SCOTIABANK CHILE S. A./MILLA
Rol
C-1627-2022
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A lo principal de presentaci n de fecha 17 de agosto deó 2022, comparece don Manuel Aguirre Manr quez, abogado, ení representaci n de Scotiabank-Chile, sociedad an nima bancaria, ambosó ó domiciliados en calle Matta nro. 218, La Serena, deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Mauricio Alejandro Milla D az, ignoraí profesi n u oficio, domiciliado en calle Rafael Alberti nro. 99, comunaó de Coquimbo, en base a los hechos que a continuaci n expone. ó Refiere, en primer lugar, que el ejecutado suscribe, con fecha 19 de agosto de 2020, pagar en cuotas nro. 710103708149, poré la suma de $821.448.-, por concepto de capital, el cual devengar a uní inter s al 0.80% mensual. Agrega que el deudor se oblig a pagaré ó dicha suma en 42 cuotas, mensuales y sucesivas de $23.568.- cada una, con excepci n de la ltima, cuyo monto asciende a $23.568.-, siendo eló ú primer vencimiento el d a 25 de noviembre de 2020.í Sostiene que a la fecha del vencimiento de la cuota nro. 13, la obligaci n no fue pagada, raz n por la cual se adeuda por saldoó ó insoluto de capital la cantidad de $606.967.-, m s intereses pactados yá penales estipulados en el referido pagar . Agrega que a dicha cantidadé Código: WXCTXDEXFSR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1627-2022 Foja: 1 deben agregarse los intereses normales devengados hasta la mora y desde esa fecha, los intereses penales, equivalentes al m ximoá convencional. Finalmente, hace presente que en el referido pagar seé estipul cl usula sin obligaci n de protesto, estableci ndose la facultadó á ó é por parte del tenedor de la libre elecci n de realizar dicha diligencia.ó En segundo lugar, explica que el deudor suscribe, con fecha 19 de agosto de 2020, pagar en cuotas nro. 710103647751, por laé suma de $5.939.599.- por concepto de capital, la cual devengar a uní inter s de 0.80% mensual. Explica que el ejecutado se obliga a pagaré dicha suma, conjuntamente con los intere
Fundamentos
fundamentos de ella. Código: WXCTXDEXFSR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1627-2022 Foja: 1 UND CIMO: É Que en ese sentido, encontr ndose probada ená autos la existencia de la obligaci n que vincula a las partes y, por otroó lado, habiendo la demandada alegado el pago parcial de la deuda, le correspond a a sta ltima acreditar dicha circunstancia, tal como fluyeí é ú de lo se alado en el considerando precedente.ñ DUOD CIMO: É Que en el caso de marras, no habiendo la parte ejecutada rendido probanza alguna que permitiera a esta magistratura tener por acreditado la circunstancia del pago parcial de la deuda, se proceder al rechazo de la excepci n en comento. á ó D CIMO TERCEROÉ : Que el ejecutado opuso en ltimoú t rmino la excepci né ó del art culo 464 N°11 del C digo deí ó Procedimiento Civil, esto es, la concesi n de esperas o pr rroga en eló ó plazo, basada en comunicaciones con ejecutivo del banco demandante, que le otorg una pr rroga a objeto de regularizar la deuda; sinó ó embargo, en este punto, no se aparejaron en autos antecedentes que permitiesen tener por acreditados sus dichos, por lo que, -teniendo presente lo se alado en el motivo d cimo de este fallo-, se proceder añ é á desechar la excepci n interpuesta. ó D CIMO CUARTOÉ : Que la restante prueba documental allegada a autos, no analizada en forma expresa, en nada alteran las conclusiones a las que ha arribado este sentenciador.
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas, recibi ndose la causa aé prueba, y fij ndose los hechos pertinentes, controvertidos y sustanciales.á A fojas 33, se cit a las partes a o r sentencia.ó í C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que, la demandada ha opuesto a la ejecuci n lasó excepciones contempladas en el art culo 464 N°2, N°4, N°7, N°9í y N°11 del C digo de Procedimiento Civil.ó SEGUNDO: Que, en apoyo de su pretensi n, el ejecutanteó acompa a los siguientes documentos que individualizados de la formañ que sigue: 1. Pagar en cuotas, n mero de operaci n 710103708149, poré ú ó la suma de $821.448.-, suscrito por don Mauricio Milla D az y autorizado por notario p blico, do a Elena Leytoní ú ñ Carvajal, en fecha 19 de agosto de 2020. 2. Pagar en cuotas, n mero de operaci n 710103647751, poré ú ó la suma de $5.939.599.- suscrito por don Mauricio Milla D az y autorizado por notario p blico, do a Elena Leytoní ú ñ Carvajal, en fecha 19 de agosto de 2020. 3. Certificado de inscripci n y anotaciones vigentes en eló Registro de Veh culos Motorizados del Servicio de Registroí Código: WXCTXDEXFSR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1627-2022 Foja: 1 Civil, emitido con fecha 17 de agosto de 2022, relativo a autom vil placa patente nica DZPJ.25-2.ó ú 4. Cronograma de plan de pago, emitido con fecha 12 de agosto de 2022, por do a Bernarda Henr quez Bast as,ñ í í ejecutiva de Administraci n y Cobranza Judicial del
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C-1627-2022 Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-1627-2022 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./MILLA La Serena, nueve de Febrero de dos mil veintitr sé Vistos: A lo principal de presentaci n de fecha 17 de agosto deó 2022, comparece don Manuel Aguirre Manr quez, abogado, ení representaci n de Scotiabank-Chile, sociedad an
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