 lo que entorpece el normal funcionamiento en la distribución de las funciones de los trabajadores en bodega la que se ve afectada en la optimización de los tiempos y dar cumplir a los compromisos adquiridos” SOBRE EL DESPIDO INJUSTIFICADO: El despido precedentemente relatado es injustificado e improcedente en atención a que, como se probará, contaba con licencia médica emitida con fecha 09 de mayo de 2023, en la que se indica que el inicio del reposo es a partir del 08 de mayo de 2023 hasta el 22 de mayo de 2023, por lo que la misma tuvo un efecto retroactivo. Su ex empleadora siempre estuvo a sabiendas de su difícil condición de salud, ya que sufrió estrés laboral, producto de lo cual ya poseía una primera licencia médica de 14 días la cual venció el 05 de mayo (viernes). Así, por su condición de salud, no concurrió a trabajar el día 6 de ma

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA la demanda interpuesta por don CRISTIAN JACOB QUEUPUMIL NEICUN, cédula de identidad número 19.477.603-9, en contra de LOGISTICA LA FRONTERA LIMITADA, rol único tributario número 76.686.140-7, representado legalmente con por doña Marcela Díaz Romero, cédula de identidad número 7.361.515-1, todos ya individualizados declarando que el despido por la causal del artículo 160 nª3 del Código del Trabajo resulta conforme a derecho. II.- Cada parte soportará sus costas. RIT M-508-2023 RUC 23- 4-0497419-K Pronunciada por doña MARTA PAOLA ALVAREZ BASAEZ, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. En Temuco a doce de agosto de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Temuco, doce de agosto de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: que en la presente causa Rit M-508-2023 comparece don CRISTIAN JACOB QUEUPUMIL NEICUN, soltero, desempleado, cédula de identidad número 19.477.603-9, domiciliado en Avenida El Sol 0655, Labranza, comuna de Temuco deduce demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones en procedimiento mon

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