FELIÚ/I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE
Rol
C-4279-2022
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece MIRTHA SUSANA FELIÚ GONZÁLEZ, labores de casa, domiciliada en Ejército de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO, alcalde, ambos domiciliados en calle Serrano N°134 Edificio Consistorial de la ésta ciudad. Expone que es dueña del inmueble ubicado en Ejército de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, respecto del cual fue notificada por encargo de la Ilustre Municipalidad de Iquique, sobre cuotas devengadas y no pagadas asociadas al servicio de retiro de aseo domiciliario, que comprende la tercera cuota del año 2010 y desde el año 2012 hasta 2017, por la suma de $1.074.674.- Agrega que no obstante lo anterior, la demandada le exige el cumplimiento de las obligaciones cuyas acciones se encuentran prescritas y que comprenden la tercera cuota del año 2010 y desde los años 2012 hasta 2017. Por lo tanto, al mérito de lo expuesto, solicita se declare prescrita la acción del acreedor para exigir el cumplimiento de las obligaciones relativas al pago de servicios de aseo domiciliario, asociado al inmueble emplazado en Ejercito de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, correspondiente a la tercera cuota del año 2010 y desde los años 2012 hasta 2017, por un monto que asciende a la suma de $1.074.674.- A folio 9, comparece Hernán Elías Morales Rivera, abogado, en representación de la parte demandada, señalando que los cobros Código: QPDXDXXNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl devengados por permisos de circulación, patentes y otros derechos, obedecen a lo consagrado en la Ley de Rentas Municipales, siendo los que generan el mayor ingreso al erario municipal. Hace presente que de conformidad a lo establecido en el artículo 6 del Decreto Ley Nº 3.063 de
Fundamentos
motivos expuestos y previa citas legales, solicita se tenga por contestada la demanda, solicitando su rechazo en todas sus partes, con costas. A folio 15, se llevó a cabo el comparendo de estilo, sólo con la asistencia de la parte demandante, llamadas las partes a conciliación, esta no se produce por la inasistencia de la parte demandada, citándose a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Mirtha Susana Feliú González, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Iquique, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por don Mauricio Soria Macchiavello, alcalde, solicitando se declare prescrita la acción del acreedor para exigir el cumplimiento de las obligaciones relativas al pago de servicio de aseo domiciliario, asociado al inmueble emplazado en Ejercito de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, correspondientes a la tercera cuota del año 2010 y desde los años 2012 hasta 2017, por un monto que asciende a la suma de $1.074.674.- Código: QPDXDXXNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que a folio 9, se tuvo por contestada la demanda por parte de la demandada, solicitando el total rechazo de ésta por los motivos señalados en la parte expositiva. TERCERO: Que, para demostrar los hechos que fundamentan su pretensión, la parte demandante acompañó la siguiente prueba instrumental: 1. Certificado de deuda de aseo domiciliario emitido por la Dirección de Cobranza de la Ilustre Municipalidad de Iquique, con fecha 17 de noviembre de 2022, relativo al inmueble de autos. 2. Certificado de dominio vigente de la propiedad emplazada en Ejército de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, extendido por el Conservador de Bienes Raíces de Iquique, de fecha 01 de agosto de 2022, a nombre de la actora. 3. Certificado de privilegio de pobreza, extendido por la Corporación de Asistencia Judicial, Consultorio Jurídico Civil de Iquique. Documentos acompañados con citación, no objetados. CUARTO: Que la parte demandada no rindió probanza alguna. QUINTO: Que previo a la resolución del asunto, se dejará establecido que las prescripciones de corto tiempo que contempla el artículo 2521 del Código Civil, se aplican a las acciones derivadas de toda clase de impuestos, tanto a favor como en contra de las municipalidades, y el cual indica que las deudas originadas por impuestos municipales, prescriben en tres años, pero en el caso de los derechos municipales -como sería el caso de los derechos de aseo- rigen las normas generales de prescripción contempladas en el artículo 2515 del mismo cuerpo legal, el que establece que las acciones prescriben ordinariamente en un plazo de 5 años. SEXTO: Que el artículo 6 del DL N°3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, define que el servicio domiciliario por extracción de basuras
Fallo
SE DECLARA: I. Que, SE ACOGE la demanda interpuesta a folio 1, de prescripción de acciones en juicio ordinario de menor cuantía por MIRTHA SUSANA FELIÚ GONZÁLEZ en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE IQUIQUE, representada legalmente por don MAURICIO SORIA MACCHIAVELLO, declarándose prescrita la acción de cobro de la deuda municipal por el servicio domiciliario de aseo correspondiente al año 2010 desde la tercera cuota y el período comprendido entre los años 2012 y 2017, cuyo último vencimiento fue el 30 de noviembre de 2017, respecto del inmueble ubicado en Ejército de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, de propiedad de la actora. II. Que no se condena en costas a la demandada por haber tenido motivos plausibles para oponerse. Regístrese y notifíquese personalmente o por cédula. Rol Nº 4279-2022. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, trece de Febrero de dos mil veintitrés Código: QPDXDXXNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-13T13:32:39-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-4279-2022 CARATULADO : FELI /I. MUNICIPALIDAD DE IQUIQUEÚ Iquique, trece de Febrero de dos mil veintitrés VISTO: A folio 1, comparece MIRTHA SUSANA FELIÚ GONZÁLEZ, labores de casa, domiciliada en Ejército de Chile N°2543 de la ciudad de Iquique, quien interpone demanda de prescripción de acciones
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