BURGOS BURGOS JOHANNA ANDREA
Rol
V-715-2022
Fecha
9 de febrero de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en folio 1, con fecha 07 de Noviembre de 2022, comparece don Ivo Andrés Valdivia Manríquez, chileno, Cédula de Identidad N° 13.425.695-8, soltero, abogado, domiciliado en la ciudad de La Serena, calle Manuel Antonio Matta Nº 23, en representación, según se acredita en autos, de doña Johanna Andrea Burgos Burgos, chilena, Cédula de Identidad N° 13.630.825-4, casada, labores de hogar, en representación de su hija menor de edad Perla Danae Carvajal Burgos, chilena, Cedula de Identidad N° 23.370.094-0, estudiante, ambas domiciliadas en esta ciudad, calle Subida del Desierto N° 353, Sector Jardines del Sur, quien expresa: Que viene en solicitar, tener por interpuesta autorización de cambio de nombre en favor de la menor Perla Danae Carvajal Burgos, ya individualizada, con el objeto de que en definitiva se ordene que su nombre actual, inscrito bajo el Nº 2.282 del Registro de Nacimientos correspondiente al año 2010 de la Circunscripción de Antofagasta del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea reemplazado por el de Danae Andrea Carvajal Burgos, por las consideraciones de hecho y de derecho que expone: Código: EXVCXDDCBBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señala que tal como acredita el certificado de nacimiento acompañado conjuntamente con la solicitud de autos, que la hija de su representada tiene como nombres propios “Perla Danae”, sin embargo, corresponde cambiarlo por “Danae Andrea”, que son los nombres propios, con los cuales ha sido conocida por todas las personas, amigos, conocidos y familiares, por un lapso de tiempo que supera largamente el período de cinco años. Manifiesta que la situación descrita, se originó en que los amigos de la menor, la molestaban por su nombre Perla, razón por la que decidió que la llamaran como Danae Andrea. En cuanto a lo jurídico, cita y transcribe la causal b) del artículo 1 de la Ley 17.344; lo dispuesto en los artículos 1
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, con el mérito de los antecedentes; certificado de nacimiento, acompañado conjuntamente con la solicitud de autos, informe del Registro Civil e Identificación, información sumaria de testigos de folios 9 y 11, Código: EXVCXDDCBBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl respectivamente, declaraciones de la menor Perla Danae Carvajal Burgos y de don Pedro Andrés Carvajal Vega, de folio 15, y teniendo además presente en mérito de los mismos que se cumple con el presupuesto legal que habilita acceder a la solicitud de cambio de nombre impetrada, por motivos plausibles, en atención que la menor ha sido conocida, con un nombre diferente del propio. Y visto, además lo dispuesto en los artículo 17 y 18 de la Ley Nº 4.808, artículo 1º, inciso segundo, letra b) de la Ley Nº 17.344, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; se dispone: Que, ha lugar a lo solicitado en lo principal de solicitud de folio 1, en consecuencia, se ordena rectificar por el Oficial de Registro Civil que corresponda, la partida de nacimiento Nº 2.282, correspondiente al año 2010 de la Oficina del Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Antofagasta, en el sentido que en ella deben suprimirse los nombres propios “Perla Danae”, y ser reemplazados por “Danae Andrea”, debiendo quedar sus nombres y apellidos como “Danae Andrea Carvajal Burgos”.- Ejecutoriada la presente sentencia, déjese constancia de lo resuelto en la partida de nacimiento ya referida, debiendo a dichos efectos, obtenerse copia autorizada por la interesada directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N° 71-2016 de fecha 17 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación a la Ley 20.886, artículo 4°, inciso final, modificada por la Ley 21.394.- Código: EXVCXDDCBBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Notifíquese y regístrese. Dictada por doña Eva Carolina Curia Castro, Secretaria Titular, subrogando legalmente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C.- Antofagasta, nueve de Febrero de dos mil veintitrés.- Código: EXVCXDDCBBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-09T07:46:55-0300
Fallo
FALLO : 01.02.2023 Antofagasta, nueve de Febrero de dos mil veintitrés.- VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en folio 1, con fecha 07 de Noviembre de 2022, comparece don Ivo Andrés Valdivia Manríquez, chileno, Cédula de Identidad N° 13.425.695-8, soltero, abogado, domiciliado en la ciudad de La Serena, calle Manuel Antonio Matta Nº 23, en representación, según se acredita en autos, de doña Johanna Andrea Burgos Burgos, chilena, Cédula de Identidad N° 13.630.825-4, casada, labores de hogar, en representación de su hija menor de edad Perla Danae Carvajal Burgos, chilena, Cedula de Identidad N° 23.370.094-0, estudiante, ambas domiciliadas en esta ciudad, calle Subida del Desierto N° 353, Sector Jardines del Sur, quien expresa: Que viene en solicitar, tener por interpuesta autorización de cambio de nombre en favor de la menor Perla Danae Carvajal Burgos, ya individualizada, con el objeto de que en definitiva se ordene que su nombre actual, inscrito bajo el Nº 2.282 del Registro de Nacimientos correspondiente al año 2010 de la Circunscripción de Antofagasta del Servicio de Registro Civil e Identificación, sea reemplazado por el de Danae Andrea Carvajal Burgos, por las consideraciones de hecho y de derecho que expone: Código: EXVCXDDCBBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Señala que tal como acredita el certificado de nacimiento acompañado conjuntamente con la solicitud de autos, que la hija de su representada tiene com
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FOJA: 23.- veintitrés.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 ° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-715-2022 CARATULADO : BURGOS BURGOS JOHANNA ANDREA AUTOS PARA FALLO : 01.02.2023 Antofagasta, nueve de Febrero de dos mil veintitrés.- VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que en folio 1, con fecha 07 de Noviembre de 2022, comparece don Ivo Andrés Valdivia Manríquez, chileno, Cédula de
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