1º Juzgado Civil de Viña del Mar

BANCO DE ESTADO DE CHILE/CÁRDENAS

Rol

C-1793-2022

Fecha

3 de febrero de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 17 de Junio de 2022, folio 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, abogado, en representaci n convencional de í ó Banco del Estado de Chile, empresa aut noma de Cr ditos del Estado, ambos domiciliadosó é en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°1111, Piso 8°, comuna de Santiago, Comuna de Santiago, quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de do a ñ Paulina Soledad C rdenas Lepioá , ignora profesi n uó oficio, domiciliada en calle Ruiz N°175, comuna de Vi a del Mar, solicitando señ despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por ó la suma de $1.543.608, por concepto de capital, m s los intereses pactados, que se devenguená desde el vencimiento hasta el pago efectivo, ordenando se siga adelante la ejecuci nó hasta hacerse entero pago a su representada de estas sumas o de otras que se determinen, con costas. Que, habi ndose notificado y requerido de pago, con fecha 30 de Agostoé 2022 la parte demandada opuso las excepciones del N°7, N°14 del art culo 464í del C digo de Procedimiento Civil respecto de la deuda cuyo cobro se persigue enó estos autos. Con fecha 26 de Septiembre de 2022, folio 24, la parte ejecutante evac a elú traslado conferido. Con fecha 01 de Febrero de 2023, folio 47, se cit a las partes a o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda ejecutiva. Con fecha 17 de Junio de 2022, folio 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, abogado, en representaci ní ó convencional de Banco del Estado de Chile, quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo en contra de do a ñ Paulina Soledad C rdenas Lepioá , solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por ó la Código: XDNXXDXDRKP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl suma de $1.543.608, por concepto de capital, m s los intereses pactados, que seá devenguen desde el vencimiento hasta el pago efectivo, ordenando se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse entero pago a su representada de estas sumas o de otrasó que se determinen, con costas. Explica que su representada es due a de los siguientes t tulos, cuyo cobroñ í persigue: - Pagar suscrito con fecha 11 de Mayo de 2022, por Robinson Ulisesé Rubio Tobar, empleado, domiciliado en Alameda Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Santiago, en representaci n deó do a Paulina Soledad C rdenas Lepio, enñ á virtud del mandato conferido por este ltimoú en las cl usulas 15 y 16 del contratoá de apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci ní é ó Superior con Garant a Estatal seg n la Ley 20.027, por la suma de 42.8750.- UF;í ú - Pagar suscrito con fecha 11 de Mayo de 2022, por Robinson Ulisesé Rubio Tobar, empleado, domiciliado en Alameda Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Santiago, en representaci n deó do a Paulina Soledad C rdenas Lepio, enñ á virtud del mandato conferido por este ltimoú en las cl usulas 15 y 16 del contratoá de apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci ní é ó Superior con Garant a Estatal seg n la Ley 20.027, por la suma de 4.,7639.- UF.í ú Agrega que de acuerdo a lo pactado, el capital adeudado, a contar de la fecha de suscripci nó y hasta la de su pago efectivo, devengar a la tasa de inter sí é m xima convencional que la ley permiteá establecer para este tipo de operaciones de cr dito de dinero.é Adem s a ade que se estipul en los t tulos que en caso de no pago de laá ñ ó í deuda a la presentaci n a cobro deló respectivo pagar , se capitalizar n los interesesé á vencidos y la obligaci n devengar a favor deló á Banco, a partir de esta misma fecha, a t tulo de pena, intereses moratorios a la tasa de inter sí é m ximaá convencional fijada por la autoridad a la fecha de suscripci n de pagar , a menosó é que rija durante la mora o retardo sea superior, en cuyo caso se cobrar estaá ltima.ú Concluye que en caso de los pagar s objeto de esta ejecuci n, los referidosé ó documentos fueron pactados a plazo, por lo que a contar de la presentaci n deó esta demanda su representado los hace exigibles; raz n por la cual y de acuerdoó con lo convenido, viene en demandar el pago de las citadas deudas, anteriormente individualizadas, signadas con los n meros 1 y 2, en ambos casos, con vencimientoú Código: XDNXXDXDRKP Este docu

Fallo

se declara admisible las excepciones opuestas, y se la recibe a prueba, fij ndose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, losá siguientes: 1.- Efectividad de faltar alg n requisito o condici n establecido por la leyú ó para que el t tulo tenga m rito ejecutivo, sea absolutamente, sea con relaci n alí é ó demandado. Hechos y circunstancias que as lo acrediten. í 2°.-Efectividad que la obligación, cuyo cumplimiento se persigue en estos autos, est á afectada por un vicio que conlleva su nulidad. Hechos y circunstancias que as í lo acrediten. Código: XDNXXDXDRKP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Quinto: T tulo ejecutivo.í Que el ejecutante fund su demanda en losó Pagar s:é - Pagar suscrito con fecha 11 de Mayo de 2022, por Robinson Ulisesé Rubio Tobar, empleado, domiciliado en Alameda Libertador Bernardo O´Higgins N° 1111, Santiago, en representaci n deó do a Paulina Soledad C rdenas Lepio, enñ á virtud del mandato conferido por este ltimoú en las cl usulas 15 y 16 del contratoá de apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci ní é ó Superior con Garant a Estatal seg n la Ley 20.027, y que se acompa a en el primer otros deí ú ñ í este libelo por la suma de 42,8750.- UF, cuya firma fue autorizada por el Notario Suplente de la 30ª Notar a de Santiago, don Jorge Maximiliano Unzueta Rivas,í con fecha 13 de Mayo de 2022;; - Pagar suscrito con fecha 11 de Mayo de 2022, por Robinson Ulisesé R

Texto Completo (Preview)

FOJA: 48 .- Cuarenta y ocho.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-1793-2022 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/C RDENASÁ Vi a del Marñ , tres de Febrero de dos mil veintitr sé Vistos: Con fecha 17 de Junio de 2022, folio 1, comparece don Claudio Felipe Altamirano Rodr guez, abogado, en representaci n convencional de í ó Banco del Estado de C

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica