2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ÁLVAREZ/MINISTERIO PUBLICO

Rol

T-1416-2021

Fecha

8 de agosto de 2023

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don RICARDO ENRIQUE ÁLVAREZ OLIVOS, Técnico nivel superior, cedula de identidad N°13.373.772-3, chileno, quien deduce denuncia de tutela de derechos fundamentales, con ocasión del despido, en contra del FISCO DE CHILE, representado por el presidente del Consejo de Defensa del Estado, el abogado don Juan Antonio Peribonio Poduje, ambos con domicilio en calle Agustinas N°1225, 4 piso, comuna de Santiago, quienes actúan en representación de su ex empleador, MINISTERIO PÚBLICO, Rut 61.935.400-1, órgano autónomo, jerarquizado, con rango constitucional, representado por don Jorge Abbott Charme, abogado, ambos con domicilio en calle Catedral N°1437, comuna de Santiago, a fin de que en definitiva, se declaren vulnerados sus derechos fundamentales, con ocasión de su despido, y se condene al demandado al pago de las prestaciones de carácter laboral que indica, con expresa condena en costas, en consideración a los antecedentes siguientes. Hace presente que la denuncia por vulneración de derechos se basa en hechos sistemáticos que vienen ocurriendo desde el 01 marzo de 2013, y el último de ellos se verifica con ocasión de la notificación de la Resolución FN/MP N°731 de fecha 30 de julio de 2021, que dispone el término de contrato de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo Nº 81 letra K de la ley 19.640, Orgánica del Ministerio Público,

Fallo

por tanto conforme a lo dispuesto por el artículo 489 inciso segundo del Código del Trabajo y lo dispuesto en la Ley 21.226, el plazo fatal para presentar la demanda se encuentra plenamente vigente Expone que ingresó al Ministerio Publico, Fiscalía Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena, Fiscalía Local de Porvenir el 14 junio 2010, en virtud de un contrato a plazo fijo se me contrata como Auxiliar, Grado XIX, del Escalafón de Empleados del Poder Judicial, dicho contrato pasó a ser indefinido con fecha 12 de diciembre de 2011. Con fecha 03 de noviembre de 2017 en virtud de una modificación de contrato de trabajo, pasa a desempeñar funciones a partir del 06 de noviembre de 2017 en la Fiscalía Local de Puerto Natales. Indica que sus funciones como Auxiliar tanto en la Fiscalía Local de Porvenir como en la Fiscalía Local de Puerto Natales fueron: 1.- Traslado de víctimas, testigos, fiscales y funcionarios de esa fiscalía; 2.- Atención de público, atención de abogados. 3.- Recepción de documentos e ingresarlos a planilla Excel y sistema SAF (sistema de Apoyo a Fiscales), recepción, ingreso al sistema SAF y corrección del mismo y generación de RUC. 4.- Envió de copia partes denuncias al Juzgado de Garantía cuando hay control de detención, subir los requerimientos del SIAU (Sistema información y atención de usuarios) como copias de carpetas investigativas abogados defensores, abogados particulares y víctimas. 5.- Coordinar citaciones entre las víctimas, testigos, policías

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Santiago, ocho de julio de dos mil veintitrés. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don RICARDO ENRIQUE ÁLVAREZ OLIVOS, Técnico nivel superior, cedula de identidad N°13.373.772-3, chileno, quien deduce denuncia de tutela de derechos fundamentales, con ocasión del despido, en contra del FISCO DE CHILE, representado por el presidente del Consejo de Defensa del Estado, el abogado don Juan A

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