1º Juzgado Civil de Concepción

ALFARO/ESTADO DE CHILE / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO

Rol

C-2880-2021

Fecha

9 de febrero de 2023

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en el folio 1, comparecen los abogados Nicol s Alberto Leal Sep lveda, yá ú don Eduardo Armando Garc a Ramos, qui n en representaci n de í é ó LUIS ALBERTO ALFARO OLAVE, comerciante, todos con domicilio en O Higgins n mero 680,’ ú oficina 204, comuna de Concepci n, e interponen demanda de indemnizaci n deó ó perjuicios por responsabilidad extracontractual del Estado en contra del FISCO DE CHILE, representado legalmente en esta jurisdicci n por don Georgy Schubert Studer,ó abogado, Procurador Fiscal de la comuna de Concepci n, todos con domicilio en, enó calle Barros Arana N 1098, piso 15 , Edificio Torre del Centro, Comuna de° ° Concepci n o por quien le subrogue o reemplace legalmente, en atenci n a los hechosó ó que pasa a exponer. Fundan la demanda en que el demandante se encuentra calificado como v ctimaí en el listado de prisioneros pol ticos y torturados, elaborado por la Comisi n Nacionalí ó sobre Prisi n Pol tica y Tortura, establecida por el Decreto Supremo N 1.040, del a oó í º ñ 2003, Ministerio del Interior, conocida como Comisi n Valech I bajo el n mero 789 enó ú dicho listado. En cuanto a los hechos, transcriben el relato del demandante de la siguiente forma: “Se me corta la respiraci n al tan solo pensar en todo lo que me hicieron. Desdeó que los militares torturaron a mi padre en el a o 73, toda mi vida y la de mi familia señ volvi un infierno. Antes, yo era un joven com n y corriente. Estudiaba en Santiago, aó ú mis hermanos y a m nos gustaba mucho jugar al ajedrez y ten amos bastante inter s ení í é la vida intelectual. Ten a diecisiete a os cuando los militares destruyeron todo. El a o 1981 fuií ñ ñ detenido por primera vez mientras me encontraba en la plaza con mi polola de aquel momento. Era un adolescente, no ten a idea de lo que estaba pasando. Me llevaron a uní centro de detenci n donde fui golpeado y torturado brutalmente. A los militares no lesó importaba mi joven edad, se comportaban como animales. Me vendaron los ojos mie

Fundamentos

fundamentos de derecho, hace alusi n a la responsabilidad deló Estado de Chile por la violaci n de derechos humanos, lo que tendr a sus fundamentosó í en los instrumentos internacionales suscritos por nuestro pa s y en su normativa interna.í Termina haciendo referencia a los requisitos de procedencia de la indemnizaci nó por da o moral respecto del Estado, se alando la existencia de da o moral, la acci n uñ ñ ñ ó omisi n de un rgano del Estado, nexo causal entre de dicha acci n u omisi n y el da oó ó ó ó ñ causado, la inexistencia de causales que eximan de responsabilidad al Estado en el caso concreto, la responsabilidad objetiva del Estado por derivarse de una conducta de sus agentes y funcionarios. Adem s expone sobre la imprescriptibilidad de la acci n penal yá ó civil. Código: MRSMXDKSTXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Por lo que en m rito de lo expuesto y de lo dispuesto en las normas legales queé cita, pide tener por interpuesta, demanda de indemnizaci n de perjuicios poró responsabilidad extracontractual del Estado en contra del FISCO DE CHILE, representado legalmente en esta jurisdicci n por don Georgy Schubert Studer, abogado,ó ya individualizado, acogerla a tramitaci n y, en definitiva, condenar a la demandada aló pago de la suma de $200.000.000 a don LUIS ALBERTO ALFARO OLAVE, ya individualizado, por concepto de da o moral, o a la suma que el Tribunal determineñ conforme a derecho, cantidad que deber ser reajustada de acuerdo a la variaci n delá ó IPC, desde la fecha de interposici n de esta demanda y el pago efectivo de laó indemnizaci n que en definitiva se establezca, junto con los intereses legalesó correspondientes durante el mismo per odo y adem s las costas de la causa.í á A folio 4, se notific personalmente la demanda y la resoluci n reca da en ella aló ó í demandado Fisco de Chile. A folio 5, comparece el abogado don GEORGY SCHUBERT STUDER en representaci n del demandado ó FISCO DE CHILE qui n contest la demandaé ó deducida en contra de su representado, solicitando su rechazo en todas sus partes, con costas. Funda su contestaci n realizando referencia al contenido del libelo de laó demandante, para luego oponer, primeramente, excepci n de reparaci n satisfactiva,ó ó haciendo presente las negociaciones entre el Estado y las v ctimas y la reparaci n de losí ó da os sufridos, adem s de programas de reparaci n propuestos por las Comisiones deñ á ó Verdad o Reconciliaci n, los que incluyen beneficios educacionales, de salud, gestosó simb licos u otras medidas an logas diversas a la simple entrega de una cantidad deó á dinero, mencionando al efecto la Ley 19.123 que cre la Corporaci n Nacional deó ó Reparaci n y Reconciliaci n o tambi n llamada Comisi n Rettig, que en su informeó ó é ó propuso una serie de propuestas de reparaci n entre las cuales se encontraba una“ ó ” pensi n nica y algunas prestaciones de salud, mensaje que fue claro al expre

Fallo

por tanto no pueden ser exigidos nuevamente y en este mismo sentido as se ha resuelto en diversos fallos dictados por los tribunales, siendo esta pol ticaí í de reparaci n valorada por rganos internacionales de importancia como la Corteó ó Interamericana de Justicia, por lo que estando la acci n interpuesta en autos basada enó los mismos hechos y pretendiendo ella indemnizar los mismos da os que han inspiradoñ precisamente el c mulo de acciones reparatorias ya enunciadas y al tenor de losú documentos oficiales es que opone la excepci n de reparaci n y pago por haber sido yaó ó indemnizado el demandante el demandante de la presente causa. En subsidio, alega la excepci n de prescripci n, con arreglo a lo dispuesto en eló ó art culo 2.332 del C digo Civil en relaci n con lo dispuesto en el art culo 2.497 delí ó ó í mismo c digo, solicitando se rechace la demanda en todas sus partes, ya que conforme aló relato f ctico del demandante, su detenci n, privaci n de libertad y torturas se habr aá ó ó í producido en el a o 1981 y 1982 en una fecha que no precisa, se alando que aunñ ñ entendiendo suspendida la prescripci n durante el per odo de la dictadura militar,ó í iniciada en septiembre de 1973, por la imposibilidad de la propia v ctima de ejercer lasí acciones legales correspondientes ante los tribunales de justicia, hasta la restauraci n deó la democracia, a la fecha de notificaci n de la demanda de autos, el 20 de agosto deló Código: MRSMXDKSTXY Este documento tiene firma electr

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 33 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-2880-2021 CARATULADO : ALFARO/ESTADO DE CHILE / CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO Concepci nó , veintisiete de febrero de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, en el folio 1, comparecen los abogados Nicol s Alberto Leal Sep lveda, yá ú don Eduardo Armando Garc a Ramos, qui n en representac

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