25º Juzgado Civil de Santiago

TELEFÓNICA CHILE S.A./ALMARZA

Rol

C-770-2022

Fecha

13 de febrero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En folio 1 del cuaderno principal, compareci don Claudioó Monasterio Rebolledo, abogado, en representaci n de Telef nica Chile S.A.ó ó sociedad del giro telecomunicaciones, representada legalmente por su gerente general, don Roberto Mu oz Laporte, ingeniero civil industrial,ñ ambos domiciliados para estos efectos, en Avenida Providencia N 111, piso° 7, comuna de Providencia, Regi n Metropolitana; quien, en laó representaci n investida, dedujo en juicio ordinario, una acci n deó ó prescripci n extintiva en contra de don Armando Almarza Morales, c dulaó é nacional de identidad N 2.443.637-3; en virtud de los hechos y°

Fundamentos

fundamentos de derecho que se reproducen a continuaci n:ó Aleg que, la acci n para el cobro de la deuda de Telef nica Chileó ó ó S.A. (Ex Compa a de Tel fonos de Chile S.A.) para con don Armandoñí é Almarza Morales, consistente en el saldo de precio de la compraventa celebrada mediante escritura p blica de fecha 26 de marzo de 1968,ú repertorio N 472, otorgada en la Notar a P blica de Santiago de don Sergio° í ú Rodr guez Garc s, se habr a extinguido por prescripci n extintiva.í é í ó Que, a consecuencia de lo anterior, se al que la hipoteca constituida a favor delñ ó demandado, para garantizar la deuda referida, inscrita a fojas 4.793 n meroú 7.624 del Registro de Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienesá Ra ces de Santiago correspondiente al a o 1968 (en adelante la Hipoteca ),í ñ “ ” se encuentra extinguida a prop sito de la extinci n de la obligaci nó ó ó principal caucionada. Código: BRXTXDKLNCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 En este sentido indic que mediante escritura p blica de fecha 26 deó ú marzo de 1968, repertorio N 472, otorgada en la Notar a P blica de° í ú Santiago de don Sergio Rodr guez Garc s, don Armando Almarza Moralesí é vendi a Telef nica Chile S.A., el inmueble ubicado en Avenida Apoquindoó ó N 7.074, que corresponde a la parcela n mero uno de la hijuela La° ú “ Capilla , en la comuna de Las Condes, a un precio de trescientos ochenta y” cinco mil escudos; que ser an pagaderos de la siguiente forma:í - Uno: 192.500 escudos, de contado, que se pagaron al momento de otorgarse la escritura. - Dos: 96.250 escudos pagaderos a noventa d as, a contar de la fechaí del otorgamiento de la escritura. - Tres: 96.250 escudos, pagaderos a 180 d as, a contar de la fecha delí otorgamiento de la escritura. - El saldo de precio adeudado devengar a un inter s del 18% anual y,í é en caso de mora o simple retardo, dicho inter s ascender a al m ximo queé í á la ley permite estipular. Agrega en esa l nea que como garant a del saldo del precio adeudadoí í y de los intereses correspondientes, Telef nica Chile S.A. constituy laó ó Hipoteca en favor de don Armando Almarza Morales sobre el Inmueble se alado, que se inscribi a fojas 4.793 n mero 7.624 del Registro deñ ó ú Hipotecas y Grav menes del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,á í correspondiente al a o 1968 y que han transcurrido m s de 50 a os desdeñ á ñ que ambas cuotas del saldo de precio de la Escritura de Compraventa e Hipoteca se hicieron exigibles, en consecuencia, estima que se han superado as todos los plazos de prescripci n extintiva.í ó En cuanto al derecho de fondo, se al que de acuerdo a los art culosñ ó í 2492, 2514 y 2515 del C digo de Civil, todos citados en el libelo, seó desprende, en su criterio, que la prescripci n extintiva, en materia deó responsabilidad contractual, opera a los cinco a os desde que se hubiereñ hecho exigible la obligaci n.ó Código: BRXTXDKLNCT Este documento ti

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, adem s, lo dispuesto en losá preceptos legales citados por las partes y los rese ados a lo largo delñ presente fallo; y, adem s, en los art culos 160, 170, 254 y siguientes, 432 yá í 433, todos del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó A) Que se acoge la acci n entablada, en virtud de lo decidido en eló motivo octavo y noveno; y, en consecuencia, se declara: a.1) Que se encuentra prescrita la acci n de cobro, de la deuda deó Telef nica Chile S.A. (Ex Compa a de Tel fonos de Chile S.A.) para conó ñí é don Armando Almarza Morales, consistente en el saldo de precio de la compraventa celebrada mediante escritura p blica de fecha 26 de marzo deú 1968, repertorio N 472, otorgada en la Notar a P blica de Santiago de don° í ú Sergio Rodr guez Garc s.í é a.2) Que, se declara extinta la hipoteca constituida a favor de don Armando Almarza Morales, para garantizar la deuda referida en el numeral anterior, inscrita a fojas 4.793 n mero 7.624 del Registro de Hipotecas yú Grav menes del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago correspondienteá í al a o 1968, por haberse extinguido la obligaci n principal caucionada.ñ ó a.3) Que, se ordena al Conservador de Bienes Ra ces de Santiagoí practicar el alzamiento y cancelaci n de la inscripci n de hipotecaó ó constituida por Telef nica Chile S.A., a favor de don Armando Almarzaó Morales, mediante escritura p blica de fecha 26 de marzo de 1968,ú repertorio N 472, otorgada en la Notar a P blica de Santiago

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Foja: 1 FOJA: 49 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-770-2022 CARATULADO : TELEF NICA CHILE S.A./ALMARZAÓ Santiago, trece de Febrero de dos mil veintitr sé VISTOS: En folio 1 del cuaderno principal, compareci don Claudioó Monasterio Rebolledo, abogado, en representaci n de Telef nica Chile S.A.ó ó sociedad del giro telecomunicaciones, represe

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