3º Juzgado Civil de Temuco

SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGION ARAUCANIA/

Rol

V-358-2021

Fecha

7 de febrero de 2023

Materia

EXPROPIACIÓN, CONSIGNACIÓN MONTO PROVISORIO ART.17 D.L.2186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece do a Andrea Lorena Iturra Miranda, abogada,ñ por la parte expropiada en causa Rol V-358-2021 caratulada SERVIU“ REGION DE LA ARAUCAN A e indica que 1.- Consta de autos, unaÍ ” consignaci n de indemnizaci n provisional por causa de expropiaci nó ó ó efectuada por parte del SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACI NÓ REGI N DE LA ARAUCAN A por la cantidad de $60.710.000 (sesentaÓ Í millones setecientos diez mil pesos). 2.- Dicha consignaci n se efectu poró ó causa de la expropiaci n de la propiedad ubicada en Santa Margaritaó n mero mil ciento noventa y corresponde al sitio n mero Uno de laú ú poblaci n Dreves de la ciudad de Temuco, de una superficie aproximada deó 506,92 metros cuadrados, seg n orden Resoluci n Exenta N 3766, deú ó ó ° fecha 24 de noviembre de 2021 del Servicio de Vivienda y Urbanizaci nó Regi n de La Araucan a, cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial eló í d a 01 de diciembre de 2021. 3.- Debido a que el Art. 6 del D.L. N 2.186í ° ° de 1978 establece que el acto expropiatorio "...contendr el nombre del o deá los propietarios o de los que aparezcan como tales en el rol de aval o o losú datos que faciliten su determinaci n...", el expropiante consign laó ó indemnizaci n provisional de autos a en favor de esta parte. 4.- En efecto,ó de la propiedad ubicada en Santa Margarita n mero mil ciento noventa yú corresponde al sitio n mero Uno de la poblaci n Dreves de la ciudad deú ó Temuco, se encuentra a nombre de la menor Ivonne Celina Renee Risco Narv ez inscrito a fojas 7676 vuelta n mero 4707 del Registro de Propiedadá ú del a o 2010 del Primer Conservador de Bienes Ra ces de Temuco. 5.- Porñ í Código: WCXXXDXVEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl su parte, el art culo 26 del D.L. N 2.186 de 1978, establece, que "si ning ní ° ú interesado se presenta dentro del indicado plazo de veinte d as (indicado ení el art. 23) haciendo valer sus derechos o cr ditos, e

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRMERO: Que a folio 1 comparece el Abogado don Marco Antonio vilaÁ Figueroa, en representaci n del Servicio de Vivienda y Urbanismo, Regi nó ó de La Araucan a, indicando que se realiz la consignaci n de $60.710.000.-í ó ó para el Lote N 41 0A, correspondientes al monto de la indemnizaci nº – ó por expropiaci n parcial de la propiedad Rol de Aval o N 1565 - 01 de laó ú ° comuna de Temuco, que figura a nombre de Ivonne Celina Renee Risco Narv ez.á SEGUNDO: Que a folio 21 consta certificaci n secretarial que da cuentaó no hubo oposici n y a folio 24 que existe boleta bancaria, N 5000788886ó ° de fecha 13 de diciembre de 2021 por la suma de $60.710.000. Dicha boleta corresponde a esta causa, y se encuentra conciliada en la cuenta corriente del tribunal, y dicen relaci n con esta causa como se observa deó folio 5 de la carpeta de documentos. Código: WCXXXDXVEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl TERCERO: Que a folio 22 se agrega oficio con copia autorizada de inscripci n de dominio a nombre de do a Ivonne Celina Renee Riscoó ñ Narv ez rolante a fs. 7676 V, Nro.- 4707 del Registro de Propiedad del Sr.á Conservador de Bienes Ra ces de Temuco del a o 2010, con certificado deí ñ vigencia a su nombre, respecto de la propiedad cuyo retazo se ha expropiado. CUARTO: Que a folio 28 consta Certificado de Deuda, constando que el Rol de Aval o Nro.- 227 01565 001 no tiene deuda morosa deú – – contribuci n de bienes ra ces.ó í QUINTO: Que a folio 18 consta actuaci n secretarial de autorizaci n deó ó mandato judicial a la profesional letrada que comparece en representaci nó de la expropiada. SEXTO: Que en consecuencia habi ndose cumplido los presupuestos seé dar lugar a la solicitud y conforme el claro tenor del art culo 19 Nro.- 24á í inciso tercero de la Constituci n Pol tica de la Rep blica, siendo unó í ú mandato constitucional, en relaci n asimismo al art culo al art culo 20 deló í í D.L. 2.186 sobre Ley Org nica de Procedimiento de Expropiaciones, el giroá del cheque se ordenar respecto de la directamente expropiada y due a delá ñ lote expropiado, en la forma solicitada.- En m rito de lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 26 del Decretoé í Ley Nro.- 2.186 de 1978 sobre Procedimiento de Expropiaciones y art culosí 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civiló ,

Fallo

SE RESUELVE: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 19 y en consecuencia G RESE CHEQUEÍ con cargo a Boleta Bancaria Nro.- 5000788886 de fecha 13 de diciembre de 2021 por la suma de $60.710.000 ( sesenta millones setecientos diez mil pesos) a nombre de la expropiada do añ GLADYS RENEE NARV EZ ITURRAÁ , c dula de identidad n meroé ú 11.907.197 6.– C mplase con las instrucciones sobre giro y retiro de cheques de laú Excma. Corte Suprema de Justicia de fecha 7 de junio de 2013 y Acta Nro.- 87 2014, del Tribunal Pleno de la Excma. Corte Suprema de– Justicia de fecha 17 de junio de 2014, en especial el Numeral Cuarto del Acta Nro.- 87 2014 en que la entrega del cheque girado a nombre de la– Código: WCXXXDXVEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl expropiada se har con la concurrencia de su abogado patrocinante y/oá apoderado, bajo firma de ambos y la debida constancia relativa a su individualizaci n en el expediente, suscrita por la Srta. Secretaria Titular deló Tribunal o qui n la subrogue legalmente.é An tese, reg strese, notif quese y d se copia al interesado.ó í í é Rol Nro.- 358 - 2021 Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Temuco, siete de febrero de dos mil veintitr sé Código: WCXXXDXVEXQ Este documento tiene firma electrónica y su original p

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-358-2021 CARATULADO : SERVICIO VIVIENDA Y URBANIZACI NÓ REGION ARAUCANIA/ Temuco, siete de febrero de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1 comparece do a Andrea Lorena Iturra Miranda, abogada,ñ por la parte expropiada en causa Rol V-358-2021 caratulada SERVIU“ REGION DE LA ARAUCAN A e indica que 1.- Consta de autos

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