Juzgado de Letras de La Ligua

IBACACHE/

Rol

V-82-2022

Fecha

3 de febrero de 2023

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece doña Beatriz Noemí Ibacache Ramírez, técnico asistente judicial, cédula nacional de identidad número 14.473.891-8, domiciliada en Calle Prat N° 503, Block B, Departamento N° 14, comuna de La Ligua, y solicita, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, se ordene al Conservador de Bienes Raíces de La Ligua que practique el archivo del plano de levantamiento topográfico, del predio de su dominio, que consiga su real superficie y deslindes, y se practique anotación al margen en las inscripciones correspondientes al inmueble; por los siguientes argumentos: 1. Que, es dueña del bien raíz urbano ubicado en calle Cuatro Oriente N° 80, La Ligua, comuna del mismo nombre, provincia de Petorca, Quinta Región, el cual tiene los siguientes deslindes particulares: Al norte, con don Nicanor Jeria, en 60 metros; al sur, con propiedad de don Rene del Carmen Villarroel, en igual medida; al oriente, con Cerro La Gruta, en 14 metros; y, al poniente, con callejón vecinal, en igual medida; que adquirió por compra que hizo a don Santiago Juan Bulnes Núñez, inscribiéndose a fojas 2637 N° 2516 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua. 2. Que, el inmueble tiene como Rol de avalúo fiscal el N° 1-10, de la comuna de La Ligua, el cual se encuentra exento de pago de contribuciones a los bienes raíces. 3. Que, como se puede apreciar la inscripción conservatoria respectiva no señala superficie, limitándose sólo a indicar los deslindes del predio; es por esto que decidió realizar un levantamiento topográfico, el que determinó que el inmueble tiene una superficie total de 789 metros cuadrados y cuyos deslindes actuales serían distintos a los señalados en la inscripción conservatoria, en algunos casos con más metros y en otros con menos. 4. Que, con fecha 7 de febrero de 2022, se presentó una solicitud para archivar el nuevo

Fundamentos

considerando que el propietarios del predio colindante, por el deslinde sur, manifestó en el proceso, según documento de Folio N° 25, su conformidad con el contenido del plano de levantamiento topográfico, por no contener alteraciones en las medidas y deslindes reales de los predios, no existiendo en consecuencia, afectación a su legítimo derecho; y asimismo, se emplazó, válidamente, mediante notificación por Receptor Judicial, al propietario del predio colindante por el deslinde norte, sin que se apersonara en juicio. 4. Que, además se establece que no existe perjuicio para el interés fiscal según informe evacuado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Ligua y el Ministerio de Bienes Nacionales, Secretaria Regional de Valparaíso. SEXTO: Que, tratándose del archivo de un documento que ha sido elaborado en el marco de la normativa legal, y habiéndose emplazado válidamente a los terceros, en calidad de propietarios de los predios colindantes, como eventuales perjudicados o lesionados en sus derechos, se dará lugar a la petición en atención a que no existe impedimento jurídico para proceder a ésta y en el supuesto de que el archivo del plano sólo constituye un antecedentes de la existencia, dimensiones y deslindes del predio, pero en caso alguno, afectan derechos de terceros, legalmente adquiridos y amparados por el sistema registral. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 88, 89, 90, y siguientes del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces; artículos 162, 174 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; artículos 702 y siguientes del Código Civil;

Fallo

FALLO : 26 E ENERO DE 2023 La Ligua, tres de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece doña Beatriz Noemí Ibacache Ramírez, técnico asistente judicial, cédula nacional de identidad número 14.473.891-8, domiciliada en Calle Prat N° 503, Block B, Departamento N° 14, comuna de La Ligua, y solicita, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, se ordene al Conservador de Bienes Raíces de La Ligua que practique el archivo del plano de levantamiento topográfico, del predio de su dominio, que consiga su real superficie y deslindes, y se practique anotación al margen en las inscripciones correspondientes al inmueble; por los siguientes argumentos: 1. Que, es dueña del bien raíz urbano ubicado en calle Cuatro Oriente N° 80, La Ligua, comuna del mismo nombre, provincia de Petorca, Quinta Región, el cual tiene los siguientes deslindes particulares: Al norte, con don Nicanor Jeria, en 60 metros; al sur, con propiedad de don Rene del Carmen Villarroel, en igual medida; al oriente, con Cerro La Gruta, en 14 metros; y, al poniente, con callejón vecinal, en igual medida; que adquirió por compra que hizo a don Santiago Juan Bulnes Núñez, inscribiéndose a fojas 2637 N° 2516 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua. 2. Que, el inmueble tiene como Rol de avalúo fiscal el N° 1-10, de la comuna de La Ligua, el cual se encuentra exento

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL NEGOCIO : VOLUNTARIO MATERIA : ARCHIVO PLANO SOLICITANTE : IBACACHE RAMÍREZ, BEATRIZ NOEMI APODERADO : OLMOS SANTANA, ADOLFO ANDRÉS ROL : V-82-2022 FECHA INICIO : 15 DE MARZO DE 2022 FECHA PARA FALLO : 26 E ENERO DE 2023 La Ligua, tres de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece doña Beatriz Noemí Ibacache Ramírez, técn

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