CASTRO/RODRÍGUEZ
Rol
C-3076-2022
Fecha
7 de febrero de 2023
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: I.- De la solicitud de citar a comparendo de designación de juez árbitro. En lo principal de presentación de 3 de diciembre de 2022, en folio 1, compareció doña Silvana Angélica Castro Bastías, chilena, divorciada, labores, cédula nacional de identidad número 10.440.662-9, domiciliada en en el Roble N° 2, comuna de Limache, quien solicitó se cite a don Alejandro Alexis Rodríguez Abaca, cédula nacional de identidad número 9.859.835-9, ingeniero, Las Araucarias N° 675 casa 2, Achupallas, Viña del Mar a una audiencia con el objeto acordar el nombramiento de árbitro partidor, fundado en los argumentos de hecho y derecho que expuso a continuación: Primeramente señaló que en conjunto con el requerido son copropietarios de un inmueble, la propiedad raíz compuesta de casa y sitio ubicada en Pasaje Volcán Villarrica número 2257, que corresponde al Sitio o Lote número 6 de la Manzana número 5, del plano de Loteo del Conjunto Residencial denominado Altos De Llaima, de la comuna y provincia de Curicó, Rol de Avalúo N° 3532-85 y del vehículo Chevrolet corsa swing 1.6 año 2007 color beige hazel, número de motor 7H5087752 numero de chasis 8AGSB68N07R137829 PPU YW.4612-8. Agregó que, los bienes individualizados en el punto anterior fueron adquiridos junto al requerido a título oneroso vigente la sociedad conyugal. En consecuencia, la sociedad conyugal referida era dueña, y los comparecientes actualmente son comuneros. Señaló que es su voluntad no permanecer en la indivisión, por lo que procede el nombramiento de un árbitro de derecho que efectúe la partición del inmueble, ya singularizado, y del cual soy copropietaria. Finalizó solicitando, previas disposiciones legales, citar a don Alejandro Alexis Rodríguez Abaca, cedula de identidad N° 9.859.835-9, ingeniero, domiciliado en Las Araucarias N° 675 casa 2, Achupallas, Viña del Mar, a una Código: XXXXXDMVFXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3076-2022 F
Fundamentos
fundamentos de su solicitud, la parte solicitante acompañó el siguiente documento que obra incorporado en el folio 1: - Certificado de matrimonio emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación. III.- De la notificación de la solicitud. El 20 de diciembre de 2022, consta notificación expresa a la solicitud de folio 1, que se lee al folio 15 de los autos digitales. IV.- De la audiencia de designación de árbitro. El 23 de diciembre de 2022, en folio 18, a la hora, fecha y modalidad decretada en autos, se llevó a efecto la audiencia de designación de juez partidor, decretada mediante resolución de 25 de noviembre de 2022, que consta en folio 13, con la asistencia de la parte requirente doña Silvana Angélica Castro Nastias, cédula de identidad número 10.440.662-9, representada por el abogado don Nelson Eduardo Valencia Vivanco, cédula de identidad número 14.591.609-7, y del apoderado del demandado, don Eduardo Antonio Bustamante Sánchez, cédula de identidad número 16.944.164-2; quienes, de forma clara, exhiben las cédulas de identidad individualizadas precedentemente. Se dejó constancia que el requerido, por problemas técnicos, no pudo activar su audio a fin de participar en la presente audiencia. A continuación y en razón de no encontrarse de acuerdo las partes en la persona que deba conocer de la partición que fundamenta la solicitud deducida en autos; y de conformidad a lo prevenido en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, en relación con el artículo 414 del mismo cuerpo legal, solicitan que el tribunal sea quien designe al Juez Árbitro solicitado. El Tribunal queda en resolver. V.- De la citación para oír sentencia. Mediante resolución de 23 de diciembre de 2023, que se lee en folio 22, se citó a las partes a oír sentencia. VI.- De la medida para mejor resolver. El 23 de enero de 2023, según se lee de la resolución incorporada en el folio 23 de esta carpeta electrónica, atendido el mérito de los antecedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 159 N°1 y 431 del Código de Código: XXXXXDMVFXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3076-2022 Foja: 1 Procedimiento Civil, y estimándose necesario para esclarecer el derecho de los litigantes, se decretó como medida para mejor resolver la siguiente: - Que se agregue por la parte solicitante: a) Certificado de inscripción de dominio del inmueble ubicado en pasaje Volcán Villarrica N°2257, correspondiente al sitio o lote número 6 de la manzana número 5, del plano de loteo del conjunto residencial denominando Altos de Llaima, de la comuna de Curicó. b) Certificado de anotaciones vigentes (CAV), del vehículo Chevrolet Corsa Swing 1.6 año 2007, inscripción YW.4612-8. Que se tuvo por cumplida mediante resolución de 6 de febrero de 2023, que se lee a folio 26, en virtud de los documentos acompañados por la parte solicitante en el folio 24. Considerando: Primero: Que conforme a lo prevenido en el
Fallo
se declara: Que se acoge la solicitud deducida en lo principal de la presentación de 3 de octubre de 2022, que se lee en el folio 1, por doña Silvana Angélica Castro Bastías y, en consecuencia, se designa en calidad de Juez Árbitro de Derecho al abogado don José Luís Reitze López, con domicilio en Blanco N° 648, comuna de Valparaíso, teléfonos 226565400 – 226565401 - 998717383, correos electrónicos jose.rietze@arbitral.cl – jlr@arbitral.cl – jose.rietze@rietzedrs.com, a fin que efectúe la liquidación de la sociedad conyugal existente entre doña Silvana Angélica Castro Bastías y don Alejandro Alexis Rodríguez Abaca, sobre los bienes quedados a la disolución del matrimonio que los vinculaba, resolviendo así la controversia expuesta en el acápite primero del presente fallo. Una vez ejecutoriada esta sentencia, notifíquese al Juez Árbitro precedentemente designado a su correo electrónico para que acepte el cargo, si así lo estima procedente y, aceptado que éste sea, jure desempeñarlo con la debida fidelidad y en el menor tiempo posible. Notifíquese al apoderado de la parte demandante, mediante medio de notificación electrónica que consta a folio 7, y al apoderado de la parte demandada personalmente o por cédula. Hecho, regístrese y archívese. Dictada en los autos Rol C-3076-2022 por Miriam del Carmen Armijo Indellicati, juez subrogante del Tercer Juzgado Civil de Viña del Mar. Código: XXXXXDMVFXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http
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C-3076-2022 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-3076-2022 CARATULADO : CASTRO/RODR GUEZÍ Viña del Mar, siete de febrero de dos mil veintitrés Visto: I.- De la solicitud de citar a comparendo de designación de juez árbitro. En lo principal de presentación de 3 de diciembre de 2022, en folio 1, compareció doña Silvana Ang
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