Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

CATRIFIL/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PADRE LAS CASAS

Rol

M-435-2023

Fecha

11 de agosto de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE · DOCUMENTAL X · EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · DICTACIÓN DE SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS  X     * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886    X   * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   CONSTANCIA: El Tribunal deja constancia que la demandada principal ROBERTO ZÁRATE SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L, RUN 76.955.325-8, fue notificada a través de su liquidador titular don JOSÉ ANTONIO ZEPEDA GÁLVEZ y no comparece a esta audiencia ni tampoco lo hizo a la anterior. Conferido el traslado para contestar la demanda, el que se tiene por evacuado en rebeldía ya que no ha comparecido. LLAMADO A CONCILIACIÓN: Se da por fracasado el llamado a conciliación atendida la inasistencia de la parte demandada principal HECHOS A PROBAR: 1.- La existencia de relación laboral, fecha de inicio, funciones, remuneración y demás estipulaciones. 2.- Fecha de término de relación laboral y causal. 3.- Efectividad que la demandada pagó las prestaciones demandadas en esta causa PRUEBA DE LA DEMANDANTE: DOCUMENTAL: 1.- Acta de Comparendo ante la Inspección del Trabajo. 2.- Contrato de trabajo de 05-05-2021 y anexos. 3.- Liquidaciones de remuneraciones (2). 4.- Certificado de cotizaciones de seguridad social (AFP Modelo y Fonasa). 5.- Comunicación de la ex empleadora fechada 06 de abril de 2023. Se deja constancia que la prueba documental fue digitalizada por la parte e ingresada a la carpeta digital, y el contenido es de su responsabilidad. EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS: Bajo apercibimiento legal del artículo 453 n° 5 del Código del Trabajo. 1.- Carta de aviso y comprobante… 2.- Finiquito 3.- Certificado de pago de cotizaciones de seguridad social de los meses de … El Tribunal no dio lugar a la prueba confesion

Fundamentos

fundamentos que constan en registro de audio. NOTIFICACIÓN: Las partes presentes en esta audiencia quedan notificadas de todo lo obrado en ella. Sin perjuicio de lo señalado, remítase la presente Acta de Audiencia a los correos electrónicos señalados. SENTENCIA: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta N° 71-2016 de la Excma. Corte Suprema, que “Regula el Funcionamiento de Tribunales que Tramitan Electrónicamente”, la sentencia fue dictada en audiencia y su contenido consta íntegramente en registro de audio respectivo. Sin perjuicio de lo anterior, y a fin de mantener una correcta comprensión de la causa y del resultado de esta audiencia, se transcribe a continuación únicamente su parte resolutiva: Y visto además lo dispuesto en los artículos 500 y 501 del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve:             I.- Que SE ACOGE con costas la demanda deducida en esta causa por parte de don ALBINO VALENTÍN CATRIFIL ÁLVAREZ, RUN 17.999.247-7, en contra de ROBERTO ZÁRATE SEGURIDAD PRIVADA E.I.R.L, RUT 76.955.325-8, declarándose que la relación laboral habida entre las partes entre el 05 de mayo de 2021 y el 06 de abril del año 2023 terminó por un despido sin invocación de causa legal, condenándose a eta demandada al pago de las siguientes prestaciones: a.- $604.084, por indemnización sustitutiva del aviso previo. b.- $1.208.178, por dos años de servicio. c.- $604.084, por incremento del 50% de la indemnización anterior. d.- $417.835, por feriado proporcional. e.- El pago de las cotizaciones adeudadas por los meses de febrero, marzo y los días trabajados en abril del año 2023. Todas estas sumas con los reajustes e intereses del artículo 173 del Código del Trabajo. Además, respecto de estas sumas habrá que descontarse el monto pagado por la Municipalidad de Padre Las Casas, que en su oportunidad fue emplazada como empresa principal y la que llegó a acuerdo con la parte demandante, por medio del cual se le pagó la suma de $1.417.085, según consta de avenimiento presentado el día 03 de agosto del año 2023. II.- Se regulan prudencialmente las costas a las que fue condenada la parte demandada en la suma de $150.000.- Se ordena el registro, la notificación de la sentencia en este momento. Ofíciese a las instituciones de previsión social conforme al artículo 461

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 11/08/2023 RUC 23- 4-0493282-9 RIT M-435-2023 MAGISTRADO ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisco Javier Chávez Godoy, Sala N°2 VIRTUAL HORA DE INICIO 09:37 horas HORA DE TÉRMINO 09:56 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340493282-9-1344 PARTE DEMANDANTE ALBINO VALENTÍN CATRIFIL ÁL

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