2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MARÍN/DROPSHOP MARKETING Y LOGISTICA SPA

Rol

T-1481-2022

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Semana corrida

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 168, 171, 420 y siguientes, 485 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda por vulneración de derechos fundamentales de doña VERÓNICA LUISA MARÍN LÓPEZ en contra de DROPSHOP MARKETING Y LOGISTICA SPA, representada por doña Valentina Ortiz Moreno, todos ya debidamente individualizados y, se declara que la demandada ha vulnerado la garantía de la integridad física y psíquica de la trabajadora por los

Fundamentos

motivos expuestos en la parte considerativa del fallo, en consecuencia, se ordena el pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización del artículo 489 del Código del Trabajo, por la suma de 6 remuneraciones ascendente a $5.448.348.- b. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por $908.058.- c. Indemnización por un año de servicio, por $908.058.- d. Recargo legal del 50% sobre los años de servicio, por $454.029.- e. Feriado proporcional, por $250.000.- f. Feriado legal, por $794.551.- g. Por concepto de semana corrida, la suma total del $188.138.- h. Por concepto de comisión adeudada del mes de agosto del 2021, por $157.533.- i. Diferencia de pago por concepto de licencias médicas por $2.409.941.- j. Cotizaciones previsionales morosas del período que va desde el 14 de enero de 2021 hasta el 10 de mayo del 2021 y, además, por la vigencia de la relación laboral las diferencias por haberse pagado en menor cuantía siendo la base de cálculo la suma de $908.058.- mensuales. II. Se condena a la demandada al pago en favor de la demandante de las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido indirecto el 10 de mayo del 2022 a la fecha de pago efectivo de las cotizaciones morosas, todo de acuerdo a lo que dispone el artículo 162 inciso 5° del Código del Trabajo. III. Que, las sumas ordenadas a pagar serán con los reajustes e intereses establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV. Que, se omite pronunciamiento de la acción subsidiaria, habiéndose acogido la acción de tutela opuesta de manera principal. V. Que, se condena en costas a la demandada, las que se regulan en la suma de $300.000.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, se ordena cumplir con ella dentro de quinto día en caso contrario iniciar su ejecución de acuerdo a lo que dispone el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña Ivette Mourguet Besoain, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ocho de agosto de dos mil veintitrés.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 168, 171, 420 y siguientes, 485 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda por vulneración de derechos fundamentales de doña VERÓNICA LUISA MARÍN LÓPEZ en contra de DROPSHOP MARKETING Y LOGISTICA SPA, representada por doña Valentina Ortiz Moreno, todos ya debidamente individualizados y, se declara que la demandada ha vulnerado la garantía de la integridad física y psíquica de la trabajadora por los motivos expuestos en la parte considerativa del fallo, en consecuencia, se ordena el pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización del artículo 489 del Código del Trabajo, por la suma de 6 remuneraciones ascendente a $5.448.348.- b. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por $908.058.- c. Indemnización por un año de servicio, por $908.058.- d. Recargo legal del 50% sobre los años de servicio, por $454.029.- e. Feriado proporcional, por $250.000.- f. Feriado legal, por $794.551.- g. Por concepto de semana corrida, la suma total del $188.138.- h. Por concepto de comisión adeudada del mes de agosto del 2021, por $157.533.- i. Diferencia de pago por concepto de licencias médicas por $2.409.941.- j. Cotizaciones previsionales morosas del período que va desde el 14 de enero de 2021 hasta el 10 de mayo del 2021 y, además, por la vigencia de la relación laboral las diferencias por haberse pagado en menor cuantía

Texto Completo (Preview)

ACTA DE CONTINUACUÓN DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE TUTELA LABORAL FECHA 8 DE AGOSTO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 RUC 22-4-0424935-9 RIT T-1481-2022 MAGISTRADA IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN SCHLOTTERBECK LÓPEZ HORA DE INICIO 13:03 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:55 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240424935-

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