NOVOA/
Rol
V-14-2022
Fecha
10 de febrero de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: A folio 1, se presenta doña FERNANDA CONSTANZA NOVOA MEDINA, estudiante, cédula de identidad N° 21.462.258-0 domiciliado en Nacimiento, calle Pastor Lepe Nº 1711, quien solicita cambio de su nombre en atención a los argumentos que expuso: 1) Que, consta en su certificado de nacimiento N° 286 del año 2003 del Registro Civil e Identificaciones de la Circunscripción de Nacimiento, que su nombre es Fernanda Constanza Novoa Medina. 2) Su madre de doña Susana Eugenia Medina González, ha convivido de muy pequeña con don Didier Alexis Gallegos Muñoz, quien, sin ser mi padre, ha sido mi referente paterno y a quien reconozco como tal.- 3) Sumado a lo dicho, esta circunstancias le han causado un menoscabo moral desde temprana edad, lo que se traduce en un desagrado al llevar el apellido Novoa y este menoscabo se debe a que su padre biológico Roberto Novoa, nunca se preocupó por ella, no tuvo y no tiene ningún tipo de relación conmigo, y si bien estuvo presente al momento de reconocimiento, el resto de su vida ha sido una persona completamente ausente, asumiendo un rol parental la pareja de mi madre de nombre don Didier Alexis Gallegos Muñoz. 4) En mis relaciones sociales ha sido conocida con el apellido Gallegos y también frente a terceros, es así como me he presentado y soy conocida por sus amigos, parientes y compañeros.- 5) Que, el nombre es un elemento que identifica nuestra personalidad substancialmente y en forma, en principio, perpetúa. Así las cosas, se hace imprescindible que US., autorice la sustitución de mi apellido “Novoa”, por el “Gallegos”, a fin de evitar ser menoscabada moralmente por las razones ya mencionadas. SEGUNDO: En apoyo de su pretensión la solicitante acompañado los siguientes documentos: 1) A folio 1, rola certificado de Nacimiento de la solicitante.- 2) A folio 24, rola extracto de filiación y antecedentes de la solicitante.- TERCERO: A folio 10, rola informe N° 1.515 de fecha 29 de Marzo de 2022 del Servicio de Registro Civil e I
Fundamentos
CONSIDERANDO Que, con el mérito de los antecedentes de autos, documentos acompañados y en especial consideración al interés superior del niño, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 a 4 de la ley 17.344, 4; 17 y 18 de la ley 4.808 sobre Registro Civil e Identificación; DFL 2128 del año 1930, y 222 del Código Civil, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 16 de la Ley 19.968, Convención de los Derechos del Niño,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, HA LUGAR a lo solicitado a folio 1, SE AUTORIZA EL CAMBIO DE NOMBRE de doña FERNANDA CONSTANZA NOVOA MEDINA, nacida el 7 de Diciembre de 2003, cédula nacional de identidad Nro.- 21.462.258-0 e inscrito bajo el Nro.- 286 del Registro de Nacimientos del año 2003, de la Circunscripción de Nacimiento, debiendo EXTENDERSE una nueva Partida de Código: NLJPXDMWGSR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:receptornacto@gmail.com https://conecta.pjud.cl/ mailto:jlyg_nacimiento@pjud.cl Juzgado de Letras y Garantía con Competencia Común de Nacimiento Calle General Prieto N° 401, Nacimiento Teléfonos: 43-2511433 y 43-2512943 Correo electrónico jlyg_nacimiento@pjud.cl Plataforma: https://conecta.pjud.cl/ RECEPTOR JUDICIAL SRA. SUSANA PEREZ PARRA CEL.: +56 9 77668179 MAIL: receptornacto@gmail.com Nacimiento de la solicitante, en que se substituya el apellido “NOVOA” por “GALLEGOS”, para quedar en definitiva como FERNANDA CONSTANZA GALLEGOS MEDINA.- Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Resolvió el Juez del Juzgado de Letras y Garantía con competencia en Trabajo y Familia de Nacimiento que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada al pie de la presente resolución.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Nacimiento, diez de Febrero de dos mil veintitrés Código: NLJPXDMWGSR Este documento tiene firma electróni
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Juzgado de Letras y Garantía con Competencia Común de Nacimiento Calle General Prieto N° 401, Nacimiento Teléfonos: 43-2511433 y 43-2512943 Correo electrónico jlyg_nacimiento@pjud.cl Plataforma: https://conecta.pjud.cl/ RECEPTOR JUDICIAL SRA. SUSANA PEREZ PARRA CEL.: +56 9 77668179 MAIL: receptornacto@gmail.com NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Nacimiento CAUSA R
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