22º Juzgado Civil de Santiago

ALTAMIRANO/

Rol

V-37-2022

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece FERNANDA CATALINA ALTAMIRANO VARGAS, estudiante de animaci n digital, con domicilio en Chena N 543,ó ° casa C, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien viene enó solicitar la rectificaci n de su partida de nacimiento en el sentido de quedaró en definitiva como Fernanda Catalina Caban Vargas .“ é ” Funda su petici n, indicando que desde temprana edad se identificaó frente a su familia, amigos y entorno acad mico y profesional comoé Fernanda Catalina Caban Vargas , debido a que Caban es el apellido“ é ” “ é” de don Luis Caban Toledo, a quien reconoce como su figura paternaé desde los cuatro a os.ñ Seguidamente, cita normas jur dicas que apoyan su petici n, en elí ó sentido de haber sido conocida durante m s de cinco a os con nombres oá ñ apellidos, o ambos, diferentes de los propios. Por lo anterior, y dem s consideraciones legales, es que viene ená manifestar que es su deseo que se rectifique su partida de nacimiento a fin de reflejar y hacer concordar su documentaci n con la realidad, motivo poró el cual pide en definitiva el cambio de su nombre como Fernanda Catalina“ Caban Vargas . é ” A folio 1, consta certificado de nacimiento de la solicitante. A folio 6, consta informe remitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n, en el cual consta extracto de filiaci n y antecedentes.ó ó A folio 8, consta informaci n sumaria de testigos.ó Código: RSDCXDLYMQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 A folio 9, se acompa a publicaci n legal efectuada en el Diarioñ ó Oficial con fecha 01 de abril de 2022, cuyo certificado de no oposici n rolaó agregado a folio 14. A folio 22 y 24, consta respuesta de oficio del Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó A folio 33, consta respuesta de oficio de Fiscal a Nacional. í A folio 37 y 41, consta respuesta de oficio por Carabineros de Chile. A folio 45, consta respuesta de oficio desde Polic a de Investigacione

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, FERNANDA CATALINA ALTAMIRANO VARGAS solicita se rectifique su partida de nacimiento, requiriendo el cambio de su nombre, quedando en definitiva como FERNANDA“ CATALINA CABAN VARGASÉ ”, por los fundamentos expuestos con precedencia. SEGUNDO: Que, conforme lo estatuye la Ley N 17.344, en su° art culo 1 reconoce el derecho que toda persona tiene a usar los nombres yí ° apellidos con que haya sido individualizada en su respectiva inscripci n deó nacimiento. Luego, en el inciso tercero, establece el derecho para solicitar dicha rectificaci n cuando ha sido conocida por m s de cinco a os con uno o m só á ñ á nombres de los que figuran en su partida de nacimiento. TERCERO: Que, constando el hecho de haberse efectuado la publicaci n legal en el Diario Oficial, as como la certificaci n deló í ó Secretario del Tribunal de no haberse deducido oposici n a la solicitud deó autos, dentro del plazo legal el que se encuentra vencido, conjuntamente con el m rito de la informaci n sumaria rendida a folio 8; el informe delé ó Servicio de Registro Civil e Identificaci n respecto de la solicitud de autosó allegado a folio 6; certificado de nacimiento acompa ado a folio extractoñ de filiaci n y certificado de antecedentes de la solicitante, allegado a folio 6ó y 25 del expediente electr nico, y los oficios emitidos por Carabineros deó Chile, Ministerio P blico y PDI, nos determinan a aceptar la solicitudú incoada, toda vez que se ha hecho uso de un nombre social diverso por el Código: RSDCXDLYMQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 per odo legal exigido, por lo que ser menester decretar el cambioí á solicitado, para que se conduzca socialmente con el nombre que la identifica. Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1 letra b) e inciso 3 , yá í ° ° art culos 3 y 4 inciso 3 de la Ley N 17.344, sobre autorizaci n deí ° ° ° ° ó cambio de nombre; art culos 17 y 18 de la Ley N 4.808 sobre Registroí ° Civil; 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: ó I.- Que se hace lugar a la solicitud de lo principal de folio 1, y se accede a la autorizaci n de cambio de nombre deó FERNANDA CATALINA ALTAMIRANO VARGAS, C.N.I. 20.573.602-6, quedando en definitiva como Fernanda Catalina Caban Vargasé , manteni ndose ené todo caso inalterada su filiaci n.ó II.- Que se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificaci n,ó rectificar la inscripci n de nacimiento N 4.459, registro letra S, del Registroó ° de Nacimientos del a o 2000, circunscripci n de Providencia,ñ ó correspondiente a FERNANDA CATALINA ALTAMIRANO VARGAS, en el sentido de establecer que el nombre del inscrito es FERNANDA CATALINA CABAN VARGASÉ . Reg strese y notif quese.í í Pronunciada por do a ñ MAR A CECILIA MORALES LACOSTEÍ , Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, trece de Febrero de dos mil veintitr sé Código: RSDCXDLYMQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: RSDCXDLYMQS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-13T09:55:19-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOLIO: 49 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-37-2022 CARATULADO : ALTAMIRANO/ Santiago, trece de Febrero de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, comparece FERNANDA CATALINA ALTAMIRANO VARGAS, estudiante de animaci n digital, con domicilio en Chena N 543,ó ° casa C, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana, quien viene enó solicita

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