DONOSO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ
Rol
C-2164-2022
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 15 de Noviembre de 2022 compareció ELENA JULIANA DONOSO CARO, Laboratorista dental, c dula nacional deé identidad n mero 6.515.751-9, divorciada, domiciliada en Pe a 118 de Curic , quienú ñ ó vino en interponer demanda en juicio ordinario civil en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ, Rut N 69.100.100-8, corporaci n de derecho° ó p blico, representada por el se or Alcalde don Javier Mu oz Riquelme, c dula nacionalú ñ ñ é de identidad n mero 10.204.975-6, de profesi n Contador P blico y Auditor, ambosú ó ú domiciliados en calle Estado N 279 de la ciudad de Curic , todo en raz n de lo que° ó ó expuso. Que, de conformidad a lo dispuesto en los Art culos 2493 y 2515 del C digoí ó Civil, solicit se declare la Prescripci n de la Acci n de Cobro de los Derechos de Aseoó ó ó Domiciliario, respecto de la Propiedad ubicada en El Array n 0425, de la comuna yá ciudad de Curic , Rol de Aval o Nro. 480-4, de la comuna de Curic .ó ú ó Agreg que es responsable del pago de los Derechos de Aseo Domiciliario de laó propiedad ubicada en El Arrayan 0425 de la comuna y ciudad de Curic , Rol de Aval oó ú Nro. 480-4, de esta comuna. La mencionada propiedad a aquella fecha registra Derechos de Aseo Domiciliario impagos desde el a o 1997 y hasta el 2005, correspondientes a la I. Municipalidad deñ Curic , y que ascienden a un total $1.239.833.ó Al efecto, los art culos 2514 y 2515 ambos del C digo Civil instituyen laí ó instituci n de la Prescripci n, estableciendo al efecto que: La prescripci n que extingueó ó “ ó las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible. Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de” “ ñ Código: XDVEXDJXLBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 cinco para las ordinarias. La acci n ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso deó tres a os, y convertida en ordinaria durar solamente otros dos.ñ á ” En este caso, nos encontrar amos en la hip tesis que describe el legislador, todaí ó vez que el Municipio de Curic jam s ha intentado accionar para exigir el pago respectoó á de la deuda de los Derechos de Aseo de la propiedad. As las cosas, todas las acciones derivadas de los derechos de aseo no pagadosí anteriores al mes de octubre del a o 2017 se encuentran extinguidos por la prescripci nñ ó ordinaria que se alan las disposiciones antes aludidas.ñ Ese es entonces el fundamento de la acci n de prescripci n que interpone enó ó contra de la I. Municipalidad de Curic y que tiene por objeto que se declare laó prescripci n de tales derechos no pagados.ó Finaliza se alando que de acuerdo con lo dispuesto en los art culos 2493, 2514 yñ í 2515 del C digo civil y art culos 254 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil yó í ó dem s normas pertinen
Fallo
por tanto, prescriben en el plazo deé Código: XDVEXDJXLBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 5 a os, que es la regla general de las acciones y, por tanto, el fundamento de lañ demanda principal respecto al c mputo de los plazos para alegar la prescripci n es deló ó todo incorrecto. Ahora bien, seg n lo expresado anteriormente, de esta forma y teniendo presenteú lo pretendido por la parte demandante y la legislaci n vigente al efecto, se concluye queó las acciones de cobro a favor del Municipio, respecto al periodo comprendido entre 30 de octubre de 1997 a octubre de 2017, se encuentran prescritas. Que, sin perjuicio de allanarse en los t rminos expresados anteriormente, deja aé salvo su facultad para demandar el cobro de las cuotas y derechos adeudados que no se encuentren prescritas respecto de la misma propiedad, por lo que finaliz se alando queó ñ se sirva tener por contestada, dentro de plazo legal, la demanda deducida en contra de su representada , allan ndose parcialmente a la demanda, esto es desde el 30 de octubreá de 1997 a octubre de 2017, y rechazando el resto, con expresa condenaci n en costas.ó TERCERO: Que en el primer otros de folio 6, la demandada de autos impetrí ó demanda reconvencional de cobro de pesos por el no pago de derechos de Aseo Municipal en contra de la demandante principal ya individualizada, se alando que,ñ habiendo consultado al departamento de Renta y Patentes
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-2164-2022 CARATULADO : DONOSO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CURICÓ Curico, seis de Febrero de dos mil veintitr sé VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 15 de Noviembre de 2022 compareció ELENA JULIANA DONOSO CARO, Laboratorista dental, c dula nacional deé identidad n
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