REYES/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A.
Rol
C-9105-2021
Fecha
6 de febrero de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 17 de noviembre de 2021 comparece do a Gabrielaó ñ In s Reyes Marambio, trabajadora dependiente, domiciliada en calleé Hu rfanos N 1.373, oficina 1.311, comuna de Santiago, demandando en juicioé ° ordinario de prescripci n extintiva de acci n cambiaria a Promotora CMRó ó Falabella S.A., persona jur dica del giro de su denominaci n, representadaí ó legalmente por don Gast n Bottazzini, ignora profesi n u oficio, con domicilioó ó en calle Moneda N 970, piso 18, comuna de Santiago.° Indica que requiere se declare la prescripci n de las acciones cambiariasó emanadas del pagar que respalda la cuota morosa informada y/o protestadaé en el Bolet n de Informes Comerciales dependiente de la C mara de Comercioí á de Santiago, seg n el siguiente detalle: ú - Fecha de protesto: 5/11/2020; Tipo Dcto. PI; Valor $1.147.463.-; N° Dcto. 6391; Banco/Librador CMR Falabella. Actualmente no ha sido puesto en conocimiento de ninguna resoluci nó judicial que requiera el pago, notificada con arreglo a la ley y que interrumpa el lapso de tiempo que se exige para declarar la prescripci n, por lo que a laó fecha no existe constancia que se haya interpuesto acci n judicial en su contra.ó Cita los art culos 98 de la Ley N 18.092 y 2492, 2493 y 2514 delí ° C digo Civil, como tambi n el fallo causa Rol 5.387-2004 de la Corteó é Suprema. Solicita en definitiva: se declare la prescripci n de las accionesó cambiarias emanadas del pagar que respalda la cuota morosa publicada en elé Bolet n de Informes Comerciales, con costas.í En presentaci n de 21 de enero de 2022 la demandada contest laó ó demanda, solicitando su rechazo, con costas. Se ala que en la especie no se cumple con el requisito de haberñ transcurrido el plazo necesario para acoger la demanda impetrada en su contra. Cita los art culos 98 y 107 de la Ley N 18.092 y agrega que como estaí ° prescripci n es para la acci n cambiaria, sin distinci n, poco importa si seó ó ó Código: LKGYXDJZHYP Este documento tiene f
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece do a Gabriela In s Reyes Marambio,ñ é demandando en juicio ordinario a Promotora CMR Falabella S.A., representada legalmente por don Gast n Bottazzini, solicitando se declare laó prescripci n extintiva de la acci n cambiaria emanada del pagar del queó ó é dar a cuenta el informe comercial que acompa a, seg n el cual mantendr aí ñ ú í una deuda por el valor de $1.147.463.-, correspondiente a Tipo de Documento PI , N Documento 6391, protestado el 5 de noviembre de 2020, siendo el“ ” ° banco o librador la demandada, todo seg n los antecedentes transcritos en loú expositivo. SEGUNDO: Que legalmente notificada, la demandada solicit eló rechazo de la demanda, por no haber transcurrido el plazo legal necesario para declarar la prescripci n del pagar N 01812015, el que tiene fecha deó é ° vencimiento al 13 de julio de 2021. TERCERO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la demandanteó acompa : ñó - informe comercial Maat, de 26 de junio de 2021, relativo a la demandante, de conformidad al cual esta registra una morosidad Infocom Código: LKGYXDJZHYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl (Fuente C mara de Comercio de Santiago), con fecha de vencimiento 5 deá noviembre de 2020, tipo de cr dito cuota morosa , por un monto deé “ ” $1.147.463.-, emisor CMR Falabella. - informe de deudas, emitido el 8 de abril de 2022 por la Comisi n paraó el Mercado Financiero, relativo a la demandante, seg n el cual ella mantieneú una deuda directa con CMR Falabella, con una mora de 90 d as y m s, por laí á suma de $1.205.463.- CUARTO: Que por su parte, la demandada alleg el pagaró é N 01812015, suscrito el 12 de julio de 2021 por don Sergio Daniel Ulloa° Ojeda en representaci n de Promotora CMR Falabella S.A., como mandatariaó de do a Gabriela In s Reyes Marambio, por la suma de $1.281.441.-.ñ é QUINTO: Que del an lisis de la prueba rendida por las partes puedeá concluirse que la deuda respecto de la cual la demandante pide se declare la prescripci n, que tendr a vencimiento al 5 de noviembre de 2020, no es laó í misma de que da cuenta el pagar acompa ado por la demandada, el queé ñ tiene el N 01812015 y vencimiento al 13 de julio de 2021, el que no se° analizar por no corresponderse con lo demandado.á SEXTO: Que asimismo, tampoco puede tenerse por establecido que la obligaci n que se pide prescribir derive de un pagar , raz n por la cual laó é ó demanda ser rechazada.á S PTIMO: Que por haber sido vencida, la demandada soportar lasÉ á costas de la causa. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698, 2492á í y 2493 del C digo Civil y art culos 144, 170, 698 y siguientes del C digo deó í ó Procedimiento Civil, se rechaza la demanda de autos, con costas. Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, seis de febrero de dos mil veintitr s.é Códig
Fallo
fallo causa Rol 5.387-2004 de la Corteó é Suprema. Solicita en definitiva: se declare la prescripci n de las accionesó cambiarias emanadas del pagar que respalda la cuota morosa publicada en elé Bolet n de Informes Comerciales, con costas.í En presentaci n de 21 de enero de 2022 la demandada contest laó ó demanda, solicitando su rechazo, con costas. Se ala que en la especie no se cumple con el requisito de haberñ transcurrido el plazo necesario para acoger la demanda impetrada en su contra. Cita los art culos 98 y 107 de la Ley N 18.092 y agrega que como estaí ° prescripci n es para la acci n cambiaria, sin distinci n, poco importa si seó ó ó Código: LKGYXDJZHYP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl trata de la acci n ejecutiva o la ordinaria, dado que no hay distinci n en laó ó ley. El pagar de autos tiene vencimiento el 13 de julio de 2021 y seg n elé ú art culo 2514 del C digo Civil, el tiempo para la prescripci n se cuenta desdeí ó ó que la obligaci n se haya exigible.ó De acuerdo a los t rminos del t tulo, la cl usula de aceleraci n esé í á ó facultativa del acreedor, debiendo ser necesariamente ejercida por su mandante, lo que no ha ocurrido. Adem s, el pagar est sujeto al vencimientoá é á del mismo, que se hac a exigible el 13 de julio de 2021, por lo que mal puedeí haber transcurrido el plazo legal para acoger la pretensi n de la contraria,ó siendo adem s de su cargo acreditar la concurrencia copulati
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9105-2021 CARATULADO : REYES/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. Santiago, seis de febrero de dos mil veintitr s.é VISTOS: En presentaci n de 17 de noviembre de 2021 comparece do a Gabrielaó ñ In s Reyes Marambio, trabajadora dependiente, domiciliada en calleé Hu rfanos N 1.373, oficina 1.311, comuna de Santiago, demand
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