8º Juzgado Civil de Santiago

COMERCIAL DE VALORES LEASING SPA/CONSTRUCCIONES SMART SPA

Rol

C-7013-2022

Fecha

8 de febrero de 2023

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Al folio 1, comparece don Javier Valenzuela Farías, abogado, en representación de Comercial de Valores Leasing, en adelante Coval Leasing entidad de giro de su denominación, representada por su gerente general don Ricardo Schliebener Carriel, contador auditor, todos con domicilio en calle Nueva Tajamar N° 183, piso 9, comuna de Las Condes, quien interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentas, restitución del bien arrendado e indemnización de perjuicios, en contra de la sociedad Construcciones Smart SpA, sociedad del giro comercial, representada por doña Ángela Dennis Pino Biolley, en su calidad de arrendataria, y en contra de don Ángela Dennis Pino Biolley, factor de comercio, en su calidad de fiador y codeudor solidario, ambas con domicilio en Camino de Cintura N°8023, depto.401-G, Condominio Haras IV, comuna de Huechuraba y/o en Presidente Riesco N°4005, depto.202, comuna de Las Condes. Fundando su demanda, señala que su representada celebró con las demandadas, un contrato de arrendamiento de bienes muebles, por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2021, denominado Contrato de Arrendamiento Coval Leasing, respecto de un camión marca Foton, año 2021, modelo New Aumark S 614, color blanco, numero de motor 76817343, placa patente PYCG.74.- Añade que conforme lo pactado, el canon de arrendamiento se pagaría en 24 rentas iguales, mensuales y sucesivas de UF 24,25 más IVA, con vencimiento los días 18 de cada mes, a contar del 18 de julio de 2021. Código: BKZQXDHEMXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Alega que la arrendataria dejó de pagar las rentas desde aquella con vencimiento el día 18 de diciembre de 2021, adeudando en consecuencia la suma de UF 460,8500, más intereses, reajustes y costas. Señala además, que conforme lo estipulado en el contrato, y sin perjuicio de otros derechos que le asisten al ejecutante, en caso de retardo o m

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Comercial de Valores Leasing, también denominada Coval Leasing, representado en autos por don Javier Valenzuela Farías, ha interpuesto en esta sede civil, demanda de terminación inmediata de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de sociedad Construcciones Smart SpA, representada por doña Ángela Dennis Pino Biolley, en calidad de arrendataria, y en contra de doña Ángela Dennis Pino Biolley, en calidad de fiador y codeudor solidario, todos ya individualizados, solicitando que en definitiva se declare terminado el contrato de arrendamiento; ordenar la restitución del bien arrendado dentro de tercero día contado desde la fecha de la sentencia definitiva; que se condena a las demandadas a pagar las rentas de arrendamiento adeudadas, más aquellas que se devenguen durante la tramitación del juicio, más IVA, más el interés máximo convencional, más la indemnización de perjuicios avaluada anticipadamente por las partes bajo la cláusula penal, con costas. Basa su demanda en los hechos y fundamentos de derecho señalados en la parte expositiva de la demanda, que se dan por reproducidos para todos los efectos legales.- SEGUNDO: Que sin perjuicio de haber sido válidamente emplazados, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de las demandadas. TERCERO: Que al tenor de lo dispuesto por el artículo 1698 del Código Civil, correspondía al actor acreditar la existencia del contrato de arrendamiento y las obligaciones contraídas por las demandadas, cuyo incumplimiento constituyen el Código: BKZQXDHEMXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl fundamento de su acción, siendo a su vez, de cargo de la parte demandada, acreditar el cumplimiento de las mismas. CUARTO: Que de acuerdo con lo anterior, el demandante rindió prueba documental, consistente en los documentos agregados al folio 1 y 14 del cuaderno principal, los cuales no fueron objetados por la contraria: 1.- Copia de contrato de arrendamiento con opción de compra, celebrado por escritura pública el día 31 de mayo del año 2021, entre Coval Leasing SpA y la demandada, Construcciones Smart SpA, en virtud del cual la primera dio en arrendamiento a la segunda un camión marca Foton, modelo New Aumark S 614 E5, año 2021, nuevo, sin uso; conforme lo pactado en la cláusula cuarta, las rentas de arrendamiento serían pagadas de la siguiente forma: una renta inicial de UF182,31 que debía pagarse a la suscripción del contrato y luego mediante 24 rentas iguales, mensuales y sucesivas de UF24,25 más IVA, con vencimiento los días 18 de cada mes, a contar del 18 de julio de 2021. Cabe hacer presente que conforme lo pactado, a cada uno de los pagos de rentas debía adicionarse el impuesto al valor agregado y que de acuerdo a lo pactado en la cláusula décimo segunda, el contrato tendría una duración de 27 meses contados desde su celebración.- Conviene hacer presente además, lo estipulado en la cláusula décimo cuarta,

Fallo

Por tanto y previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de terminación inmediata de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, y demás prestaciones que se indican, en contra de las demandadas ya individualizadas, solicitando que en definitiva se declare: terminado el contrato de arrendamiento, ordenando la restitución del bien arrendado dentro de tercero día después de dictada la sentencia definitiva, que se condena a las demandadas a pagar las rentas de arrendamiento adeudadas a la fecha de la demanda, más aquellas que se devenguen durante la tramitación del juicio, más IVA, más el interés máximo convencional, más la indemnización de perjuicios avaluada anticipadamente por las partes bajo la cláusula penal, correspondiente a un 40% de las rentas pendientes de vencimiento, con costas. Al folio 6, consta notificación personal subsidiaria practicada a las demandadas con fecha 26 de octubre de 2022 y al folio 13, notificación por cédula relativa al nuevo día y hora fijado para la audiencia de estilo. Código: BKZQXDHEMXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Al folio 16, se verificó la audiencia de estilo, con la sola asistencia del apoderado de la parte demandante, quien ratificó la demanda en todas sus partes; acto seguido, no habiendo comparecido la parte demandada, se tuvo por contestada la demanda en su rebeldía. Llamadas las partes a conciliación, esta no se produjo y en la misma opor

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NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 8º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-7013-2022 CARATULADO??: COMERCIAL DE VALORES LEASING SPA/CONSTRUCCIONES SMART SPA Santiago, ocho de Febrero de dos mil veintitrés VISTOS: Al folio 1, comparece don Javier Valenzuela Farías, abogado, en representación de Comercial de Valores Leasing, en adelante Coval Leasing entidad de giro de su denominac

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