BANCO DE CHILE/LOYOLA
Rol
C-3270-2022
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece don Gaspar Cortes Moya, Diego Mej as Garridoí y Daniela Rodr guez Jeria, abogados, mandatarios judiciales de Socofiní S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por suí gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nimaó bancaria, del giro de su denominaci n, representada a su vez por su gerenteó general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle ARTURO PRAT 847 Of. 507-508- 509-510, COMUNA DE TEMUCO, para efectos de notificaci n losó correos electr nicos son los siguientes: ó gcortes@socofin.cl; dmejias@socofin.cl; drodriguez@socofin.cl; AbogadoZona1@socofin.cl e indica que su representado, es due o y leg timo tenedor del pagar que señ í é acompa a en un otros de esta presentaci n, suscrito por don( a)ñ í ó ñ ENRIQUE EDUARDO ESCALAS PAINEO y por don( a) FERNANDAñ NICOLE HERRERA RAMIREZ, ambos en representaci n del Banco deó Chile y estos a su vez en representaci n de don( a) ó ñ FRANCISCO JAVIER LOYOLA SARAVIA, en su calidad de deudor(a) principal, ignoran profesi n u oficio, con domicilio en RIO QUEPE 520, comuna deó VILCUN, seg n consta en el documento debidamente firmado por elú demandado(a) denominado Solicitud y Contrato de Cr dito de consumo en“ é cuotas , que acompa amos en un otros de esta demanda. Dicho pagar fue” ñ í é suscrito por un capital original de $10.376.159.-, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de inter s mensual, que se se ala en el mismo documento.é ñ Código: XQXCXDDFTXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:gcortes@socofin.cl mailto:AbogadoZona1@socofin.cl Se estipul que el capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 48ó ó í cuotas de acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 47 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $281.977.-, cada una de ellas, venciendo l
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: XQXCXDDFTXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- EN CUANTO AL INCIDENTE DE OBJECI NÓ DOCUMENTAL INTERPUESTO POR EL EJECUTADO AL SEGUNDO OTROS DEL ESCRITO DE FOLIO 9.Í PRIMERO: Que el ejecutado objeta el siguiente documento acompa adoñ por el ejecutante, consistente en el pagar fundante de la presente ejecuci n,é ó en virtud de lo establecido en el art culo 346 Nro. 3 del C digo deí ó Procedimiento Civil, pues no consta su autenticidad ni integridad. SEGUNDO: Que el demandado incidental no contest el trasladoó conferido, por lo que procesalmente debe entenderse que controvierte los hechos en que se funda. TERCERO: Que si bien el incidentista aduce causal legal de objeci nó documental, nada se ala respecto de los hechos en que la funda, de manerañ tal que necesariamente debe rechazarse. II.- EN CUANTO AL FONDO. CUARTO: Que a folio 1 comparece don Gaspar Cortes Moya, Diego Mej as Garrido y Daniela Rodr guez Jeria, abogados, mandatarios judicialesí í de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representadaí por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, representante convencional del BANCO DE CHILE, representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego e indica que su representado, es due o y leg timo tenedor del pagar que se acompa a enñ í é ñ un otros de esta presentaci n, suscrito por don( a) ENRIQUE EDUARDOí ó ñ ESCALAS PAINEO y por don( a) FERNANDA NICOLE HERRERAñ RAMIREZ, ambos en representaci n del Banco de Chile y estos a su vezó en representaci n de don( a) ó ñ FRANCISCO JAVIER LOYOLA SARAVIA, en su calidad de deudor(a) principal, seg n consta en elú documento debidamente firmado por el demandado(a) denominado Solicitud y Contrato de Cr dito de consumo en cuotas , que acompa amos“ é ” ñ en un otros de esta demanda. Dicho pagar fue suscrito por un capitalí é original de $10.376.159.-, cantidad al que se le debe aplicar una tasa de Código: XQXCXDDFTXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inter s mensual, que se se ala en el mismo documento. Se estipul que elé ñ ó capital y los intereses de esta obligaci n se pagar an en 48 cuotas deó í acuerdo al siguiente programa de amortizaciones: 47 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $281.977.-, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 7 de junio de 2021 y a partir de esta, las cuotas siguientes vencer ná sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una ltima cuotaú por el monto y con el vencimiento que se indica en el mismo t tulo queí sirve de fundamento a esta demanda. Se hace presente que como se estipuló en el mismo pagar , el monto de cada una de las cuotas indicadas incluyeé pago de capital e intereses. En el mismo pagar se estipul que se aceptaé ó que el acreedor en forma exclusiva y privativa, pod a destinar en cadaí oportunidad el importe total de las cuotas a la a
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y se recibi laó causa a prueba. A folio 13 consta notificaci n por c dula de la sentencia al ejecutado.ó é A folio 19 consta notificaci n expresa de la sentencia interlocutoria deó prueba al ejecutante. A folio 21 se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: Código: XQXCXDDFTXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- EN CUANTO AL INCIDENTE DE OBJECI NÓ DOCUMENTAL INTERPUESTO POR EL EJECUTADO AL SEGUNDO OTROS DEL ESCRITO DE FOLIO 9.Í PRIMERO: Que el ejecutado objeta el siguiente documento acompa adoñ por el ejecutante, consistente en el pagar fundante de la presente ejecuci n,é ó en virtud de lo establecido en el art culo 346 Nro. 3 del C digo deí ó Procedimiento Civil, pues no consta su autenticidad ni integridad. SEGUNDO: Que el demandado incidental no contest el trasladoó conferido, por lo que procesalmente debe entenderse que controvierte los hechos en que se funda. TERCERO: Que si bien el incidentista aduce causal legal de objeci nó documental, nada se ala respecto de los hechos en que la funda, de manerañ tal que necesariamente debe rechazarse. II.- EN CUANTO AL FONDO. CUARTO: Que a folio 1 comparece don Gaspar Cortes Moya, Diego Mej as Garrido y Daniela Rodr guez Jeria, abogados, mandatarios judicialesí í de Socofin S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representadaí por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, representante conv
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3270-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/LOYOLA Temuco, trece de febrero de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1 comparece don Gaspar Cortes Moya, Diego Mej as Garridoí y Daniela Rodr guez Jeria, abogados, mandatarios judiciales de Socofiní S.A., persona jur dica del giro cobranza a terceros, representada por suí gere
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