Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

DELGADO/ROBERTO ZÁRATE SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L

Rol

M-454-2023

Fecha

11 de agosto de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don CARLOS ALFREDO DELGADO FLORES, RUN 17.513.266-K, guardia de seguridad, domiciliado en Pasaje Barroso 056, Padre Las Casas, demanda en procedimiento monitorio a la empresa ROBERTO ZÁRATE SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L. RUT 76.955.325-8, representado por el Liquidador Titular don JOSÉ ANTONIO ZEPEDA GÁLVEZ, domiciliado en Serrano 63 oficina 57, Santiago, Región Metropolitana y en contra de la MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS RUT 61.955.000-5, corporación de derecho público, representada legalmente por su alcalde don Mario González Rebolledo, ambos domiciliados en Avenida Maquehue 1441, Padre Las Casas y expone: Que con fecha 4 de mayo de 2021 comenzó a prestar servicios para la demandada principal, en labores de guardia de seguridad en dependencia de la Municipalidad de Padre Las Casas, por lo que sus servicios fueron prestados en régimen de subcontratación. La remuneración ascendía a la suma de $604.084 para estos efectos. Contrato indefinido. Jornada de 4x4 en turnos de 12 horas. El 30 de marzo se les entregó a todos los trabajadores una carta de despido por la causal de necesidades de la empresa, con fecha de término para el día 30 de abril de 2023 El día 06 de abril de 2023, llega un mensaje al whatsapp del grupo de trabajo, se les comunicaba de la insolvencia de la empresa y que era imposible la continuidad laboral. En consecuencia, fue despedido en forma verbal el 6 de abril de 2023, sin las formalidades legales. Que el Tercer Juzgado Civil de Temuco el día 20 de abril de 2023, en la causa C-1437-2023, resolvió la liquidación Voluntaria de la empresa, por lo que actualmente se encuentra en proceso liquidación y representada legalmente por el liquidador don José Antonio Zepeda Gálvez. PETICIONES CONCRETAS: En definitiva, que se acoja la demanda declarando: 1.- Que el despido que se produjo el día 06 de abril de 2023 fue injustificado. 2.- Que se paguen las cotizaciones de FONASA y AFC CHILE de los meses de febrero, marzo y 6 días de abril de 2023. 3.- Indemnización sustitutiva por la suma de $604.084. 4.- Indemnización por 2 años de servicios por la suma de $1.208.168. 5.- Recargo legal del 50% por la suma de $604.084. 6.- Saldo de feriado legal y feriado proporcional por la suma de $781.281. 7.- Remuneración pendiente de abril de 2023 por $120.816 brutos.                Con costas.                SEGUNDO: Que, la empresa Roberto Zárate Seguridad Privada E.I.R.L. RUT 76.955.325-8, representada por el Liquidador Titular don JOSÉ ANTONIO ZEPEDA GÁLVEZ fue notificado legalmente de la demanda con fecha 10 de julio de 2023, y no compareció ni contestó la demanda.                Que, la MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS contestando la demandada expuso en forma resumida: que desconoce la existencia de relación laboral del actor respecto de la empresa Roberto Zárate Seguridad Privada. Reconoce el régimen de subcontratación y que su responsabilidad es subsidiaria, por cuanto exige el cumplimiento de las obligacion

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones deducida por CARLOS ALFREDO DELGADO FLORES en contra de ROBERTO ZARATE SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L. representada por el Liquidador Titular JOSÉ ANTONIO ZEPEDA GÁLVEZ, se declara que el demandante fue despedido verbalmente con fecha 6 de abril de 2022, que tal despido se califica como injustificado y, en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- $ 604.084 de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- $ 1.208.168 de indemnización por 2 años de servicios. 3.- $ 604.084 de incremento del 50% de la indemnización por años de servicios. 4.- $ 120.816 por concepto de remuneración de 6 días de abril de 2023. 5.- $ 781.281 por concepto de saldo de feriado anual 2021-2022 y feriado proporcional del periodo 04.05.2022 al 30.04.2023. 6.- $ 302.340 por concepto de remuneraciones por nulidad del despido, del periodo 6 de abril hasta el 20 de abril de 2023. 7.- Cotizaciones de seguridad social de los meses de febrero, marzo y abril de 2023 inclusive, en base a una remuneración de $ 604.084. OFÍCIESE a los organismos previsionales correspondientes, a fin de que verifiquen los créditos respectivos en la causa de liquidación voluntaria Rol C-1437-2023 del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Que las sumas anteriores -salvo la 7- devengarán los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. II.- Que los servicio

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SENTENCIA   Temuco, once de agosto de dos mil veintitrés.                VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don CARLOS ALFREDO DELGADO FLORES, RUN 17.513.266-K, guardia de seguridad, domiciliado en Pasaje Barroso 056, Padre Las Casas, demanda en procedimiento monitorio a la empresa ROBERTO ZÁRATE SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L. RUT 76.955.325-8, representado por el Liquidador Titular don JOSÉ ANTONIO

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