FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/CORTÉS
Rol
C-7490-2021
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que compareció don Stefano Bertero Sichel, do Mario Aranda Lillo y don Sebastián Araya Valenzuela, abogados, mandatarios judiciales de Forum Servicios Financieros S.A., representado legalmente por don Ignacio Sanz y Arcelus, economista, todos con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea Nº3365, Piso 3, Comuna de Las Condes, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré, en contra de doña Elizabeth Andrea Cortes Lemus, ignora profesión u oficio, domiciliado en Avenida España 3432, comuna de Huasco, ciudad de Vallenar, Región de Atacama, y solicitó se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $4.008.810.-, más intereses y costas. Señaló que su representada es dueña del siguiente pagaré: 1.- Pagaré N°1468153 suscrito con fecha 2 de abril de 2020, por la suma $4.393.955.-, por concepto de capital, más los intereses respectivos, pagaderos en 48 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $124.726.-, venciendo la primera de ellas el 10 de julio de 2020, y las restantes los 10 de cada mes. Se estableció en el referido pagaré que la falta de pago de cualquiera de las cuotas en las que se dividió el pago de la deuda, o de sus reajustes e intereses, daría derecho al acreedor para exigir la totalidad de ellas y sus reajustes en intereses indicados, considerándose ipso facto como de plazo vencido. Código: CJPJXDDSFLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7490-2021 Foja: 1 Puntualiza que el demandado dejo de cumplir su obligación, toda vez que solo pagó las 7 primeras cuotas correspondiente la última de estas al 10 de enero de 2021, constituyéndose en mora a partir de la cuota N°8, con vencimiento el día 10 de febrero de 2021, y siguientes, dando así un capital adeudado por la suma de $4.008.810, más intereses y costas. Señala además que la firma de la demandada puesta en el documento se encuentra autorizada ante Notario Público, y que el suscriptor señaló domicilio en la
Fundamentos
considerando que la interrupción de la prescripción no se ha configurado en autos inclusive hasta la fecha, en que desde que la obligación se hizo exigible totalmente, ha transcurrido un plazo en exceso superior al tiempo exigido para que opera la prescripción de la acción ejecutiva establecida para el pagare de conformidad con el artículo 98 de la ley 18.092 sobre letra de cambio y pagare, que prescribe: Código: CJPJXDDSFLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7490-2021 Foja: 1 “El Plazo de prescripción de las acciones cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un año, contado desde el día del vencimiento del documento”, en relación con el artículo 107 del mismo cuerpo normativo. Todo lo anterior debe interpretarse también de conformidad con los artículos 2514 parte final, 2503, 2518, ambos respecto de la interrupción civil de la prescripción, que obraría una vez notificada legalmente la demanda al demandado, mismo contenido que refiere el artículo 100 de la ley 18.092. Cita jurisprudencia al respecto. Concluye que, dado los argumentos de hecho y de derecho, solicita que se dé por extinguida la obligación a la cual accede la ejecución, y se condene en costas. El 03 de enero de 2023, se tiene por evacuado el traslado en rebeldía del ejecutante, se omitió recibir la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que compareció don Stefano Bertero Sichel, Mario Aranda Lillo y Sebastián Araya Valenzuela, mandatarios judiciales de Forum Servicios Financieros S.A., quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré, en contra de Elizabeth Cortes Lemus y solicitó se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $4.008.810.-, más intereses y costas. Fundamentó su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la parte ejecutada, se opuso deduciendo la excepción de la excepción de la prescripción de la deuda o Código: CJPJXDDSFLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7490-2021 Foja: 1 sólo de la acción ejecutiva, establecida en el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundamentada en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que se tuvo por evacuado el traslado de la excepción en rebeldía de la parte ejecutante. Cuarto: Que la excepción opuesta consiste en la contemplada en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, sobre la prescripción de la acción cambiaria emanada del pagare. Que, el título en autos consiste en el Pagaré N°1468153 suscrito con fecha 2 de abril de 2020, por la suma $4.393.955.-, por concepto de capital, más los intereses respectivos, pagaderos en 48 cuotas iguales, mensuales y sucesivas de $124.726.-, venciendo la primera de el
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada Elizabeth Andrea Cortes Lemus a lo principal del escrito de cinco de septiembre de dos mil veintidos, en contra de la demanda ejecutiva deducida por Forum Servicios Financieros S.A.-, respecto del pagaré N°1468153, declarándose la prescripción extintiva de la acción cambiaria de dicho título ejecutivo. II.- Que, en consecuencia, se pone término a la ejecución. III.- Que se condena en costas a la ejecutante. Regístrese, Notifíquese y Archívese. Rol C Nº 7490-2021. Pronunciada por Ximena Sumonte Contreras, Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Febrero de dos mil veintitrés Código: CJPJXDDSFLS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-10T16:40:26-0300
Texto Completo (Preview)
C-7490-2021 Foja: 1 FOJA: 24 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-7490-2021 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/CORTÉS Santiago, diez de Febrero de dos mil veintitrés Vistos: Que compareció don Stefano Bertero Sichel, do Mario Aranda Lillo y don Sebastián Araya Valenzuela, abogados, mandatarios judiciales de Forum Servicios Financieros S
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