DÍAZ/I. MUNICIPALIDAD DE MAIPU
Rol
C-2932-2022
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En autos rol C-2932-2022 comparece don Pedro Hern n D az Moralesá í , pensionado, con domicilio en Pasaje Osvaldo Mu oz Romero n 0145, Villa Los H roes, comuna de Maip ,ñ º é ú interponiendo demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseoó ó municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip ,ú persona jur dica de Derechoí P blica, representada legalmente por Tom s Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilioú á en Avenida Cinco de abril 260, comuna de Maip .ú Expone que es residente y due o del inmueble ubicado en Pasaje Osvaldo Mu ozñ ñ Romero n 0145, Villa Los H roes, comuna de Maip , respecto de la cual existen derechos deº é ú aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril del 2003 al 30 de noviembre del 2021, de los cuales desde el 30 de abril del 2003 al 30 de noviembre de 2016 ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripci n de la acci n de cobroó ó de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Previas citas legales, solicita tener por entablada demanda en procedimiento ordinario, por declaraci n de prescripci n extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip ,ó ó ú representada legalmente por su Alcalde, don Tom s Vodanovic Escudero, ya individualizados,á declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipaló impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedadá ubicada en Pasaje Osvaldo Mu oz Romero n 0145, Villa Los H roes, comuna de Maip ,ñ º é ú correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de abril del 2003 al 30 de noviembre de 2016, ascendentes a la suma de $1.014.681.- (un mill n catorce mil seiscientos ochenta y unó pesos), o a la cantidad que determine conforme a derecho. A folio 8 consta estampado receptorial de fecha 10 de junio del 2022 que da cuenta de la notificaci n a la demanda de la acci n seguida
Fundamentos
Considerando: Primero: Que comparece don Pedro Hern n D az Morales, interponiendo demanda deá í prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de laó ó Ilustre Municipalidad de Maip , todos ya individualizados, y fundada de los hechos yú argumentos de derecho consignados en la parte expositiva de la presente sentencia, que se dan por ntegramente reproducidos. í Segundo: Que notificada la demanda en forma legal, la demandada contest allan ndoseó á a la pretensi n formulada por la demandante respecto de las acciones de cobro de derechos deó aseo. Tercero: Que acorde a lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil, incumbe probarí ó las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que la parte demandante para acreditar los fundamentos de su acci n acompaó ñó en forma legal y sin objeci n de la contraria a folio 1:ó 1.- Certificado de deuda derechos de aseo emitido por la Ilustre Municipalidad de Maipú con fecha 30 de septiembre del 2021. 2.- Certificado de aval o fiscal respecto de la propiedad rol 03131-00006 emitido por elú Servicios de Impuestos Internos con fecha 12 de agosto del 2021. 3.- Registro de propiedad copia con vigencia del inmueble de fojas 22841 n mero 12975ú del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 1989, emitidoí ñ con fecha 29 de septiembre del 2021 4.- Certificado de residencia n 000725 emitido por la junta de vecinos Sol de los H roesº é con fecha 29 de septiembre del 2021. Quinto: Que, por su parte la demandada, no rindi prueba en relaci n a la demandaó ó que le es dirigida. Sexto: Que el actor comparece alegando la prescripci n extintiva de acciones de cobroó de derechos de aseo, por el per odo devengado entre el í 30 de abril del 2003 al 30 de noviembre de 2016, sobre el predio de Pasaje Osvaldo Mu oz Romero n 0145, Villa Losñ º H roes, comuna de Maipé ú, en que se domicilia y, al respecto, cabe se alar en primer t rminoñ é que corresponde al interesado impetrar la prescripci n de deuda por concepto de derechos deó aseo, ello porque el art culo 2493 del C digo Civil se ala que quien quiera aprovecharse de laí ó ñ prescripci n debe alegarla, no pudiendo el juez declararla de oficio.ó S ptimo:é Que se debe atender a la distinci n legal entre el concepto de impuesto y eló “ ” de derecho , para efectos de determinar la norma de prescripci n extintiva aplicable a su“ ” ó respecto y, conforme a ello, este tributo (derecho de aseo) corresponde a un tributo -como las tasas y contribuciones, en las que el Estado en compensaci n al pago presta o debe prestar unó servicio determinado espec fico, para todos o un grupo de contribuyentes; en el caso, el pago seí refiere a una actividad determinada que beneficia directamente al contribuyente, que teniendo un car cter distinto al del impuesto, sin que exista una norma especial sobre la prescripci n deá ó esta clase de derechos municipales, debe estarse a la regla general contemplada a
Fallo
se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes, multas yá ó cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes a los per odos referidosí en el p rrafo anterior, atendida precisamente la calidad de accesorios de aquellos en relaci n aá ó stos.é Por estas consideraciones y adem s, lo previsto en los art culos 44, 160 y 170 del C digoá í ó de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2521 y 2493 del C digo Civil, se declara que:ó I.- Se acoge la demanda de prescripci n extintiva y se declara extinguida la acci n deó ó cobro respecto de derechos de aseo del predio ubicado en Pasaje Osvaldo Mu oz Romeroñ n 0145, Villa Los H roes, comuna de Maipº é ú, deuda a nombre de Pedro Hern n D az Morales,á í por el periodo que media entre el 30 de abril del 2003 al 30 de noviembre de 2016, ambos inclusive, as como la extinci n de los recargos, multas y accesorios que correspondan al periodoí ó antes referidos, atendida precisamente la calidad de accesorios de estos. II.- Que cada parte deber pagar sus costas del juicio.á á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Febrero de dos mil veintitr sé Código: CDEDXDCTMJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2932-2022 Foja: 1 Código: CDEDXDCTMJS Este documento tie
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C-2932-2022 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2932-2022 CARATULADO : D AZ/I. MUNICIPALIDAD DE MAIPUÍ Santiago, diez de Febrero de dos mil veintitr sé Vistos: En autos rol C-2932-2022 comparece don Pedro Hern n D az Moralesá í , pensionado, con domicilio en Pasaje Osvaldo Mu oz Romero n 0145, Villa Los H roes, comuna de Maip
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