Juzgado de Letras de La Ligua

ARAYA/

Rol

V-286-2022

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece doña Pabla Valeska Araya Báez, chilena, cédula nacional de identidad número 18.900.754-K, soltera, técnico en enfermería, con domicilio en calle Hermanos Aravena Williams N° 850, Departamento N° 13, ciudad y comuna de La Ligua, debidamente representado, y solicita se autorice el cambio de sus apellidos “ARAYA BAÉZ” reemplazándolo por “BÁEZ FLORES” quedando en definitiva individualizada como “PABLA VALESKA BAÉZ FLORES”; disponiendo que dicha sentencia sea cumplida conforme lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 2.128 de 10 de agosto de 1930 y se proceda a su inscripción de conformidad al artículo 104 del citado cuerpo legal. Funda la petición en las siguientes circunstancias: 1. Que, según certificado de nacimiento, fue registrada con el nombre completo de “Pabla Valeska Araya Báez”; inscripción de la circunscripción La Ligua, N° 576 del año 1994, nacida el 7 septiembre de 1994. 2. Que, desde su infancia y hasta la fecha, se ha relacionado con la “FAMILIA BÁEZ FLORES”, debido a que su progenitor nunca ha estado presente en su vida, solo responsabilizándose de sus cuidados, su madre con sus abuelos maternos, encargándose ellos de todas sus necesidades, considerándola siempre como su hija, sin hacer diferencias en la crianza, desde su nacimiento hace 28 años. 3. Que, dentro del núcleo de su familia “BÁEZ FLORES”, siempre la han considerado como uno de ellos, tanto su abuelo, don Hiterio Báez, como su abuela, doña Nemesia Flores, quienes la quisieron desde el primer minuto como su primera nieta y hasta la fecha, y por ello, en más de una oportunidad le han pedido llevar el apellido de su abuelo, no solo de forma simbólica sino de forma legal. 4. Que, su progenitor ni nadie de su familia, nunca se han acercado e interesado, en su desarrollo integral; y por ello, se ha dado a conocer con creces por más de 5 años con el nombre de “PABLA VALESKA BÁEZ FLORES”, siendo el nombre que ocupa en su lug

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios. OCTAVO: Que, atendido los antecedentes proporcionados por la solicitante y encontrándose evacuadas las diligencias ordenadas por el Código: KCPGXDXJSSS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Tribunal, necesariamente ha de concluirse que se ha acreditado fehacientemente en estos autos los requisitos de procedencia del cambio en el nombre, específicamente el cambio de los apellidos, que requiere la peticionario, por cuanto, se ha justificado que ésta ha sido conocida por espacio de tiempo superior a cinco años, con el nombre de “PABLA VALESKA BAEZ FLORES”, y que con dicho nombre se identifica a sí misma y es identificada en el círculo familiar y social, cumpliéndose el requisito de procedencia de la acción de autos, por lo que se acogerá la solicitud de Folio N° 1. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4 de la Ley N° 17.344; D.F.L. N° 2128, que aprueba Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, artículos 160, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículo 243 y siguientes y 304 y siguientes del Código Civil;

Fallo

FALLO : 10 DE FEBRERO DE 2023 La Ligua, trece de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece doña Pabla Valeska Araya Báez, chilena, cédula nacional de identidad número 18.900.754-K, soltera, técnico en enfermería, con domicilio en calle Hermanos Aravena Williams N° 850, Departamento N° 13, ciudad y comuna de La Ligua, debidamente representado, y solicita se autorice el cambio de sus apellidos “ARAYA BAÉZ” reemplazándolo por “BÁEZ FLORES” quedando en definitiva individualizada como “PABLA VALESKA BAÉZ FLORES”; disponiendo que dicha sentencia sea cumplida conforme lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N° 2.128 de 10 de agosto de 1930 y se proceda a su inscripción de conformidad al artículo 104 del citado cuerpo legal. Funda la petición en las siguientes circunstancias: 1. Que, según certificado de nacimiento, fue registrada con el nombre completo de “Pabla Valeska Araya Báez”; inscripción de la circunscripción La Ligua, N° 576 del año 1994, nacida el 7 septiembre de 1994. 2. Que, desde su infancia y hasta la fecha, se ha relacionado con la “FAMILIA BÁEZ FLORES”, debido a que su progenitor nunca ha estado presente en su vida, solo responsabilizándose de sus cuidados, su madre con sus abuelos maternos, encargándose ellos de todas sus necesidades, considerándola siempre como su hija, sin hacer diferencias en la crianza, desde su nacimiento hace 28 años. 3. Que, dentro del núcleo de su familia “BÁEZ FLORES”, siempre

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COMPETENCIA : CIVIL NEGOCIO : VOLUNTARIO MATERIA : CAMBIO DE NOMBRE SOLICITANTE : ARAYA BÁEZ, PABLA VALESKA APODERADO : BASULTO ASTUDILLO, MARCELO ACLICIO ROL : V-286-2022 FECHA INICIO : 12 DE OCTUBRE DE 2022 FECHA PARA FALLO : 10 DE FEBRERO DE 2023 La Ligua, trece de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece doña Pabla Valeska Araya Báez, c

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