23º Juzgado Civil de Santiago

HERRERA/I. MUNICIPALIDAD MAIPU

Rol

C-10096-2021

Fecha

10 de febrero de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En autos rol C-10096-2021, comparece don Sergio Clodomiro Herrera Garrido, pensionado, con domicilio en Calle Sur n 1367, comuna de Maip , interponiendo demanda deº ú prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de laó ó Ilustre Municipalidad de Maip ,ú persona jur dica de Derecho P blica, representadaí ú legalmente por Tom s Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilio en Avda. Cinco deá abril 260, comuna de Maip .ú Expone que es residente y due o del inmueble ubicado en ñ Calle Sur n 1367, comuna deº Maip ,ú respecto del cual existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril del 2012 al 30 de noviembre del 2014, por la suma de $333.602.-, de los cuales ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripci n de laó acci n de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses yó multas. Previas citas legales, solicita tener por entablada demanda en procedimiento ordinario, por declaraci n de prescripci n extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip ,ó ó ú representada legalmente por su Alcalde, don Tom s Vodanovic Escudero, ya individualizados, yá en definitiva declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseoó municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de laá propiedad ubicada en Calle Sur n 1367, comuna de Maip , correspondiente al periodoº ú comprendido entre el 30 de abril del 2012 al 30 de noviembre del 2014, ascendentes a la suma de $333.602.- o a la cantidad que determine conforme a derecho. A folio 8 comparece la parte demandada quien se notifica en forma expresa de la demanda interpuesta en su contra. A continuaci n contesta la demanda ó allan ndoseá respecto de su pretensi n que se declare por el tribunal la prescripci n extintiva del cobro de los derechosó ó de aseo domiciliario cuyos vencimientos acaecieron e

Fundamentos

Considerando: Código: XLTPXDLEKJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10096-2021 Foja: 1 Primero: Que comparece don Sergio Clodomiro Herrera Garrido, interponiendo demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal, enó ó contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , todos ya individualizados y fundada de los hechos yú argumentos de derecho consignados en la parte expositiva de la presente sentencia, que se dan por ntegramente reproducidos. í Segundo: Que notificada la demanda en forma legal, la demandada contest allan ndoseó á a la pretensi n formulada por la demandante respecto de las acciones de cobro de derechos deó aseo. Tercero: Que acorde a lo previsto en el art culo 1698 del C digo Civil, incumbe probarí ó las obligaciones o su extinci n al que alega aqu llas o sta.ó é é Cuarto: Que la parte demandante para acreditar los fundamentos de su acci n acompaó ñó en forma legal y sin objeci n de la contraria a folio 1:ó 1.- Registro de propiedad copia con vigencia del inmueble de fojas 8671 n mero 9769ú del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 1983, emitidoí ñ con fecha 3 de noviembre del 2021 2.- Certificado de deuda derechos de aseo emitido por la Ilustre Municipalidad de Maipú con fecha 23 de julio del 2021. 3.-. Certificado de aval o fiscal respecto de la propiedad rol 00787-00006 emitido por elú Servicios de Impuestos Internos con fecha 9 de noviembre del 2021. 4.- Certificado emitido por la junta de vecinos villa Somela con fecha 28 de octubre del 2021. Quinto: Que, por su parte la demandada, no rindi prueba en relaci n a la demandaó ó que le es dirigida. Sexto: Que el actor comparece alegando la prescripci n extintiva de acciones de cobroó de derechos de aseo, por el per odo devengado entre el í 30 de abril del 2012 al 30 de noviembre del 2014, sobre el predio de calle Sur n 1367, comuna de Maipº ú, en que se domicilia y al respecto, cabe se alar en primer t rmino que corresponde al interesado impetrar lañ é prescripci n de deuda por concepto de derechos de aseo, ello porque el art culo 2493 del C digoó í ó Civil se ala que quien quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo el Juezñ ó declararla de oficio. S ptimo:é Que se debe atender a la distinci n legal entre el concepto de impuesto y eló “ ” de derecho , para efectos de determinar la norma de prescripci n extintiva aplicable a su“ ” ó respecto y, conforme a ello, este tributo (derecho de aseo) corresponde a un tributo -como las tasas y contribuciones, en las que el Estado en compensaci n al pago presta o debe prestar unó servicio determinado espec fico, para todos o un grupo de contribuyentes; en el caso, el pago seí refiere a una actividad determinada que beneficia directamente al contribuyente, que teniendo un car cter distinto al del impuesto, sin que exista una norma especial sobre la prescripci n deá ó esta clase d

Fallo

se declarar la extinci n del derecho de cobro de los reajustes, multas yá ó cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes a los per odos referidosí en el p rrafo anterior, atendida precisamente la calidad de accesorios de aquellos en relaci n aá ó stos.é Por estas consideraciones y adem s, lo previsto en los art culos 44, 160 y 170 del C digoá í ó de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2521 y 2493 del C digo Civil, se declara que:ó I.- Se acoge la demanda de prescripci n extintiva y se declara extinguida la acci n deó ó cobro respecto de derechos de aseo del predio ubicado en calle Sur n 1367, comuna de Maipº ú, deuda a nombre de Sergio Clodomiro Herrera Garrido, por el periodo que media entre el 30 de abril del 2012 al 30 de noviembre del 2014, ambos inclusive, as como la extinci n de losí ó recargos, multas y accesorios que correspondan al periodo antes referidos, atendida precisamente la calidad de accesorios de estos. II.- Que cada parte deber pagar sus costas del juicio.á á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Febrero de dos mil veintitr sé Código: XLTPXDLEKJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10096-2021 Foja: 1 Código: XLTPXDLEKJS Este documento tiene firma electrónica y su origina

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C-10096-2021 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10096-2021 CARATULADO : HERRERA/I. MUNICIPALIDAD MAIPU Santiago, diez de Febrero de dos mil veintitr sé Vistos: En autos rol C-10096-2021, comparece don Sergio Clodomiro Herrera Garrido, pensionado, con domicilio en Calle Sur n 1367, comuna de Maip , interponiendo demanda deº ú

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